/ jueves 5 de marzo de 2020

En la CDMX personas con debilidad visual requieren facilidades de movilidad: INFO

Son insuficientes 789 dispositivos toda vez que hay casi 6 mil personas con debilidad visual

Ciudad de México.- El costo de los semáforos para personas débiles visuales, tiene que ser dado a conocer por la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) de la Ciudad de México, para saber el beneficio directo que reciben las 500 mil personas con algún tipo de discapacidad, de las que 6 de cada 10 son mujeres.

Determinó lo anterior el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México (INFO), al considerar que conocer el costo de esos dispositivos y los criterios para colocar los semáforos es información de interés público.

La comisionada ciudadana María del Carmen Nava Polina expuso que podría ser tema de transparencia proactiva por parte del sujeto obligado, en este caso la dependencia capitalina, porque son insuficientes 789 dispositivos toda vez que hay casi 6 mil personas con debilidad visual que requieren mayores facilidades para su movilidad.

Resulta que un particular requirió el número de semáforos que existen en la Ciudad de México, tanto en avenidas primarias como secundarias; cuántos están habilitados para personas débiles visuales, así como en qué calles se encuentran y cuál es el criterio para colocarlos, además de los costos.

En su respuesta la SSC difundió que se tiene registro de 3 mil 154 intersecciones con dispositivos de control de tránsito (semáforos) en operación vehicular y que, se cuenta con 789 aparatos con señal audible.

La dependencia expuso que, para realizar la instalación de este tipo de dispositivos de control de tránsito, se toman en cuenta movimientos direccionales, flujos peatonales, infraestructura urbana, accidentes viales y entorno.

Asimismo, el tiempo para la persona se ajusta de acuerdo con el volumen peatonal, de conformidad con lo establecido en el Manual de Dispositivos para el control de Tránsito en Áreas Urbanas y Suburbanas, Reglamento de Tránsito y Ley de Movilidad de la Ciudad de México.

La persona se inconformó con la respuesta e interpuso un recurso de revisión ante el INFO, bajo el argumento de que la respuesta no se otorgó en la modalidad solicitada y además fue incompleta.

Nava Polina, quien reconoció la importancia de conocer más sobre el tema, en el análisis del caso corroboró que la SSC sólo entregó lo relacionado con el número de semáforos existentes, tanto en las avenidas primarias y secundarias, cuántos hay habilitados para personas débiles visuales, en qué calles se encuentran y cuál es el criterio para colocarlos, pero omitió informar los costos de los mismos.

Declaró que el reto es generar espacios públicos planeados en torno a las necesidades de la población y poder desarrollar políticas públicas y acciones de autoridad en torno a los 17 objetivos de desarrollo sostenible de la Agenda 20-30.

En la discusión del recurso, el comisionado ciudadano Arístides Rodrigo Guerrero García se sumó al proyecto. Mencionó que el artículo 11 de la Constitución de la Ciudad de México se refiere a los derechos de las personas con discapacidad y a las acciones para promover la asistencia humana o animal para su desarrollo en comunidad.

Se refirió a la importancia de cómo la transparencia puede ser de utilidad para visibilizar acciones y políticas públicas que resultan necesarias para determinados sectores sociales como las personas con discapacidad.

Por ello, el pleno determinó revocar la respuesta para que el sujeto obligado gestione nuevamente la solicitud ante la unidad administrativa competente, para que informe los costos de los semáforos para personas débiles visuales y notifique a través correo electrónico.

Ciudad de México.- El costo de los semáforos para personas débiles visuales, tiene que ser dado a conocer por la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) de la Ciudad de México, para saber el beneficio directo que reciben las 500 mil personas con algún tipo de discapacidad, de las que 6 de cada 10 son mujeres.

Determinó lo anterior el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México (INFO), al considerar que conocer el costo de esos dispositivos y los criterios para colocar los semáforos es información de interés público.

La comisionada ciudadana María del Carmen Nava Polina expuso que podría ser tema de transparencia proactiva por parte del sujeto obligado, en este caso la dependencia capitalina, porque son insuficientes 789 dispositivos toda vez que hay casi 6 mil personas con debilidad visual que requieren mayores facilidades para su movilidad.

Resulta que un particular requirió el número de semáforos que existen en la Ciudad de México, tanto en avenidas primarias como secundarias; cuántos están habilitados para personas débiles visuales, así como en qué calles se encuentran y cuál es el criterio para colocarlos, además de los costos.

En su respuesta la SSC difundió que se tiene registro de 3 mil 154 intersecciones con dispositivos de control de tránsito (semáforos) en operación vehicular y que, se cuenta con 789 aparatos con señal audible.

La dependencia expuso que, para realizar la instalación de este tipo de dispositivos de control de tránsito, se toman en cuenta movimientos direccionales, flujos peatonales, infraestructura urbana, accidentes viales y entorno.

Asimismo, el tiempo para la persona se ajusta de acuerdo con el volumen peatonal, de conformidad con lo establecido en el Manual de Dispositivos para el control de Tránsito en Áreas Urbanas y Suburbanas, Reglamento de Tránsito y Ley de Movilidad de la Ciudad de México.

La persona se inconformó con la respuesta e interpuso un recurso de revisión ante el INFO, bajo el argumento de que la respuesta no se otorgó en la modalidad solicitada y además fue incompleta.

Nava Polina, quien reconoció la importancia de conocer más sobre el tema, en el análisis del caso corroboró que la SSC sólo entregó lo relacionado con el número de semáforos existentes, tanto en las avenidas primarias y secundarias, cuántos hay habilitados para personas débiles visuales, en qué calles se encuentran y cuál es el criterio para colocarlos, pero omitió informar los costos de los mismos.

Declaró que el reto es generar espacios públicos planeados en torno a las necesidades de la población y poder desarrollar políticas públicas y acciones de autoridad en torno a los 17 objetivos de desarrollo sostenible de la Agenda 20-30.

En la discusión del recurso, el comisionado ciudadano Arístides Rodrigo Guerrero García se sumó al proyecto. Mencionó que el artículo 11 de la Constitución de la Ciudad de México se refiere a los derechos de las personas con discapacidad y a las acciones para promover la asistencia humana o animal para su desarrollo en comunidad.

Se refirió a la importancia de cómo la transparencia puede ser de utilidad para visibilizar acciones y políticas públicas que resultan necesarias para determinados sectores sociales como las personas con discapacidad.

Por ello, el pleno determinó revocar la respuesta para que el sujeto obligado gestione nuevamente la solicitud ante la unidad administrativa competente, para que informe los costos de los semáforos para personas débiles visuales y notifique a través correo electrónico.

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