/ jueves 5 de enero de 2023

Prohíben “chambas” extras a policías de SS-Edomex cuando estén fuera de servicio

No podrán prestar por cualquier medio servicios eróticos, sexuales, prostitución y afines

Los elementos de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de México que se encuentran fuera de servicio (días de descanso o vacaciones) no podrán realizar trabajos o empleos que desacrediten a su persona o la imagen institucional de la corporación, entre ellos, la función de escoltas privados o realizar actividades de gestoría ante instituciones estatales o municipales.

Lo anterior quedó establecido en el “Protocolo de actuación fuera de servicio de los elementos de la Secretaría de Seguridad del Estado de México”, dado a conocer este 5 de enero en la Gaceta Oficial de Gobierno.

Los policías que no se encuentren en horas de servicio también deberán abstenerse de “laborar o dirigir personalmente un establecimiento de venta de alcohol como club nocturno, bares, cantinas, tabernas, discotecas y cabarets; o uno que incite a los juegos de azar como casinos y casas de apuestas”.

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Asimismo, no podrán prestar por cualquier medio servicios eróticos, sexuales, prostitución y afines, ni ofrecer servicios de transporte público o privado sin contar con los registros previos ante la Secretaría de Movilidad del Estado de México.

Los efectivos fuera de servicio tendrán que evitar la elaboración, distribución o venta de pirotecnia, además de que tampoco estarán autorizados para actuar como abogados o procuradores en juicios de carácter penal, administrativo, agrario, civil, mercantil o laboral que se promuevan en contra de instituciones públicas de cualquiera de los tres niveles de gobierno.

De igual forma, en dicho protocolo se establece que no deberán desempeñar dos o más puestos o celebrar contratos de prestación de servicios profesionales o la combinación de estos, sin contar con dictamen de compatibilidad.

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Entre las conductas no permitidas por los policías que no se encuentran trabajando en tareas de la institución aparecen la prohibición de consumir sustancias psicotrópicas, estupefacientes u otras sustancias adictivas de carácter ilegal, prohibido o controlado, salvo los medicamentos controlados que le sean autorizados mediante prescripción médica.

Tienen impedido solicitar a los elementos (en servicio) la detención de personas o vehículos sin cumplir con los requisitos previstos en los ordenamientos constitucionales y legales aplicables, a efecto de evitar actitudes intimidatorias hacia las personas.

No podrán difundir información relacionada con el empleo cargo o comisión con la que cuente, o crear contenido con la misma, para utilizarla y difundirla en redes sociales o por cualquier medio. Los elementos tendrán prohibido ostentarse como servidor público y realizar conductas dominantes, agresivas, intimidatorias u hostiles hacia las demás personas.

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No deberán acudir a reuniones extraoficiales en instituciones o establecimientos e identificarse o acreditarse como elemento de la Secretaría, para recibir un beneficio para sí o para terceras personas. VI. Realizar conductas que desacrediten su persona o la imagen de la institución.

Sobre el uso del uniforme y equipo fuera del servicio, el mencionado protocolo establece que los elementos de la corporación se abstenerse de realizar conductas que desacrediten su persona o la imagen de la institución, por lo cual, deberán regirse por lo establecido en el Código de Conducta y Reglas de Integridad de la Secretaría.

A la letra se consigna que “No portar el uniforme y equipo proporcionado por la institución, que lo acrediten como elemento de la Secretaría. III. Abstenerse de utilizar el uniforme o prendas del mismo, así como equipo proporcionado por la Secretaría para realizar contenido y exponerlo en redes sociales ajenas a la Institución”.

“Queda prohibido disponer para uso propio o ajeno el armamento, equipo, uniforme, insignias, identificaciones, vehículos oficiales y demás objetos que lo acrediten como elemento, en perjuicio de terceras personas”.

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También se establece que “se prohíbe comercializar los uniformes oficiales que dote la Secretaría a sus elementos. Jueves 5 de enero de 2023 Sección Primera Tomo: CCXV No. 1 44. Cuando se encuentren comisionados para el servicio de protección de funcionarios o con funciones de investigación que realicen actividades relacionadas con temas de delincuencia organizada, al terminar su jornada laboral, deberán de entregar su arma de cargo en la armería correspondiente, en caso de no ser posible, podrán portarla fuera de servicio, con autorización de su superior jerárquico y firmando una carta responsiva, quedando bajo su responsabilidad absoluta, empleándola solamente en situaciones de riesgo a la vida, lesiones graves o cualquier otro delito que entrañe una amenaza para la vida.

“El ingreso y egreso cuando se inicie y se concluya el turno correspondiente en cualquiera de las áreas operativas, deberá ser con ropa civil y no con el uniforme para efectos de salvaguardar su seguridad personal”, dice el documento.

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Los elementos de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de México que se encuentran fuera de servicio (días de descanso o vacaciones) no podrán realizar trabajos o empleos que desacrediten a su persona o la imagen institucional de la corporación, entre ellos, la función de escoltas privados o realizar actividades de gestoría ante instituciones estatales o municipales.

Lo anterior quedó establecido en el “Protocolo de actuación fuera de servicio de los elementos de la Secretaría de Seguridad del Estado de México”, dado a conocer este 5 de enero en la Gaceta Oficial de Gobierno.

Los policías que no se encuentren en horas de servicio también deberán abstenerse de “laborar o dirigir personalmente un establecimiento de venta de alcohol como club nocturno, bares, cantinas, tabernas, discotecas y cabarets; o uno que incite a los juegos de azar como casinos y casas de apuestas”.

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Asimismo, no podrán prestar por cualquier medio servicios eróticos, sexuales, prostitución y afines, ni ofrecer servicios de transporte público o privado sin contar con los registros previos ante la Secretaría de Movilidad del Estado de México.

Los efectivos fuera de servicio tendrán que evitar la elaboración, distribución o venta de pirotecnia, además de que tampoco estarán autorizados para actuar como abogados o procuradores en juicios de carácter penal, administrativo, agrario, civil, mercantil o laboral que se promuevan en contra de instituciones públicas de cualquiera de los tres niveles de gobierno.

De igual forma, en dicho protocolo se establece que no deberán desempeñar dos o más puestos o celebrar contratos de prestación de servicios profesionales o la combinación de estos, sin contar con dictamen de compatibilidad.

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Entre las conductas no permitidas por los policías que no se encuentran trabajando en tareas de la institución aparecen la prohibición de consumir sustancias psicotrópicas, estupefacientes u otras sustancias adictivas de carácter ilegal, prohibido o controlado, salvo los medicamentos controlados que le sean autorizados mediante prescripción médica.

Tienen impedido solicitar a los elementos (en servicio) la detención de personas o vehículos sin cumplir con los requisitos previstos en los ordenamientos constitucionales y legales aplicables, a efecto de evitar actitudes intimidatorias hacia las personas.

No podrán difundir información relacionada con el empleo cargo o comisión con la que cuente, o crear contenido con la misma, para utilizarla y difundirla en redes sociales o por cualquier medio. Los elementos tendrán prohibido ostentarse como servidor público y realizar conductas dominantes, agresivas, intimidatorias u hostiles hacia las demás personas.

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No deberán acudir a reuniones extraoficiales en instituciones o establecimientos e identificarse o acreditarse como elemento de la Secretaría, para recibir un beneficio para sí o para terceras personas. VI. Realizar conductas que desacrediten su persona o la imagen de la institución.

Sobre el uso del uniforme y equipo fuera del servicio, el mencionado protocolo establece que los elementos de la corporación se abstenerse de realizar conductas que desacrediten su persona o la imagen de la institución, por lo cual, deberán regirse por lo establecido en el Código de Conducta y Reglas de Integridad de la Secretaría.

A la letra se consigna que “No portar el uniforme y equipo proporcionado por la institución, que lo acrediten como elemento de la Secretaría. III. Abstenerse de utilizar el uniforme o prendas del mismo, así como equipo proporcionado por la Secretaría para realizar contenido y exponerlo en redes sociales ajenas a la Institución”.

“Queda prohibido disponer para uso propio o ajeno el armamento, equipo, uniforme, insignias, identificaciones, vehículos oficiales y demás objetos que lo acrediten como elemento, en perjuicio de terceras personas”.

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También se establece que “se prohíbe comercializar los uniformes oficiales que dote la Secretaría a sus elementos. Jueves 5 de enero de 2023 Sección Primera Tomo: CCXV No. 1 44. Cuando se encuentren comisionados para el servicio de protección de funcionarios o con funciones de investigación que realicen actividades relacionadas con temas de delincuencia organizada, al terminar su jornada laboral, deberán de entregar su arma de cargo en la armería correspondiente, en caso de no ser posible, podrán portarla fuera de servicio, con autorización de su superior jerárquico y firmando una carta responsiva, quedando bajo su responsabilidad absoluta, empleándola solamente en situaciones de riesgo a la vida, lesiones graves o cualquier otro delito que entrañe una amenaza para la vida.

“El ingreso y egreso cuando se inicie y se concluya el turno correspondiente en cualquiera de las áreas operativas, deberá ser con ropa civil y no con el uniforme para efectos de salvaguardar su seguridad personal”, dice el documento.

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