/ viernes 12 de mayo de 2023

CDMX ya tiene ley para combatir contaminación lumínica

Autoridades capitalinas tomarán medidas para contrarrestar las consecuencias que provoca

El coordinador de la asociación parlamentaria Alianza Verde Juntos por la Ciudad en el Congreso capitalino, Jesús Sesma Suárez, calificó como un logro ecologista que la capital del país cuente con una legislación para combatir la contaminación lumínica, luego de que en días pasados se publicó en la Gaceta Oficial el decreto por el que se reforma y adicionan diversas disposiciones de la Ley Ambiental de Protección a la Tierra en la Ciudad de México.

Aseguró que con dicha publicación, en la metrópoli se garantiza la eficiencia energética en el alumbrado público, así como “no alterar las condiciones naturales de las horas nocturnas en el suelo de conservación, áreas de valor ambiental y áreas naturales protegidas de la metrópoli”.

El vicepresidente de la Comisión de Preservación del Medio Ambiente, Cambio Climático y Protección Ecológica del recinto de Donceles y Allende, tras exponer que lo establecido en la ley además va dirigido a prevenir, minimizar y controlar la contaminación lumínica, al hacer una serie de declaraciones sobre el tema dijo que ser trata de impedir la intrusión lumínica.

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Hizo notar que de acuerdo a la UNESCO, la contaminación lumínica es considerada un problema ambiental grave que crece anualmente en promedio 4 por ciento, en tanto que con la publicación en la Gaceta Oficial, las autoridades capitalinas podrán atender y tomar las medidas necesarias para regular y contrarrestar las consecuencias que, a nivel social y de medio ambiente provoca.

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Sesma Suárez dio cuenta que en dicha legislación se establece que por contaminación lumínica se entiende como el exceso de flujo lumínico, iluminación o resplandor luminoso en ambientes nocturnos o brillo producido por la difusión y reflexión de la luz en los gases, aerosoles y partículas en suspensión en la atmósfera, provenientes de fuentes artificiales, con intensidades, direcciones o rangos espectrales inadecuados para la realización de las actividades previstas en la zona alumbrada que altera las condiciones naturales de luminosidad en horas nocturnas.

Comentó que lo anterior, provoca afectación a los patrones de descanso o condiciones de molestia en las personas sometidas al campo luminoso producido por las fuentes emisoras.

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El coordinador de la asociación parlamentaria Alianza Verde Juntos por la Ciudad en el Congreso capitalino, Jesús Sesma Suárez, calificó como un logro ecologista que la capital del país cuente con una legislación para combatir la contaminación lumínica, luego de que en días pasados se publicó en la Gaceta Oficial el decreto por el que se reforma y adicionan diversas disposiciones de la Ley Ambiental de Protección a la Tierra en la Ciudad de México.

Aseguró que con dicha publicación, en la metrópoli se garantiza la eficiencia energética en el alumbrado público, así como “no alterar las condiciones naturales de las horas nocturnas en el suelo de conservación, áreas de valor ambiental y áreas naturales protegidas de la metrópoli”.

El vicepresidente de la Comisión de Preservación del Medio Ambiente, Cambio Climático y Protección Ecológica del recinto de Donceles y Allende, tras exponer que lo establecido en la ley además va dirigido a prevenir, minimizar y controlar la contaminación lumínica, al hacer una serie de declaraciones sobre el tema dijo que ser trata de impedir la intrusión lumínica.

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Hizo notar que de acuerdo a la UNESCO, la contaminación lumínica es considerada un problema ambiental grave que crece anualmente en promedio 4 por ciento, en tanto que con la publicación en la Gaceta Oficial, las autoridades capitalinas podrán atender y tomar las medidas necesarias para regular y contrarrestar las consecuencias que, a nivel social y de medio ambiente provoca.

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Sesma Suárez dio cuenta que en dicha legislación se establece que por contaminación lumínica se entiende como el exceso de flujo lumínico, iluminación o resplandor luminoso en ambientes nocturnos o brillo producido por la difusión y reflexión de la luz en los gases, aerosoles y partículas en suspensión en la atmósfera, provenientes de fuentes artificiales, con intensidades, direcciones o rangos espectrales inadecuados para la realización de las actividades previstas en la zona alumbrada que altera las condiciones naturales de luminosidad en horas nocturnas.

Comentó que lo anterior, provoca afectación a los patrones de descanso o condiciones de molestia en las personas sometidas al campo luminoso producido por las fuentes emisoras.

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