/ lunes 31 de julio de 2023

Por medio de la conciliación, evitan al menos 600 huelgas en Edomex

Dos de los 21 jueces en materia laboral se encargan de los asuntos colectivos, atendiendo principalmente a trabajadores, sindicatos y empleadores

En el Estado de México se han logrado evitar al menos 600 huelgas, desde la implementación de la reforma laboral, en noviembre de 2020 a la fecha.

Para ello, jueces en la materia del Poder Judicial del Estado de México han resuelto cerca de 600 asuntos de naturaleza colectiva a través de la conciliación, evitando el estallamiento de huelgas en la entidad.

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Raúl Falcón Arce, Juez del Segundo Tribunal Laboral de la Región Judicial de Toluca con residencia en Xonacatlán, explicó que acorde con el sistema de impartición de justicia laboral, a través de la conciliación se evitan huelgas, escuchando a las partes en controversia, asegurando que intervengan activamente los trabajadores y se tomen en cuenta sus intereses y necesidades.

Explicó que en el Poder Judicial del Estado de México, dos de los 21 jueces en materia laboral se encargan de los asuntos colectivos, atendiendo principalmente a trabajadores, sindicatos y empleadores de las ramas de la construcción, transporte, manufacturera, servicios y comercio en general; a fin de resolver sobre la revisión y el incumplimiento de cláusulas o prestaciones.

Falcón Arce diferenció la conciliación individual de la colectiva, pues la primera se hace como requisito prejudicial, es decir, obligadamente antes del procedimiento; mientras que en la segunda el juzgador es rector del procedimiento y convoca al Centro de Conciliación Laboral del estado para que participe en la audiencia.

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"En los emplazamientos a huelga por firma, revisión o cumplimiento, el único titular es el sindicato y los trabajadores participan activamente en las decisiones mediante consultas a través de voto personal, libre y secreto", agregó.

El juez subrayó que actualmente para que proceda un emplazamiento por firma de contrato, se debe tener una constancia de representatividad avalada por el 30 por ciento del gremio que labora en la fuente de trabajo.

Indicó que los procedimientos colectivos se atienden personalmente y en audiencias presenciales ante los tribunales ubicados en el municipio de Xonacatlán, y también es posible realizarlos vía remota en audiencia virtual gracias al Tribunal Electrónico y el uso de la Firma Electrónica Judicial, herramientas tecnológicas que permiten, entre otras acciones, consultar expedientes y promover asuntos, sin necesidad de traslado, lo que ahorra tiempo, evita riesgos sanitarios, de tránsito o de cualquier naturaleza.

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En el Estado de México se han logrado evitar al menos 600 huelgas, desde la implementación de la reforma laboral, en noviembre de 2020 a la fecha.

Para ello, jueces en la materia del Poder Judicial del Estado de México han resuelto cerca de 600 asuntos de naturaleza colectiva a través de la conciliación, evitando el estallamiento de huelgas en la entidad.

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Raúl Falcón Arce, Juez del Segundo Tribunal Laboral de la Región Judicial de Toluca con residencia en Xonacatlán, explicó que acorde con el sistema de impartición de justicia laboral, a través de la conciliación se evitan huelgas, escuchando a las partes en controversia, asegurando que intervengan activamente los trabajadores y se tomen en cuenta sus intereses y necesidades.

Explicó que en el Poder Judicial del Estado de México, dos de los 21 jueces en materia laboral se encargan de los asuntos colectivos, atendiendo principalmente a trabajadores, sindicatos y empleadores de las ramas de la construcción, transporte, manufacturera, servicios y comercio en general; a fin de resolver sobre la revisión y el incumplimiento de cláusulas o prestaciones.

Falcón Arce diferenció la conciliación individual de la colectiva, pues la primera se hace como requisito prejudicial, es decir, obligadamente antes del procedimiento; mientras que en la segunda el juzgador es rector del procedimiento y convoca al Centro de Conciliación Laboral del estado para que participe en la audiencia.

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"En los emplazamientos a huelga por firma, revisión o cumplimiento, el único titular es el sindicato y los trabajadores participan activamente en las decisiones mediante consultas a través de voto personal, libre y secreto", agregó.

El juez subrayó que actualmente para que proceda un emplazamiento por firma de contrato, se debe tener una constancia de representatividad avalada por el 30 por ciento del gremio que labora en la fuente de trabajo.

Indicó que los procedimientos colectivos se atienden personalmente y en audiencias presenciales ante los tribunales ubicados en el municipio de Xonacatlán, y también es posible realizarlos vía remota en audiencia virtual gracias al Tribunal Electrónico y el uso de la Firma Electrónica Judicial, herramientas tecnológicas que permiten, entre otras acciones, consultar expedientes y promover asuntos, sin necesidad de traslado, lo que ahorra tiempo, evita riesgos sanitarios, de tránsito o de cualquier naturaleza.

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