/ miércoles 23 de agosto de 2023

Diputados del Edomex piden hasta 7 años de prisión por violencia económica

Hasta 2020 la violencia económica prevalecía en el país en un 47.3 por ciento en mujeres separadas, divorciadas o viudas

La violencia económica debe ser tipificada en el marco legal del Estado de México, debido a que muchas mujeres son víctimas de este fenómeno y es necesario imponer penas de tres a siete años de prisión a quienes la ejerzan, demandaron diputados locales.

Durante la sesión legislativa de la Comisión de Procuración y Administración de Justicia, los representantes populares acordaron solicitar la opinión de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México, con relación a la iniciativa de diputados perredistas para tipificar la violencia económica contra las mujeres.

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En las discusiones se hizo énfasis en la necesidad de incorporar al Código Penal de la entidad la violencia patrimonial o económica como parte de la violencia familiar.

La intención es que aquella persona, integrante de un núcleo familiar, que haga uso de este tipo de violencia, pueda recibir penas de tres a siete años de prisión y tratamiento psicoterapéutico, psicológico, psiquiátrico o reeducativo.

La iniciativa indica que hasta 2020 la violencia económica prevalecía en el país en un 47.3 por ciento en mujeres separadas, divorciadas o viudas, y en 28.1 por ciento en mujeres casadas; no obstante, sólo 7.9 por ciento de mujeres denunció violencia económica en su contra.

La violencia patrimonial o económica se define como el poder que se ejerce contra las mujeres para hacerlas dependientes económicamente de los hombres; cuando se controla o limita sus ingresos económicos y la disposición de los mismos, o cuando se las priva de los medios indispensables para vivir.

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Esto sucede cuando se priva a la mujer de los medios económicos indispensables para su subsistencia y la de su familia. También cuando el esposo o pareja limita a la mujer el uso y disposición de todos los bienes que tienen juntos.

Asimismo, se da en el momento en que el hombre supervisa todo lo que gasta la mujer, no le da dinero en efectivo para los gastos y amenaza con quitarle todo. La mujer no puede participar en las decisiones económicas del hogar y si trabaja, tiene que entregar su salario.

Del mismo modo se presenta cuando el hombre se niega a pagar una pensión alimenticia o cuando el hombre no permite que su pareja estudie o trabaje para evitar que la mujer tenga autonomía económica.

La violencia patrimonial o económica se manifiesta también cuando a la mujer se le quita la herencia recibida, su salario, objetos personales, bienes inmuebles y otros, así como cuando luego de haberle prohibido estudiar y/o trabajar le pasa una pensión que apenas le alcanza para subsistir, entre otras manifestaciones.

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La violencia económica debe ser tipificada en el marco legal del Estado de México, debido a que muchas mujeres son víctimas de este fenómeno y es necesario imponer penas de tres a siete años de prisión a quienes la ejerzan, demandaron diputados locales.

Durante la sesión legislativa de la Comisión de Procuración y Administración de Justicia, los representantes populares acordaron solicitar la opinión de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México, con relación a la iniciativa de diputados perredistas para tipificar la violencia económica contra las mujeres.

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En las discusiones se hizo énfasis en la necesidad de incorporar al Código Penal de la entidad la violencia patrimonial o económica como parte de la violencia familiar.

La intención es que aquella persona, integrante de un núcleo familiar, que haga uso de este tipo de violencia, pueda recibir penas de tres a siete años de prisión y tratamiento psicoterapéutico, psicológico, psiquiátrico o reeducativo.

La iniciativa indica que hasta 2020 la violencia económica prevalecía en el país en un 47.3 por ciento en mujeres separadas, divorciadas o viudas, y en 28.1 por ciento en mujeres casadas; no obstante, sólo 7.9 por ciento de mujeres denunció violencia económica en su contra.

La violencia patrimonial o económica se define como el poder que se ejerce contra las mujeres para hacerlas dependientes económicamente de los hombres; cuando se controla o limita sus ingresos económicos y la disposición de los mismos, o cuando se las priva de los medios indispensables para vivir.

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Esto sucede cuando se priva a la mujer de los medios económicos indispensables para su subsistencia y la de su familia. También cuando el esposo o pareja limita a la mujer el uso y disposición de todos los bienes que tienen juntos.

Asimismo, se da en el momento en que el hombre supervisa todo lo que gasta la mujer, no le da dinero en efectivo para los gastos y amenaza con quitarle todo. La mujer no puede participar en las decisiones económicas del hogar y si trabaja, tiene que entregar su salario.

Del mismo modo se presenta cuando el hombre se niega a pagar una pensión alimenticia o cuando el hombre no permite que su pareja estudie o trabaje para evitar que la mujer tenga autonomía económica.

La violencia patrimonial o económica se manifiesta también cuando a la mujer se le quita la herencia recibida, su salario, objetos personales, bienes inmuebles y otros, así como cuando luego de haberle prohibido estudiar y/o trabajar le pasa una pensión que apenas le alcanza para subsistir, entre otras manifestaciones.

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