La violencia vicaria es un término que se ha incorporado al lenguaje cotidiano debido a los casos de agresiones de este tipo, generalmente contra mujeres, pero que en muchas ocasiones quedan sin castigo, debido a las lagunas legales, que permiten que los agresores continúen haciéndolo.
Resulta que se define como un tipo de violencia contra las mujeres que consiste en dañarlas a través de sus hijos, hijas o personas vinculadas significativamente a ellas, objetos personales o incluso mascotas. Es una forma de manipulación, control y venganza que puede llegar a causar la muerte o el suicidio de las víctimas y por tanto atenta contra su integridad de las víctimas.
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A nivel federal, la violencia vicaria fue incluida en la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia hace apenas unas semanas, a finales de noviembre, aunque desde hace un par de años está incluida en algunas legislaciones estatales.
La adición de la fracción x al artículo 6º señala que es particularmente grave cuando las instituciones destinadas a la atención y el acceso a la justicia, al no reconocerla, emiten determinaciones, resoluciones y sentencias sin perspectiva de género vulnerando los derechos humanos de las mujeres y el interés superior de la niñez.
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Tipificada en 12 estados
Actualmente está tipificada en el Código Penal de 12 estados del país: Aguascalientes, Baja California, Campeche, Hidalgo, Michoacán, Puebla, Sinaloa, Sonora, Tamaulipas, Tlaxcala, Yucatán y Zacatecas.
Debido a lo reciente de la tipificación, las mujeres que denuncian este tipo de delitos se enfrentan a múltiples obstáculos, pues ministerios públicos y personal de juzgados desconocen los procedimientos que hay que seguir en estos casos.
“Mi proceso se ha visto afectado cuando he levantado alguna denuncia porque mi ex pareja no me deja ver a mi hijo. Me dicen que es tema familiar y aunque yo argumento que es violencia vicaria, responden que no está tipificada todavía”, asegura Lydia, una víctima de este tipo de violencia.
Por lo que hace a la Ciudad de México se ha pedido, a través de diversas vías, el reforzar las medidas contra la violencia vicaria que debe contar con el fundamento legal, para que autoridades den protección.
Sin que aún rinda los resultados esperados, en un Parlamento de Mujeres realizado en 2023, las personas participantes cerraron filas en la demanda hacia las autoridades capitalinas de reforzar las medidas contra la violencia vicaria, en lo que debe participar activamente el Poder Legislativo local.
Se acordó que el concepto que refiere a esta violencia, cuente con el fundamento legal para que las autoridades puedan utilizarlo en la protección de las víctimas.
En su momento, las parlamentarias aprobaron un exhorto a los congresistas de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia del recinto de Donceles y Allende, a fin de que se dictamine positivamente la iniciativa con proyecto de decreto para reformar y adicionar diversas disposiciones de los Códigos Penal y Civil del Distrito Federal, en materia de violencia vicaria.
Resulta que esa propuesta fue suscrita por las diputadas Ana Francis López Bayghen Patiño de la bancada de Morena y María Gabriela Salido Magos de la fracción parlamentaria del PAN, el 10 de mayo de 2022, con el fin de que este concepto cuente con fundamento legal y pueda ser utilizado en la protección de las víctimas, ya que actualmente su inclusión en los ordenamientos locales es sólo orientador.
En un trabajo realizado por la Gaceta UNAM se expuso que el hecho de que esta violencia esté en la ley implica que en los tipos penales existentes debe identificarse cómo se perpetúa la violencia vicaria.
Además se delineó que el delito de violencia familiar comprende la económica, patrimonial y vicaria, entonces se debe considerar que el Código Penal, cuando se trata de delitos contra las mujeres, se interpreta a la luz de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
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En Baja California Sur, Ciudad de México, Colima, Estado de México, Guanajuato, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Oaxaca y San Luis Potosí únicamente se encuentra en esta ley a nivel local, mientras que en Coahuila, Guerrero y Querétaro está aprobada pero aún no se publica.
Penúltima violencia
La violencia vicaria es una de las penúltimas de las violencias de género, antes del feminicidio, porque lo que busca el agresor es dañar a través de lo que más quieren las mujeres, que son sus hijas e hijos, advirtió la diputada Julieta Vences, una de las impulsoras del tema en la Cámara de Diputados.
En su calidad de presidenta de la Comisión de Igualdad de Género en el recinto de San Lázaro, dijo que por fin se pudo dar un pasito más hacia la justicia para las mujeres, y para las niñas, niños y adolescentes.
Afirmó que, con este dictamen, se legislan tres leyes: Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, al Código Civil Federal y al Código Penal Federal; en el que se reconoce un marco jurídico para registrar la violencia a través de interpósita persona y así hacer que las mujeres sean sujetas de derechos.
Vences refirió que, con esta reforma, se obliga a los tres órdenes de gobierno a establecer políticas de prevención, y se le dan facultades a la autoridad jurisdiccional para que pueda emitir órdenes de protección para las víctimas.
Además, permite que las víctimas puedan tener la suspensión temporal del régimen de visitas y convivencia para el agresor, y la recuperación y entrega inmediata a las mujeres víctimas de sus hijas o hijos que haya sido sustraídos, retenidos u ocultados de sus madres.
También, se reconoce este tipo de violencia como una agravante con castigos que pueden ir de los 8 meses a los 5 años de prisión. Con esto buscamos que ningún agresor siga haciendo daño a una mujer y sus hijos.
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