/ viernes 12 de enero de 2024

Violencia ácida atenta contra la vida, integridad y libertad

El dictamen para tratar este delito como feminicidio en grado de tentativa no se puso a consideración

La violencia ácida está tipificada como un delito específico en la Ciudad de México, pero aún no prospera imponer una pena de 8 a 12 años de prisión y multa de 300 a 700 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente para quien lo cometa.

Sin explicación alguna, en el pasado periodo extraordinario de sesiones que se llevó a cabo en el Congreso de la Ciudad de México, no se puso a consideración del pleno, tal y como estaba previsto, el dictamen para tratar como feminicidio en grado de tentativa el delito de violencia ácida ya tipificado.

Que se tipifique como feminicidio

El propósito es que, si la conducta provoca deformación, afectación o daño físico permanente en órganos internos o externos de las mujeres, sea tratado como feminicidio en grado de tentativa.

Resulta que la Fundación Carmen Sánchez, una de las primeras organizaciones en investigar este tipo de agresión, ha logrado documentar 33 casos, entre 1988 y 2022, de agresiones con ácidos contra mujeres.

Se trata de una forma específica de violencia feminicida que se caracteriza por el acto de arrojar ácido u otras sustancias corrosivas en el rostro y cuerpo de una mujer, con la finalidad de atentar contra su vida, su integridad y su libertad humana, así como para mantener y profundizar el estado de desigualdad y opresión en el que se encontraban.

Especialistas sostienen que este es un tipo de violencia simbólica y la continuación de violencias machistas que las mujeres experimentaron en su vida y en todos los contextos de interacción social.

Ley Malena

A raíz del caso de la saxofonista María Elena Ríos Ortiz, quien fue atacada en septiembre de 2019 con ácido sulfúrico por tres hombres en su casa en la comunidad Huajuapan de León, Oaxaca, lo que le ocasionó quemaduras de segundo y tercer grado en casi el 80% de su cuerpo y estuvo hospitalizada más de tres meses, es que surgió la llamada Ley Malena.

Esa legislación fue aprobada en Puebla el 2 de marzo de 2023, y se tipificarán los ataques con ácido como feminicidio en tentativa y las penas van de 26 a 40 años.

Mientras que en Aguascalientes y la Ciudad de México, los ataques con ácido hacia las mujeres son considerados como delitos graves y son sancionados. En Baja California Sur, Estado de México, Oaxaca e Hidalgo también se reconoce la violencia ácida y es sancionada.

Dictamen en espera

El dictamen para reformar, derogar y adicionar diversas disposiciones de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la Ciudad de México y del Código Penal en materia de violencia ácida, que se aprobó a mediados de diciembre pasado por las Comisiones de Igualdad de Género y de Administración y Procuración de Justicia del Poder Legislativo local está en espera de que sea puesto a consideración del pleno del Congreso.

La idea es que se considere como feminicidio en grado de tentativa una conducta que provoca afectación permanente en órganos de las mujeres.

Foto: cortesía Congreso CDMX

Fue la presidenta de la Comisión de Igualdad de Género del Congreso, la diputada morenista Ana Francis López Bayghen Patiño, quien delineó que la herramienta legislativa promovida por la congresista de Morena, Marcela Fuente Castillo, surge del trabajo realizado en encuentros como el foro Ley Malena: no más violencia ácida y de la información brindada por activistas, organizaciones e instituciones como la Fiscalía General de Justicia y la Comisión de Derechos Humanos.

Con la reforma a la ley en la materia, se pretende regular la violencia ácida como un nuevo tipo de agresión contra las mujeres, que consiste en ataques con sustancias químicas o corrosivas que causan o buscan causar daño, a través de lesiones temporales o permanentes, internas o ex[1]ternas, que pueden provocar discapacidad o poner en peligro la vida.

Programas para atender a víctimas

López Bayghen Patiño dijo que se plantea que las instituciones correspondientes cuenten con programas para atender a las víctimas, así como protocolos, registros, estadísticas y lineamientos precisos sobre la atención a estos casos de violencia.

Quedó establecido que los cambios al Código Penal local consisten en adicionar un capítulo de “lesiones por ataques con ácido, sustancias químicas o corrosivas”, para tipificar la conducta conocida como “violencia ácida” e imponer 8 a 12 años de prisión y multa de 300 a 700 veces la UMA vigente a quien cause un daño en la integridad física o salud, utilizando diversas sustancias y/o compuestos químicos, que provoquen lesiones internas, externas o ambas.

Esas penas aumentarán en una mitad cuando se cause deformidad en rostro, haya daño de órganos o en casos en que la víctima sea niño, niña, adolescente o persona con discapacidad; y la conducta será considerada feminicidio en grado de tentativa, si el daño físico es permanente, así como llegar a afectar los órganos reproductores sexuales.

Fuente Castillo aclaró que con el dictamen se pretende que estos ataques sean considerados como un tipo penal específico por la gravedad simbólica, física y emocional que involucra, al tiempo que difundió que se consideraron las observaciones y luchas de las activistas y organizaciones, en especial el trabajo realizado por María Elena Ríos Ortiz.

La coordinadora de la bancada del PRD en el Poder Legislativo local, Gabriela Quiroga Anguiano, refirió que la reforma es de gran ayuda, pero hace falta contar con un registro y control de quienes compran las sustancias con las que se realizan estas acciones violentas, lo cual es abordado en una iniciativa que fue turnada a comisiones y, solicitó mantener un trabajo en esta materia.

Síguenos en Facebook: La Prensa Oficial y en Twitter: @laprensaoem

La violencia ácida está tipificada como un delito específico en la Ciudad de México, pero aún no prospera imponer una pena de 8 a 12 años de prisión y multa de 300 a 700 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente para quien lo cometa.

Sin explicación alguna, en el pasado periodo extraordinario de sesiones que se llevó a cabo en el Congreso de la Ciudad de México, no se puso a consideración del pleno, tal y como estaba previsto, el dictamen para tratar como feminicidio en grado de tentativa el delito de violencia ácida ya tipificado.

Que se tipifique como feminicidio

El propósito es que, si la conducta provoca deformación, afectación o daño físico permanente en órganos internos o externos de las mujeres, sea tratado como feminicidio en grado de tentativa.

Resulta que la Fundación Carmen Sánchez, una de las primeras organizaciones en investigar este tipo de agresión, ha logrado documentar 33 casos, entre 1988 y 2022, de agresiones con ácidos contra mujeres.

Se trata de una forma específica de violencia feminicida que se caracteriza por el acto de arrojar ácido u otras sustancias corrosivas en el rostro y cuerpo de una mujer, con la finalidad de atentar contra su vida, su integridad y su libertad humana, así como para mantener y profundizar el estado de desigualdad y opresión en el que se encontraban.

Especialistas sostienen que este es un tipo de violencia simbólica y la continuación de violencias machistas que las mujeres experimentaron en su vida y en todos los contextos de interacción social.

Ley Malena

A raíz del caso de la saxofonista María Elena Ríos Ortiz, quien fue atacada en septiembre de 2019 con ácido sulfúrico por tres hombres en su casa en la comunidad Huajuapan de León, Oaxaca, lo que le ocasionó quemaduras de segundo y tercer grado en casi el 80% de su cuerpo y estuvo hospitalizada más de tres meses, es que surgió la llamada Ley Malena.

Esa legislación fue aprobada en Puebla el 2 de marzo de 2023, y se tipificarán los ataques con ácido como feminicidio en tentativa y las penas van de 26 a 40 años.

Mientras que en Aguascalientes y la Ciudad de México, los ataques con ácido hacia las mujeres son considerados como delitos graves y son sancionados. En Baja California Sur, Estado de México, Oaxaca e Hidalgo también se reconoce la violencia ácida y es sancionada.

Dictamen en espera

El dictamen para reformar, derogar y adicionar diversas disposiciones de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la Ciudad de México y del Código Penal en materia de violencia ácida, que se aprobó a mediados de diciembre pasado por las Comisiones de Igualdad de Género y de Administración y Procuración de Justicia del Poder Legislativo local está en espera de que sea puesto a consideración del pleno del Congreso.

La idea es que se considere como feminicidio en grado de tentativa una conducta que provoca afectación permanente en órganos de las mujeres.

Foto: cortesía Congreso CDMX

Fue la presidenta de la Comisión de Igualdad de Género del Congreso, la diputada morenista Ana Francis López Bayghen Patiño, quien delineó que la herramienta legislativa promovida por la congresista de Morena, Marcela Fuente Castillo, surge del trabajo realizado en encuentros como el foro Ley Malena: no más violencia ácida y de la información brindada por activistas, organizaciones e instituciones como la Fiscalía General de Justicia y la Comisión de Derechos Humanos.

Con la reforma a la ley en la materia, se pretende regular la violencia ácida como un nuevo tipo de agresión contra las mujeres, que consiste en ataques con sustancias químicas o corrosivas que causan o buscan causar daño, a través de lesiones temporales o permanentes, internas o ex[1]ternas, que pueden provocar discapacidad o poner en peligro la vida.

Programas para atender a víctimas

López Bayghen Patiño dijo que se plantea que las instituciones correspondientes cuenten con programas para atender a las víctimas, así como protocolos, registros, estadísticas y lineamientos precisos sobre la atención a estos casos de violencia.

Quedó establecido que los cambios al Código Penal local consisten en adicionar un capítulo de “lesiones por ataques con ácido, sustancias químicas o corrosivas”, para tipificar la conducta conocida como “violencia ácida” e imponer 8 a 12 años de prisión y multa de 300 a 700 veces la UMA vigente a quien cause un daño en la integridad física o salud, utilizando diversas sustancias y/o compuestos químicos, que provoquen lesiones internas, externas o ambas.

Esas penas aumentarán en una mitad cuando se cause deformidad en rostro, haya daño de órganos o en casos en que la víctima sea niño, niña, adolescente o persona con discapacidad; y la conducta será considerada feminicidio en grado de tentativa, si el daño físico es permanente, así como llegar a afectar los órganos reproductores sexuales.

Fuente Castillo aclaró que con el dictamen se pretende que estos ataques sean considerados como un tipo penal específico por la gravedad simbólica, física y emocional que involucra, al tiempo que difundió que se consideraron las observaciones y luchas de las activistas y organizaciones, en especial el trabajo realizado por María Elena Ríos Ortiz.

La coordinadora de la bancada del PRD en el Poder Legislativo local, Gabriela Quiroga Anguiano, refirió que la reforma es de gran ayuda, pero hace falta contar con un registro y control de quienes compran las sustancias con las que se realizan estas acciones violentas, lo cual es abordado en una iniciativa que fue turnada a comisiones y, solicitó mantener un trabajo en esta materia.

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