/ domingo 21 de febrero de 2021

Sentencia absolutoria por homicidio calificado cometido en pandilla

El Tribunal Primero de Enjuiciamiento determinó por unanimidad de votos que las pruebas desahogadas por el órgano acusador no fueron suficientes para determinar la autoría de los acusados en la comisión del delito

Mérida, Yuc., 21 de febrero.- El Tribunal Primero de Enjuiciamiento emitió sentencia absolutoria a tres personas acusadas del delito de homicidio calificado cometido en pandilla, después del desahogo de pruebas que se realizó durante un juicio oral que se desarrolló en el Centro de Justicia Oral de Mérida (CJOM).

El Tribunal Primero de Enjuiciamiento, integrado por el juez Níger Desiderio Pool Cab quien fungió como presidente en esta ocasión, la jueza Fabiola Rodríguez Zurita como relatora y la jueza Nidia Guadalupe Celis Fuentes como tercer integrante, determinó por unanimidad de votos que las pruebas desahogadas por el órgano acusador no fueron suficientes para determinar la autoría de los acusados en la comisión del delito por lo que no logró vencer el principio de presunción de inocencia y por ende determinó fallo absolutorio.

Los hechos acusados en este juicio por la Fiscalía Estatal fueron los siguientes:

“Que en un momento determinado entre el 21 de octubre y el 9 de noviembre de 2019, en un predio de la calle 14 del fraccionamiento Villa Oriente de Kanasín, Yucatán, empleando un cuchillo y una piedra, las tres personas acusadas privaron de la vida a otra y arrojaron su cuerpo en una fosa.”

Mérida, Yuc., 21 de febrero.- El Tribunal Primero de Enjuiciamiento emitió sentencia absolutoria a tres personas acusadas del delito de homicidio calificado cometido en pandilla, después del desahogo de pruebas que se realizó durante un juicio oral que se desarrolló en el Centro de Justicia Oral de Mérida (CJOM).

El Tribunal Primero de Enjuiciamiento, integrado por el juez Níger Desiderio Pool Cab quien fungió como presidente en esta ocasión, la jueza Fabiola Rodríguez Zurita como relatora y la jueza Nidia Guadalupe Celis Fuentes como tercer integrante, determinó por unanimidad de votos que las pruebas desahogadas por el órgano acusador no fueron suficientes para determinar la autoría de los acusados en la comisión del delito por lo que no logró vencer el principio de presunción de inocencia y por ende determinó fallo absolutorio.

Los hechos acusados en este juicio por la Fiscalía Estatal fueron los siguientes:

“Que en un momento determinado entre el 21 de octubre y el 9 de noviembre de 2019, en un predio de la calle 14 del fraccionamiento Villa Oriente de Kanasín, Yucatán, empleando un cuchillo y una piedra, las tres personas acusadas privaron de la vida a otra y arrojaron su cuerpo en una fosa.”

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