/ miércoles 25 de enero de 2023

Gobierno de la CDMX otorga a Guardia Nacional beneficios fiscales para incorporar inmuebles

La Jefatura de Gobierno resolvió eximir de varios impuestos a la corporación, entre ellos predial y suministro de agua

La Guardia Nacional tendrá en la Ciudad de México, beneficios fiscales así como facilidades administrativas, de acuerdo con una resolución de carácter general emitida por la Jefatura de Gobierno.

El objetivo es incorporarles bienes inmuebles a su patrimonio, siempre que éstos sean transmitidos por la Ciudad de México.

Se exime o condona el pago de las siguientes contribuciones, así como de sus accesorios y cualquier tipo de adeudo generado hasta el momento de aplicación de la presente Resolución, contempladas en el Código Fiscal de la Ciudad de México, en adelante Código, a favor de la Guardia Nacional, durante la vigencia del presente Instrumento, siempre y cuando las contribuciones estén relacionadas con actos jurídicos que sean requeridos para la incorporación de bienes inmuebles a su patrimonio, exclusivamente cuando los mismos sean transmitidos por la Ciudad de México.

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Eximen varios impuestos

Es así que se les exime del pago de Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles, para este caso la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario remitirá por oficio a la Tesorería de la Ciudad de México, un listado con carácter informativo de los inmuebles que hayan sido objeto de la aplicación del presente beneficio, proporcionando los datos necesarios para la correcta actualización en el padrón catastral de la Ciudad.

Se les exime del pago de Derechos por la expedición de licencias de subdivisión, relotificación o fusión de predios y por los derechos de los servicios que presta el Registro Público de la Propiedad y de Comercio, y del Archivo General de Notarías y por los derechos por la expedición de Constancias por los Servicios de Alineamiento y Señalamiento de Número Oficial y de la Expedición de Constancias de Zonificación y de Uso de Inmuebles.

También por los derechos por los servicios prestados por diversas autoridades de la Ciudad de México, por los derechos por la expedición de la constancia administrativa que determine medidas, colindancias y superficie de un predio para corrección de su descripción en los documentos que acreditan la propiedad.

Así como por los derechos por el estudio e inscripción o modificación de un predio en los planos de alineamientos y derechos de vía.

Y se les condona totalmente el pago de Impuesto Predial, por Suministro de Agua.

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Y para llevar a cabo estos beneficios, la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario remitirá por oficio a la Tesorería y al Sistema de Aguas, ambos de la Ciudad de México, un listado de las cuentas catastrales y de agua, de los inmuebles sujetos a los beneficios.

Y se otorgarán facilidades administrativas para la simplificación de los trámites o actividades sobre el registro, fusión de cuentas catastrales y trámites relacionados.

Así como la modificación del propietario o poseedor en el Sistema Integral de Gestión y Actualización de Predial (SIGAPred) y trámites relacionados.

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La Guardia Nacional tendrá en la Ciudad de México, beneficios fiscales así como facilidades administrativas, de acuerdo con una resolución de carácter general emitida por la Jefatura de Gobierno.

El objetivo es incorporarles bienes inmuebles a su patrimonio, siempre que éstos sean transmitidos por la Ciudad de México.

Se exime o condona el pago de las siguientes contribuciones, así como de sus accesorios y cualquier tipo de adeudo generado hasta el momento de aplicación de la presente Resolución, contempladas en el Código Fiscal de la Ciudad de México, en adelante Código, a favor de la Guardia Nacional, durante la vigencia del presente Instrumento, siempre y cuando las contribuciones estén relacionadas con actos jurídicos que sean requeridos para la incorporación de bienes inmuebles a su patrimonio, exclusivamente cuando los mismos sean transmitidos por la Ciudad de México.

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Eximen varios impuestos

Es así que se les exime del pago de Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles, para este caso la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario remitirá por oficio a la Tesorería de la Ciudad de México, un listado con carácter informativo de los inmuebles que hayan sido objeto de la aplicación del presente beneficio, proporcionando los datos necesarios para la correcta actualización en el padrón catastral de la Ciudad.

Se les exime del pago de Derechos por la expedición de licencias de subdivisión, relotificación o fusión de predios y por los derechos de los servicios que presta el Registro Público de la Propiedad y de Comercio, y del Archivo General de Notarías y por los derechos por la expedición de Constancias por los Servicios de Alineamiento y Señalamiento de Número Oficial y de la Expedición de Constancias de Zonificación y de Uso de Inmuebles.

También por los derechos por los servicios prestados por diversas autoridades de la Ciudad de México, por los derechos por la expedición de la constancia administrativa que determine medidas, colindancias y superficie de un predio para corrección de su descripción en los documentos que acreditan la propiedad.

Así como por los derechos por el estudio e inscripción o modificación de un predio en los planos de alineamientos y derechos de vía.

Y se les condona totalmente el pago de Impuesto Predial, por Suministro de Agua.

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Y para llevar a cabo estos beneficios, la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario remitirá por oficio a la Tesorería y al Sistema de Aguas, ambos de la Ciudad de México, un listado de las cuentas catastrales y de agua, de los inmuebles sujetos a los beneficios.

Y se otorgarán facilidades administrativas para la simplificación de los trámites o actividades sobre el registro, fusión de cuentas catastrales y trámites relacionados.

Así como la modificación del propietario o poseedor en el Sistema Integral de Gestión y Actualización de Predial (SIGAPred) y trámites relacionados.

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