/ martes 30 de marzo de 2021

Trabajadores de plataformas digitales

El pasado 17 de marzo de 2021 se presentó ante la Cámara de Diputados una iniciativa de reforma a la Ley Federal del Trabajo, mediante la cual se pretende regular a los trabajadores de las plataformas digitales. Es decir, medidas para proteger a las personas que laboran en empresas como Uber, Didi o Beat.

En la propuesta que presentó el diputado Isaías González, plantea que esos trabajadores cuenten con “un piso básico” de garantías incluidas en la Constitución: seguridad social, protección frente al despido, derecho a sindicalizarse, protección de datos personales y prohibición de discriminación.

Además, de nuevas garantías conforme a su materia de trabajo: derecho a la desconexión digital, propiedad de datos, a la portabilidad de sus evaluaciones, evaluación del control algorítmico y explicación de su situación laboral.

El objetivo de la reforma es regular a los empleados, como conductores, repartidores, transportistas, mensajeros y/o cualquier otro tipo de empleados y empleadores que utilizan alguna plataforma digital para operar.

El especialista laboral Ernesto Sánchez Ponce, de la firma Pizá Abogados, considera que se debe cuidar y estudiar la propuesta, ya que si bien la misma otorga beneficios importantes a dichos empleados y sobre derechos, los cuales al día de hoy no son incluidos ni regulados por ninguna ley.

Pero alertó que podría generar desempleo, ya que dicha propuesta obliga al empleador a proporcionar las herramientas de trabajo a los empleados. Les exige a proveer y encargarse del mantenimiento de equipos y autos para el desempeño de sus labores, lo cual se encuentra fuera de la esencia del negocio de esas plataformas digitales.

Para el líder de la CROC, si se deja a “la economía digital” a su libre albedrío, los sitios web de trabajo mediante aplicaciones que conforman la economía de plataformas podría recrear a los jornaleros digitales”. ¡Veremos qué pasa!

EN ESE TENOR. En noviembre del 2020, la senadora Xóchitl Gálvez, presentó una iniciativa sobre el tema. Para regular en la LFT, la relación laboral, los derechos y las condiciones básicas que deben existir entre las empresas que desarrollan plataformas digitales y sus trabajadores que prestan el servicio. Donde se busca terminar con la controversia entre las plataformas y las personas que las utilizan para trabajar, dejando en evidencia que sí existe una relación laboral y que deben ser consideradas como trabajadores y, por lo tanto, deben tener acceso a las prestaciones de Ley y a la seguridad social.

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El pasado 17 de marzo de 2021 se presentó ante la Cámara de Diputados una iniciativa de reforma a la Ley Federal del Trabajo, mediante la cual se pretende regular a los trabajadores de las plataformas digitales. Es decir, medidas para proteger a las personas que laboran en empresas como Uber, Didi o Beat.

En la propuesta que presentó el diputado Isaías González, plantea que esos trabajadores cuenten con “un piso básico” de garantías incluidas en la Constitución: seguridad social, protección frente al despido, derecho a sindicalizarse, protección de datos personales y prohibición de discriminación.

Además, de nuevas garantías conforme a su materia de trabajo: derecho a la desconexión digital, propiedad de datos, a la portabilidad de sus evaluaciones, evaluación del control algorítmico y explicación de su situación laboral.

El objetivo de la reforma es regular a los empleados, como conductores, repartidores, transportistas, mensajeros y/o cualquier otro tipo de empleados y empleadores que utilizan alguna plataforma digital para operar.

El especialista laboral Ernesto Sánchez Ponce, de la firma Pizá Abogados, considera que se debe cuidar y estudiar la propuesta, ya que si bien la misma otorga beneficios importantes a dichos empleados y sobre derechos, los cuales al día de hoy no son incluidos ni regulados por ninguna ley.

Pero alertó que podría generar desempleo, ya que dicha propuesta obliga al empleador a proporcionar las herramientas de trabajo a los empleados. Les exige a proveer y encargarse del mantenimiento de equipos y autos para el desempeño de sus labores, lo cual se encuentra fuera de la esencia del negocio de esas plataformas digitales.

Para el líder de la CROC, si se deja a “la economía digital” a su libre albedrío, los sitios web de trabajo mediante aplicaciones que conforman la economía de plataformas podría recrear a los jornaleros digitales”. ¡Veremos qué pasa!

EN ESE TENOR. En noviembre del 2020, la senadora Xóchitl Gálvez, presentó una iniciativa sobre el tema. Para regular en la LFT, la relación laboral, los derechos y las condiciones básicas que deben existir entre las empresas que desarrollan plataformas digitales y sus trabajadores que prestan el servicio. Donde se busca terminar con la controversia entre las plataformas y las personas que las utilizan para trabajar, dejando en evidencia que sí existe una relación laboral y que deben ser consideradas como trabajadores y, por lo tanto, deben tener acceso a las prestaciones de Ley y a la seguridad social.

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