Para dejar de considerar a los directores o administradores de asociaciones civiles como servidores públicos, el vicecoordinador de la bancada del PRD en el Congreso de la Ciudad de México, Jorge Gaviño Ambriz, promueve reformar el artículo 256 del Código Penal para el Distrito Federal.
Al respecto, fundamentó que es inconstitucional considerar como servidores públicos a representantes de las asociaciones civiles que reciben recursos públicos, como lo establecen las reformas al artículo 256 del Código Penal para el Distrito Federal realizadas por el Poder Legislativo local a ese ordenamiento, publicado el 7 de junio pasado.
En el marco de la sesión de la Comisión Permanente del Congreso, que condujo la presidenta de la Mesa Directiva de ese órgano deliberativo, la panista Ana Patricia Báez Guerrero, el perredista recordó que hace nueve días, el 5 de julio, la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México (CDHCM) presentó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y ante la Sala Constitucional del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la capital, una acción de inconstitucionalidad.
Lo anterior, debido a que la reforma vulnera la Constitución federal, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, así como la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial.
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Gaviño Ambriz expuso que su propósito es que el Congreso enmiende el error antes de que la SCJN o la sala constitucional del TSJ le corrijan la plana al Legislativo y declaren inconstitucional la polémica reforma.
Hizo notar que tanto en la Constitución federal como en la local, en sus artículos 108 y 64, respectivamente, los clasifican como servidores públicos, por tal motivo el Código Penal del Distrito Federal no les debe dar esa categoría.
“Pareciera ser que la intención oculta es justamente comenzar una cacería de brujas, como se ha hecho en innumerables ocasiones por parte del gobierno federal, para perseguir, intimidar y criminalizar a las organizaciones de la sociedad civil”, estimó el representante popular de la Revolución Democrática.
Señaló que si la reforma es tomada en consideración para efectos de todo el Código Penal, el director o administrador de una asociación civil que reciba fondos públicos podrá ser sancionado por delitos relacionados con el servicio público, tales como el tráfico de influencias, el abuso de autoridad, el ejercicio ilegal y el abandono del servicio público, el peculado y la intimidación, entre otros.
Refrendó que la reforma atenta, además, contra el ejercicio legítimo de la libertad de asociación, protegido por la Constitución federal y la de la Ciudad de México, así como de tratados internacionales.
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