Diputados priístas del Estado de México demandaron quitar la patria potestad a quien cometa homicidio doloso o feminicidio, bajo el argumento de que las personas que tienen esta figura legal sobre los menores deben, en todo momento, estar presente y contribuir a satisfacer las necesidades de los infantes, y si son encontrados culpables por esos delitos no podrán cumplir con dichas obligaciones.
Modificaciones al Código Penal y Civil
En la sesión legislativa y desde tribuna, la diputada María Isabel Sánchez Holguín, en representación de los integrantes de su grupo parlamentario, pidió concretar modificaciones a los códigos Penal y Civil del Estado de México.
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Manifestó que los cambios deberán hacerse efectivos para establecer como causa de la pérdida de patria potestad la condena por la comisión de los delitos de feminicidio, homicidio doloso o feminicidio en grado de tentativa.
Entre los argumentos expuestos, la diputada mencionó que quienes sean acusados por esos delitos no podrán tener el tiempo de velar por los menores, ni mucho menos estar al pendiente de las necesidades de vestido y comida de los hijos.
Tampoco podrán atender su desarrollo social y psíquico, como el afecto, la orientación, la motivación y la guía espiritual o moral; elementos que forjan la personalidad del menor y que, a la postre, reflejarán el carácter y su inclusión en la sociedad.
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Que pierdan la patria potestad de forma definitiva
La iniciativa detalla que la patria potestad se perderá de manera definitiva por resolución se cometan los citados delitos en contra de su cónyuge, la madre de sus descendientes, mujer familiar, mujer conocida o desconocida y por el cual se haya emitido sentencia condenatoria por autoridad competente, en atención al interés superior de la niñez.
Al exponer su propuesta, que analizarán las comisiones de Procuración y Administración de Justicia y de Familia y de Desarrollo Humano, la legisladora enfatizó que la iniciativa reconoce a las víctimas y familiares de feminicidio y refuerza la cero tolerancia para estos casos; protege los derechos de niñas, niños y adolescentes, en la medida que se procura su estabilidad emocional y psíquica, otorgando la patria potestad, guarda y custodia o curatela, a personas que se encuentren en mejores condiciones de ejercerla.
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