/ lunes 24 de octubre de 2022

Ley seca en Tláhuac por Día de Muertos; Te decimos en qué pueblos y qué días

Aplicará a partir del 31 de octubre, 01 y 02 de noviembre del presente año

Con motivo de la Celebración de Día de Muertos 2022, se suspende la venta de bebidas alcohólicas en todas sus graduaciones en los establecimientos mercantiles ubicados dentro del perímetro que comprende los Pueblos de San Pedro Tláhuac, San Andrés Mixquic, en la alcaldía Tláhuac.

El anterior acuerdo aplica a partir del 31 de octubre, 01 y 02 de noviembre del presente año.

Y será desde las 00:00 horas a las 24:00 horas durante los días antes indicados del año 2022, en los establecimientos mercantiles que expendan bebidas alcohólicas de cualquier graduación o que se instalen temporalmente con motivo de la Celebración de Día de Muertos 2022 en la vía pública, tales como vinaterías, tiendas de abarrotes, supermercados con licencia para venta de vinos y licores, tiendas de autoservicio, tiendas departamentales y en cualquier otro establecimiento mercantil similar en el que se expendan bebidas alcohólicas de cualquier graduación incluyendo el servicio a domicilio o para llevar.

También aplica para los que comercialice u obsequien bebidas alcohólicas, así como cantinas, pulquerías, bares, cervecerías, peñas, cabarets, centros nocturnos, discotecas, salones de baile y cualquier otro similar, o aquellos que se instalen temporalmente con motivo de esa festividad en la vía pública.

También queda prohibida su venta dentro del perímetro que comprende la demarcación territorial en Tláhuac en las fechas señaladas, la venta y expendio gratuito de bebidas alcohólicas en el interior de ferias, romerías, kermeses, festejos populares y otros lugares en que se presenten eventos similares.

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Se eximen de la aplicación del presente Acuerdo, a los establecimientos mercantiles de impacto vecinal que expendan alimentos preparados (no botana) que cuenten con autorización para la venta de bebidas alcohólicas al copeo, solamente durante el horario que les permite su Permiso.

Y se aclara que las violaciones al presente Acuerdo, serán sancionadas de conformidad con las disposiciones de la Ley de Establecimientos Mercantiles para la Ciudad de México, la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México, el Reglamento de Verificación Administrativa del Distrito Federal y demás disposiciones aplicables.

Síguenos en Facebook: La Prensa Oficial y en Twitter: @laprensaoem

Con motivo de la Celebración de Día de Muertos 2022, se suspende la venta de bebidas alcohólicas en todas sus graduaciones en los establecimientos mercantiles ubicados dentro del perímetro que comprende los Pueblos de San Pedro Tláhuac, San Andrés Mixquic, en la alcaldía Tláhuac.

El anterior acuerdo aplica a partir del 31 de octubre, 01 y 02 de noviembre del presente año.

Y será desde las 00:00 horas a las 24:00 horas durante los días antes indicados del año 2022, en los establecimientos mercantiles que expendan bebidas alcohólicas de cualquier graduación o que se instalen temporalmente con motivo de la Celebración de Día de Muertos 2022 en la vía pública, tales como vinaterías, tiendas de abarrotes, supermercados con licencia para venta de vinos y licores, tiendas de autoservicio, tiendas departamentales y en cualquier otro establecimiento mercantil similar en el que se expendan bebidas alcohólicas de cualquier graduación incluyendo el servicio a domicilio o para llevar.

También aplica para los que comercialice u obsequien bebidas alcohólicas, así como cantinas, pulquerías, bares, cervecerías, peñas, cabarets, centros nocturnos, discotecas, salones de baile y cualquier otro similar, o aquellos que se instalen temporalmente con motivo de esa festividad en la vía pública.

También queda prohibida su venta dentro del perímetro que comprende la demarcación territorial en Tláhuac en las fechas señaladas, la venta y expendio gratuito de bebidas alcohólicas en el interior de ferias, romerías, kermeses, festejos populares y otros lugares en que se presenten eventos similares.

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Se eximen de la aplicación del presente Acuerdo, a los establecimientos mercantiles de impacto vecinal que expendan alimentos preparados (no botana) que cuenten con autorización para la venta de bebidas alcohólicas al copeo, solamente durante el horario que les permite su Permiso.

Y se aclara que las violaciones al presente Acuerdo, serán sancionadas de conformidad con las disposiciones de la Ley de Establecimientos Mercantiles para la Ciudad de México, la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México, el Reglamento de Verificación Administrativa del Distrito Federal y demás disposiciones aplicables.

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