/ miércoles 13 de abril de 2022

Secretaría de Gobierno declara causa de utilidad a tres departamentos para reconstrucción

Se busca construir viviendas para los damnificados del sismo del 19 de septiembre de 2017

Con el objetivo de reconstruir las viviendas de las personas damnificadas que sufrieron la pérdida de su patrimonio derivado del sismo del 19 de septiembre de 2017, la Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México emitió la Declaratoria por la que se determina como Causa de Utilidad Pública la Atención de Situaciones de Emergencia debidas a Fenómenos Naturales, referente al 13.15% de los derechos de propiedad respecto a la totalidad del terreno ubicado en Prolongación Cafetales número 1710, departamento 101, Colonia Residencial Hacienda de Coyoacán.

Además del 12.95% de los derechos de copropiedad respecto de la totalidad del terreno antes mencionado pero del departamento 201 en la misma colonia y alcaldía.

Y el 11. 95 por ciento de los derechos de copropiedad respecto de la totalidad del terreno identificado como departamento 402 del edificio en condominio número 1710 de la calle Prolongación Cafetales, colonia Residencial Haciendas de Coyoacán en la alcaldía Coyoacán.

Con motivo del sismo acontecido en la Ciudad de México el pasado 19 de septiembre de 2017, múltiples familias sufrieron daños materiales de forma directa en su patrimonio, ya sea como propietarias, legítimas poseedoras o causahabientes, quienes adquirieron la calidad de personas damnificadas.

En cumplimiento de la Ley para la Reconstrucción Integral de la Ciudad de México, corresponde a la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, a través de la Comisión para la Reconstrucción, establecer las acciones que permitan alcanzar la reparación del daño a las familias que perdieron o sufrieron afectaciones en su patrimonio, garantizando el acceso a una vivienda digna, segura, asequible y adecuada en los términos estipulados en la Constitución y demás normatividad aplicable.

De igual manera, restituir las condiciones de vida anteriores al momento del sismo de las personas y familias damnificadas, a través de la reconstrucción social e integral de sus viviendas.

La Administración Pública de la Ciudad de México es responsable de dictar las medidas necesarias que garanticen la seguridad de las edificaciones para evitar riesgos en la integridad física de las personas y sus bienes, razón por la que, en términos del artículo 25 de la Ley para la Reconstrucción Integral de la Ciudad de México, el Gobierno de la Ciudad de México podrá intervenir por causa de utilidad pública para realizar una adquisición por vía de derecho público, ya sea de manera total o parcial, para garantizar la seguridad jurídica a sus habitantes; previo análisis, valoración, y en su caso aprobación de la Comisión para la Reconstrucción de la Ciudad de México, para cada caso en particular.

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Como principio de la reconstrucción se debe restituir los derechos de las personas damnificadas”, lo cual debe llevarse a cabo en apego a los derechos humanos, garantizando el derecho a la vivienda digna y adecuada.

Por lo anterior, el 5 de febrero, 25 de febrero, 10 de junio, 20 de agosto todos de 2019 y 19 de abril de 2021 se publicaron en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el Plan Integral para la Reconstrucción de la Ciudad de México y sus modificaciones, con la finalidad de ejecutar y acelerar el proceso de reconstrucción y hacerlo más expedito y transparente.

Síguenos en Facebook: La Prensa Oficial y en Twitter: @laprensaoem


Con el objetivo de reconstruir las viviendas de las personas damnificadas que sufrieron la pérdida de su patrimonio derivado del sismo del 19 de septiembre de 2017, la Secretaría de Gobierno de la Ciudad de México emitió la Declaratoria por la que se determina como Causa de Utilidad Pública la Atención de Situaciones de Emergencia debidas a Fenómenos Naturales, referente al 13.15% de los derechos de propiedad respecto a la totalidad del terreno ubicado en Prolongación Cafetales número 1710, departamento 101, Colonia Residencial Hacienda de Coyoacán.

Además del 12.95% de los derechos de copropiedad respecto de la totalidad del terreno antes mencionado pero del departamento 201 en la misma colonia y alcaldía.

Y el 11. 95 por ciento de los derechos de copropiedad respecto de la totalidad del terreno identificado como departamento 402 del edificio en condominio número 1710 de la calle Prolongación Cafetales, colonia Residencial Haciendas de Coyoacán en la alcaldía Coyoacán.

Con motivo del sismo acontecido en la Ciudad de México el pasado 19 de septiembre de 2017, múltiples familias sufrieron daños materiales de forma directa en su patrimonio, ya sea como propietarias, legítimas poseedoras o causahabientes, quienes adquirieron la calidad de personas damnificadas.

En cumplimiento de la Ley para la Reconstrucción Integral de la Ciudad de México, corresponde a la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, a través de la Comisión para la Reconstrucción, establecer las acciones que permitan alcanzar la reparación del daño a las familias que perdieron o sufrieron afectaciones en su patrimonio, garantizando el acceso a una vivienda digna, segura, asequible y adecuada en los términos estipulados en la Constitución y demás normatividad aplicable.

De igual manera, restituir las condiciones de vida anteriores al momento del sismo de las personas y familias damnificadas, a través de la reconstrucción social e integral de sus viviendas.

La Administración Pública de la Ciudad de México es responsable de dictar las medidas necesarias que garanticen la seguridad de las edificaciones para evitar riesgos en la integridad física de las personas y sus bienes, razón por la que, en términos del artículo 25 de la Ley para la Reconstrucción Integral de la Ciudad de México, el Gobierno de la Ciudad de México podrá intervenir por causa de utilidad pública para realizar una adquisición por vía de derecho público, ya sea de manera total o parcial, para garantizar la seguridad jurídica a sus habitantes; previo análisis, valoración, y en su caso aprobación de la Comisión para la Reconstrucción de la Ciudad de México, para cada caso en particular.

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Como principio de la reconstrucción se debe restituir los derechos de las personas damnificadas”, lo cual debe llevarse a cabo en apego a los derechos humanos, garantizando el derecho a la vivienda digna y adecuada.

Por lo anterior, el 5 de febrero, 25 de febrero, 10 de junio, 20 de agosto todos de 2019 y 19 de abril de 2021 se publicaron en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el Plan Integral para la Reconstrucción de la Ciudad de México y sus modificaciones, con la finalidad de ejecutar y acelerar el proceso de reconstrucción y hacerlo más expedito y transparente.

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