/ martes 27 de agosto de 2019

Secretaría de Salud Capitalina debe revisar operación de los centros de atención canina y felina

Se sacrifican nueve de cada 10 perros y gatos que no fueron reclamados o adoptados

En la Ciudad de México se sacrifican nueve de cada 10 perros y gatos que no fueron reclamados o adoptados, en tanto que el país ocupa el tercer lugar en maltrato animal y, de los 18 millones de canes sólo el 30 por ciento tiene dueño, mientras que el resto se encuentra en las calles, alertó la diputada perredista Alejandra Esparza Márquez.

Ante ese panorama, promueve un exhorto a los gobiernos estatales a realizar campañas permanentes de esterilización canina y felina, así como de concientización y promoción a la adopción, con el objetivo de controlar la sobrepoblación y fomentar el cuidado responsable de las mascotas.

Por lo que hace al ámbito local, expuso que la Secretaria de Salud de la Ciudad de México, calcula que cada año se pierden o son abandonados 18 mil perros, los cuales terminan sus vidas en las calles, refugios o centros de atención canina.

Pidió que la Secretaría de Salud revise las condiciones en las que operan los Centros de Atención Canina (CAC) y Felina en la capital del país. Los dos más grandes, ubicados en la alcaldía de Coyoacán, denominado Dr. Alfonso Angellini de la Garza y el Dr. Luis Pasteur, en Gustavo A. Madero, es en donde se sacrifican una gran cantidad de perros al año.

Hizo alusión al hecho de que la Ley de Protección Animal de la Ciudad de México y la Ley General de Vida Silvestre, en su artículo 3 fracciones XXIX y XXV, definen al maltrato como todo hecho, acto u omisión del ser humano que puede ocasionar dolor, deterioro físico o sufrimiento, que afecte el bienestar, ponga en peligro la vida del animal, o afecte gravemente su salud o integridad física, así como la exposición a condiciones de sobreexplotación de su capacidad física con cualquier fin.

“En todos los Centros de Control Canino de la capital del país ésta práctica se lleva a cabo con fundamento en la NOM-042-SSA-2-2006, que ordena el sacrificio de estos animales si no son reclamados durante las 72 horas posteriores a su captura, lo cual va en contra del artículo 50 de la Ley de Protección a los Animales de la Ciudad de México, al establecer que el sacrificio de animales debe aplicarse sólo en casos de enfermedad o senilidad extrema”.

La legisladora del PRD precisó que, a perros y gatos, previo a efectuar el sacrificio, deberá suministrarse tranquilizantes a efecto de aminorar el sufrimiento, angustia o estrés.

Mencionó que del mismo ordenamiento, el artículo 51 marca que la inmolación humanitaria de un animal no destinado al consumo humano sólo podrá realizarse en razón del sufrimiento que le cause un accidente, enfermedad, incapacidad física o trastornos seniles que comprometan su bienestar animal, con excepción de los animales sacrificados con fines de investigación científica, así como de aquellos que se constituyan en amenaza para la salud, la economía, o los que por exceso de su especie signifiquen un peligro grave para la sociedad.

“A pesar de esto, las cifras que existen sobre muerte animal siguen demostrando que es una acción que se realiza de manera cotidiana en los diversos Centros de Atención Canina y Felina de la Ciudad de México. Es necesario que dejen de ser centros de muerte y cumplan con las leyes de bienestar animal”, declaró Esparza Márquez.

Dijo que, ante los cambios en la legislación actual en materia de protección animal, los antirrábicos dejaron de funcionar púnicamente como centros de control de la rabia, para convertirse en establecimientos de atención, protección y adopción. “Anteriormente había miles de perros condenados a muerte en estos sitios sólo por el delito de haber sido abandonados”.

La representante popular notificó que el 2014 se sacrificó a 5 mil 955 perros enfermos y mil 424 sanos en el centro Luis Pasteur, en el Alfonso Angellini de la Garza se ultimó a mil 858 canes enfermos y a mil 300 sanos.

En la propuesta, demandó la necesidad de que la Secretaría de Salud modifique la Norma Oficial Mexicana NOM-042-SSA2-2006, Prevención y control de enfermedades.

Dicha norma refiere especificaciones sanitarias para los centros de atención canina, respecto de que, al finalizar el lapso establecido de alojamiento de los animales, su disposición sea conforme lo marcan las normas oficiales mexicanas, las leyes locales de protección animal y los manuales de procedimiento en la materia.

En la Ciudad de México se sacrifican nueve de cada 10 perros y gatos que no fueron reclamados o adoptados, en tanto que el país ocupa el tercer lugar en maltrato animal y, de los 18 millones de canes sólo el 30 por ciento tiene dueño, mientras que el resto se encuentra en las calles, alertó la diputada perredista Alejandra Esparza Márquez.

Ante ese panorama, promueve un exhorto a los gobiernos estatales a realizar campañas permanentes de esterilización canina y felina, así como de concientización y promoción a la adopción, con el objetivo de controlar la sobrepoblación y fomentar el cuidado responsable de las mascotas.

Por lo que hace al ámbito local, expuso que la Secretaria de Salud de la Ciudad de México, calcula que cada año se pierden o son abandonados 18 mil perros, los cuales terminan sus vidas en las calles, refugios o centros de atención canina.

Pidió que la Secretaría de Salud revise las condiciones en las que operan los Centros de Atención Canina (CAC) y Felina en la capital del país. Los dos más grandes, ubicados en la alcaldía de Coyoacán, denominado Dr. Alfonso Angellini de la Garza y el Dr. Luis Pasteur, en Gustavo A. Madero, es en donde se sacrifican una gran cantidad de perros al año.

Hizo alusión al hecho de que la Ley de Protección Animal de la Ciudad de México y la Ley General de Vida Silvestre, en su artículo 3 fracciones XXIX y XXV, definen al maltrato como todo hecho, acto u omisión del ser humano que puede ocasionar dolor, deterioro físico o sufrimiento, que afecte el bienestar, ponga en peligro la vida del animal, o afecte gravemente su salud o integridad física, así como la exposición a condiciones de sobreexplotación de su capacidad física con cualquier fin.

“En todos los Centros de Control Canino de la capital del país ésta práctica se lleva a cabo con fundamento en la NOM-042-SSA-2-2006, que ordena el sacrificio de estos animales si no son reclamados durante las 72 horas posteriores a su captura, lo cual va en contra del artículo 50 de la Ley de Protección a los Animales de la Ciudad de México, al establecer que el sacrificio de animales debe aplicarse sólo en casos de enfermedad o senilidad extrema”.

La legisladora del PRD precisó que, a perros y gatos, previo a efectuar el sacrificio, deberá suministrarse tranquilizantes a efecto de aminorar el sufrimiento, angustia o estrés.

Mencionó que del mismo ordenamiento, el artículo 51 marca que la inmolación humanitaria de un animal no destinado al consumo humano sólo podrá realizarse en razón del sufrimiento que le cause un accidente, enfermedad, incapacidad física o trastornos seniles que comprometan su bienestar animal, con excepción de los animales sacrificados con fines de investigación científica, así como de aquellos que se constituyan en amenaza para la salud, la economía, o los que por exceso de su especie signifiquen un peligro grave para la sociedad.

“A pesar de esto, las cifras que existen sobre muerte animal siguen demostrando que es una acción que se realiza de manera cotidiana en los diversos Centros de Atención Canina y Felina de la Ciudad de México. Es necesario que dejen de ser centros de muerte y cumplan con las leyes de bienestar animal”, declaró Esparza Márquez.

Dijo que, ante los cambios en la legislación actual en materia de protección animal, los antirrábicos dejaron de funcionar púnicamente como centros de control de la rabia, para convertirse en establecimientos de atención, protección y adopción. “Anteriormente había miles de perros condenados a muerte en estos sitios sólo por el delito de haber sido abandonados”.

La representante popular notificó que el 2014 se sacrificó a 5 mil 955 perros enfermos y mil 424 sanos en el centro Luis Pasteur, en el Alfonso Angellini de la Garza se ultimó a mil 858 canes enfermos y a mil 300 sanos.

En la propuesta, demandó la necesidad de que la Secretaría de Salud modifique la Norma Oficial Mexicana NOM-042-SSA2-2006, Prevención y control de enfermedades.

Dicha norma refiere especificaciones sanitarias para los centros de atención canina, respecto de que, al finalizar el lapso establecido de alojamiento de los animales, su disposición sea conforme lo marcan las normas oficiales mexicanas, las leyes locales de protección animal y los manuales de procedimiento en la materia.

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