El Sistema de Transporte Colectivo Metro insiste en que deben de investigarse los motivos por los que dos trabajadores se accidentaron en la interestación Oceanía y presume que el hecho que dejó a un trabajador sin vida pudo haber derivado a una falta al reglamento para descenso a vías, por su parte, familiares de la víctima afirman que todo se derivó a la falta de mantenimiento.
El accidente que cobró la vida de Rafael Murias, jefe de estación Oceanía de la Línea B del Metro, ya es investigado por la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, luego de que el Metro entregara documentos a la Fiscalía como las bitácoras de mantenimiento, autorizaciones para descensos a vías, registros de descensos programados que no estaban autorizados, además de videograbaciones.
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La víctima contaba con poco más de tres décadas trabajando dentro del STC, su muerte quedó captada por cámaras de seguridad instaladas en las cabeceras del andén de dicha estación, esto tras el accidente que ocurrió la tarde del pasado 5 de junio.
La grabación muestra a Rafael acompañado de otro trabajador, descender a la zona de vías sin que se tenga certeza de que hayan solicitado autorización al Regulador del Puesto de Control Central, lo hacen como lo marca el reglamento, por la zona de pasarelas existentes en las cabeceras del andén, pese a la advertencia de que el cambio de vías no debe de ser una práctica común entre los trabajadores.
Es justo al momento de intentar cambiar de vía y avanzar por encima de los rieles, que ambos se detienen por un momento y observan hacia una tarima que serviría de apoyo para conseguir cruzar la barra guía, zona energizada, misma que se rompe al momento en que Rafael la pisa y cae junto a su colega.
Con videos, deudos acusan falta de mantenimiento
Tras la revelación del video surgieron reclamos de familiares de la víctima que acusan que el fatal accidente se debió a la falta de mantenimiento, compartieron en redes sociales la fotografía de un reporte de avería fechado en enero del 2022, que se presume, advertía del mal estado en que se encontraba la tarima de cambio de vía y solicitaba su reparación, declaraciones que el Metro, dijo, externa pleno respeto.
Por su parte, en las argumentaciones que el STC presentó a la fiscalía insiste en que deben de el hecho de que dos trabajadores estuvieran en las vías debe de escarzarse en la investigación, especialmente por el hecho de que la vía estaba energizada, lo que implicaría un mayor control por parte del regulador en turno del Puesto Central de Control y de personal de Seguridad Industrial que tuvieron que acompañar el descenso.
¿Qué dice el Reglamento del Metro?
El Reglamento para el tránsito peatonal en las vías del Sistema de Transporte Colectivo Metro marca las condiciones con las cuales los trabajadores o personal autorizado podrán descender a la zona de vías, el mismo tiene por objeto normar los descensos y el tránsito peatonal en las vías del sistema durante y fuera de horario de servicio.
El reglamento indica que cualquier trabajador que pretenda descender a vías deberá hacerlo marcando al Regulador del Puesto de Control Central, será personal de esta área del STC quien otorga o no la autorización a personal del Metro o de empresas autorizadas para el ingreso a esta zona restringida.
El documento especifica que durante este tipo de descensos se debe priorizar la no afectación al servicio, y aclara que aun en horario fuera de servicio y con corte de corriente, el trabajador debe considerar en todo momento que las vías se encuentran energizadas, de ser posible, evitar caminar cerca, entre o por las vías, y cuando se pueda, hacerlo por otro lugar.
La prohibición del uso de ropa suelta, batas desabrochadas y accesorios como corbatas sin sujetar, cadenas y esclavas son parte de las restricciones del reglamento para garantizar que el desarrollo de actividades en zona de vías sea seguro. El uso de calzado dieléctrico, es decir, aislante a la electricidad, es parte del equipo de protección necesario para poder descender a vías.
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Entre las especificaciones contenidas en el Artículo V del reglamento “Del personal que desciende a vías en horas de servicio”, se indica que cualquier descenso deberá hacerse acompañado del Jefe de Estación “y/o al personal de seguridad”.
Una vez hecho el descenso, el reglamento prohíbe en horas de servicio el cruce a la vía contraria sobre el murete, es decir, solo lo podrá hacer por las pasarelas existentes en las cabeceras del andén.
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