/ martes 26 de septiembre de 2023

Proponen castigar reclutamiento de infantes para que participen en actos delictivos

El diputado Ernesto Alarcón Jiménez pide que los menores crezcan en un entorno sano y que se cumplan sus derechos humanos

Con el objetivo de prohibir el reclutamiento de las infancias para participar en asociaciones delictuosas, el coordinador de la fracción parlamentaria del PRI en el capitalino, Ernesto Alarcón Jiménez, promueve reformar el artículo 15 de la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes de la Ciudad de México.

Al fundamentar su iniciativa que se envió para su análisis y dictamen a la Comisión de Atención al Desarrollo de la Niñez del Poder Legislativo local que preside la perredista Polimnia Romana Sierra Bárcena, el congresista priísta delineó que es preciso que en el Artículo 15 se establezca que “queda prohibido la utilización de niñas, niños y adolescentes en conflictos violentos, en cualquier tipo de experimento o ensayo que atente contra su dignidad humana; tampoco podrán ser reclutados para participar en asociaciones delictuosas, de pandillerismo o de crimen organizado”.

Todo lo anterior con el objetivo de evitar que en la capital del país cometan o participen en algún delito o actividad que perturbe su desarrollo integral.

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El líder de la bancada del Partido Revolucionario Institucional en el recinto de Donceles y Allende, en declaraciones a los medios de comunicación argumentó que, en el actual Código Penal para la Ciudad de México, se establece la utilización de menores para la consumación de un tipo penal como un agravante en algunos de los delitos establecidos.

Asimismo, los artículos 183, 184 y 185 del citado Código, regulan el delito de corrupción de personas menores de edad que no tengan la capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no tengan capacidad de resistir la conducta.

Señaló el diputado por la alcaldía Magdalena Contreras que, en el ámbito del derecho penal, puede entenderse la reunión, en muchos de los casos de manera forzada o a través de mentiras, chantajes y sobornos, de menores de edad o incapaces con la finalidad de que cometan un delito en beneficio de una persona o una organización delictiva.


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Mencionó que la situación anterior resulta redituable, porque en el sistema penal acusatorio los menores de edad y los incapaces gozan de imputabilidad por lo que les rige otro régimen de justicia, lo que resulta atractivo para los delincuentes que los utilizan para fines ilícitos.

Es en este contexto que Alarcón Jiménez subrayó la necesidad de regular la prohibición de todas las personas de reclutar a niñas, niños y adolescentes para fines ilícitos, con el objetivo de que se establezca de manera expresa el derecho de toda la infancia de nuestra ciudad de vivir en armonía y sin temor a ser víctima de reclutamiento infantil.

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Con el objetivo de prohibir el reclutamiento de las infancias para participar en asociaciones delictuosas, el coordinador de la fracción parlamentaria del PRI en el capitalino, Ernesto Alarcón Jiménez, promueve reformar el artículo 15 de la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes de la Ciudad de México.

Al fundamentar su iniciativa que se envió para su análisis y dictamen a la Comisión de Atención al Desarrollo de la Niñez del Poder Legislativo local que preside la perredista Polimnia Romana Sierra Bárcena, el congresista priísta delineó que es preciso que en el Artículo 15 se establezca que “queda prohibido la utilización de niñas, niños y adolescentes en conflictos violentos, en cualquier tipo de experimento o ensayo que atente contra su dignidad humana; tampoco podrán ser reclutados para participar en asociaciones delictuosas, de pandillerismo o de crimen organizado”.

Todo lo anterior con el objetivo de evitar que en la capital del país cometan o participen en algún delito o actividad que perturbe su desarrollo integral.

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El líder de la bancada del Partido Revolucionario Institucional en el recinto de Donceles y Allende, en declaraciones a los medios de comunicación argumentó que, en el actual Código Penal para la Ciudad de México, se establece la utilización de menores para la consumación de un tipo penal como un agravante en algunos de los delitos establecidos.

Asimismo, los artículos 183, 184 y 185 del citado Código, regulan el delito de corrupción de personas menores de edad que no tengan la capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no tengan capacidad de resistir la conducta.

Señaló el diputado por la alcaldía Magdalena Contreras que, en el ámbito del derecho penal, puede entenderse la reunión, en muchos de los casos de manera forzada o a través de mentiras, chantajes y sobornos, de menores de edad o incapaces con la finalidad de que cometan un delito en beneficio de una persona o una organización delictiva.


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Mencionó que la situación anterior resulta redituable, porque en el sistema penal acusatorio los menores de edad y los incapaces gozan de imputabilidad por lo que les rige otro régimen de justicia, lo que resulta atractivo para los delincuentes que los utilizan para fines ilícitos.

Es en este contexto que Alarcón Jiménez subrayó la necesidad de regular la prohibición de todas las personas de reclutar a niñas, niños y adolescentes para fines ilícitos, con el objetivo de que se establezca de manera expresa el derecho de toda la infancia de nuestra ciudad de vivir en armonía y sin temor a ser víctima de reclutamiento infantil.

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