/ lunes 21 de diciembre de 2020

COMUNICADO DEL MOVIMIENTO DE PUEBLOS, COMUNIDADES Y ORGANIZACIONES INDÍGENAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

En la Ciudad de México la población indígena que se encuentra reconocida a través del censo intercensal INEGI en el año 2015 asciende a más de 784 mil personas, en este contexto y desde hace varios años el Movimiento que constituimos ha venido exigiendo a los gobiernos en turno y ahora al gobierno de la 4T, que el presupuesto destinado a la atención de las demandas de los pueblos, barrios originarios y las comunidades indígenas en la capital deba ser proporcional, progresivo, digno y suficiente. Pero desafortunadamente no ha sido así, tanto en el presupuesto federal como en el local hay oídos sordos.

Durante el obligado confinamiento forzoso por el Covid-19, muchos proyectos y programas se han quedado sin poder realizarse o bien han sido recortados en presupuesto, lo cual entendemos y comprendemos en cierta medida, por lo que para el ejercicio 2021 la SEPI esperábamos una buena respuesta pero al contrario sufrirá un recorte de más de 22 millones y no se ve cómo puede implementarse la transversalidad no habiendo un presupuesto específicamente para ello, a nivel federal se tiene el anexo 10: Erogaciones para el desarrollo integral de los pueblos y comunidades indígenas, y en la Ciudad el congreso local no tiene otra partida presupuestal para etiquetar proyectos que puedan ser dirigidos al sector indígena.

Lo que realmente es preocupante, ya que en diversos ordenamientos jurídicos que rigen a la Ciudad de México tales como la Constitución de la Ciudad de México, la Ley de Pueblos y Barrios Originarios y Comunidades Indígenas Residentes, así como la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México reconocen es diversos artículos que debe de existir una transversalidad de diversas acciones y sobre todo un presupuesto transversal.

En ese sentido la Constitución de la Ciudad de México en su artículo 59 en el inciso L, numeral 1 expone lo siguiente:

Medidas de implementación

Las medidas de implementación son obligaciones de las autoridades de la Ciudad de México para garantizar los derechos de los pueblos y barrios originarios y comunidades indígenas residentes y comprenden las siguientes:

1. Establecer políticas públicas y partidas específicas y transversales en los presupuestos de egresos para garantizar el ejercicio de los derechos de los pueblos y barrios originarios y comunidades indígenas residentes, así como los mecanismos de seguimiento y rendición de cuentas para que los pueblos participen en el ejercicio y vigilancia de los mismos.” (sic)

En la Ley de Pueblos y Barrios Originarios y Comunidades Indígenas Residentes en su artículo 62 señala:

Artículo 62. Presupuesto

1. La persona titular de la Jefatura de Gobierno incluirá en el proyecto de presupuesto de egresos anual, las partidas presupuestales necesarias para llevar a cabo los programas de gobierno orientados a atender los derechos de los pueblos, barrios y comunidades.

2. El Gobierno, el Congreso y las Alcaldías, en el ámbito de sus respectivas competencias, pondrán en marcha políticas específicas, transversales y asignarán presupuesto para garantizar el ejercicio de los derechos de los pueblos, barrios y comunidades, así como los mecanismos de seguimiento y rendición de cuentas para que los pueblos participen en el ejercicio y vigilancia de éstos.” (sic)

Y por su parte la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México reconoce en su artículo 39, numeral 2 lo siguiente:

Artículo 39. A la Secretaría de Pueblos y Barrios Originarios y Comunidades Indígenas Residentes corresponde el despacho de las materias relativas a diseñar, establecer, ejecutar, orientar, coordinar, promover, dar seguimiento y evaluar las políticas, programas, proyectos, estrategias y acciones del Gobierno de la Ciudad relativas a los pueblos indígenas y sus derechos de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Local. Específicamente cuenta con las atribuciones siguientes:

…II. Impulsar la transversalidad de sus derechos en las políticas públicas, planes, programas y acciones gubernamentales de las Dependencias, Entidades y Alcaldías de la Ciudad;” (sic)

Recientemente, varias organizaciones indígenas de la Ciudad realizaron pronunciamientos con una propuesta de perfil para encabezar la SEPI, sin embargo, la Jefa de Gobierno, la Dra. Claudia Sheinbaum Pardo dentro de las facultades que tiene, nombró a una académica experta de los temas sobre los pueblos indígenas como titular, quien tendrá la difícil tarea de atender las demandas históricas de las organizaciones indígenas residentes y de los pueblos y barrios originarios, el implementar acciones que tengan un impacto en las comunidades y sobre todo generar los consensos entre las instituciones de gobierno para poder implementar acciones de transversalidad.

Dicho lo anterior, queremos exponer lo sucedido en materia presupuestal de años anteriores en dos temáticas, la primera que tiene que ver con las políticas públicas desde la Secretaría y la segunda desde las acciones de vivienda que implementa el Instituto en relación a los pueblos y comunidades que residimos en la Ciudad.

En el primer tema, vemos que el PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2020, el gasto neto total estimado de todo el Sector Público de la Ciudad de México asciende a la cantidad de $238,975,793,216 (doscientos treinta y ocho mil novecientos millones, setecientos noventa y tres mil doscientos dieciséis pesos).

Ese presupuesto se encuentra distribuido en diferentes partidas que corresponde a las erogaciones previstas para las Dependencias entre los que se encuentran la Jefatura de Gobierno, Secretarías, Consejería Jurídica y de Servicios Legales y la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, se destinó una cantidad de $79,440,418,822 (setenta y nueve mil cuatrocientos cuarenta millones, cuatrocientos dieciocho mil ochocientos veintidós pesos) y en el caso de la SEPI le correspondió $142,496,081 (ciento cuarenta y dos millones, cuatrocientos noventa y seis mil ochenta y un pesos), lo que representa el 0.17% del total del presupuesto asignado a dependencias del Gobierno de la Ciudad de México.

En cuanto al presupuesto asignado para las Dependencias en el ejercicio fiscal 2019 fue ligeramente mayor, ya que se presupuesto una cantidad de $79,775,811,267 (setenta y nueve mil setecientos setenta y cinco millones, ochocientos once mil doscientos sesenta y siete pesos) y en el caso de SEPI se le asignó una cantidad de $167,199,983 (ciento sesenta y siete millones, ciento noventa y nueve mil novecientos ochenta y tres pesos), lo que representa una disminución de presupuesto de $24,703,902 (veinticuatro millones, setecientos tres mil, novecientos dos pesos), recorte que repercute directamente en la operatividad de los programas y del personal que labora en la secretaría, adicionalmente que por causas de la contingencia sanitaria, no se pudo ejercer el presupuesto inicialmente asignado y que se destinó para cubrir otros programas emergentes de apoyo a las comunidades indígenas.

En el caso del Instituto de Vivienda de la Ciudad de México (INVI), dentro del PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2020, su presupuesto está considerado dentro de rubro de Entidades, entre las que se encuentra el INVI, de lo que resulta que del total de recursos asignados a las Entidades que es de $54,884,158,682 (cincuenta y cuatro mil ochocientos ochenta y cuatro millones, ciento cincuenta y ocho mil seiscientos ochenta y dos pesos), al Instituto le corresponde la cantidad de $3,419,028,862 (tres mil cuatrocientos diecinueve millones, veintiocho mil ochocientos sesenta y dos pesos), lo que corresponde el 6.22%.

En el ejercicio fiscal 2019 al INVI se le asignó una cantidad de $3,411,154,168 (tres mil cuatrocientos once millones, ciento cincuenta y cuatro mil ciento sesenta y ocho pesos), lo que representó un ligero aumento en su presupuesto con relación al 2020 por la cantidad de $7,874,694 (siete millones, ochocientos setenta y cuatro mil seiscientos noventa y cuatro pesos).

Aunque el INVI en su presupuesto no contempla un porcentaje para la vivienda indígena solo es para visibilizar las cifras para el tema de la vivienda, que es una de las principales demandas del Movimiento Indígena en la Ciudad de México.

Con lo anterior queremos dejar en claro que el presupuesto asignado a la SEPI, es poco o casi nulo en comparación con lo que reciben otras dependencias, que la deuda histórica continua y que es momento de poder llegar a consensos y trazar rutas de trabajo incluyendo a todos los grupos, organizaciones y personas con expertis en temas de presupuesto indígena para ir resarciendo los agravios que hemos sufrido.

¡¡¡NUNCA MAS UNA CIUDAD DE MEXICO SIN LOS PUEBLOS INDIGENAS!!!

¡¡¡CONSTRUYENDO COMUNIDAD EN LA CIUDAD DE MEXICO PARA DEFENDER NUESTRA IDENTIDAD!!!

18 de Diciembre de 2020; Nueva Tenochtitlan

En la Ciudad de México la población indígena que se encuentra reconocida a través del censo intercensal INEGI en el año 2015 asciende a más de 784 mil personas, en este contexto y desde hace varios años el Movimiento que constituimos ha venido exigiendo a los gobiernos en turno y ahora al gobierno de la 4T, que el presupuesto destinado a la atención de las demandas de los pueblos, barrios originarios y las comunidades indígenas en la capital deba ser proporcional, progresivo, digno y suficiente. Pero desafortunadamente no ha sido así, tanto en el presupuesto federal como en el local hay oídos sordos.

Durante el obligado confinamiento forzoso por el Covid-19, muchos proyectos y programas se han quedado sin poder realizarse o bien han sido recortados en presupuesto, lo cual entendemos y comprendemos en cierta medida, por lo que para el ejercicio 2021 la SEPI esperábamos una buena respuesta pero al contrario sufrirá un recorte de más de 22 millones y no se ve cómo puede implementarse la transversalidad no habiendo un presupuesto específicamente para ello, a nivel federal se tiene el anexo 10: Erogaciones para el desarrollo integral de los pueblos y comunidades indígenas, y en la Ciudad el congreso local no tiene otra partida presupuestal para etiquetar proyectos que puedan ser dirigidos al sector indígena.

Lo que realmente es preocupante, ya que en diversos ordenamientos jurídicos que rigen a la Ciudad de México tales como la Constitución de la Ciudad de México, la Ley de Pueblos y Barrios Originarios y Comunidades Indígenas Residentes, así como la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México reconocen es diversos artículos que debe de existir una transversalidad de diversas acciones y sobre todo un presupuesto transversal.

En ese sentido la Constitución de la Ciudad de México en su artículo 59 en el inciso L, numeral 1 expone lo siguiente:

Medidas de implementación

Las medidas de implementación son obligaciones de las autoridades de la Ciudad de México para garantizar los derechos de los pueblos y barrios originarios y comunidades indígenas residentes y comprenden las siguientes:

1. Establecer políticas públicas y partidas específicas y transversales en los presupuestos de egresos para garantizar el ejercicio de los derechos de los pueblos y barrios originarios y comunidades indígenas residentes, así como los mecanismos de seguimiento y rendición de cuentas para que los pueblos participen en el ejercicio y vigilancia de los mismos.” (sic)

En la Ley de Pueblos y Barrios Originarios y Comunidades Indígenas Residentes en su artículo 62 señala:

Artículo 62. Presupuesto

1. La persona titular de la Jefatura de Gobierno incluirá en el proyecto de presupuesto de egresos anual, las partidas presupuestales necesarias para llevar a cabo los programas de gobierno orientados a atender los derechos de los pueblos, barrios y comunidades.

2. El Gobierno, el Congreso y las Alcaldías, en el ámbito de sus respectivas competencias, pondrán en marcha políticas específicas, transversales y asignarán presupuesto para garantizar el ejercicio de los derechos de los pueblos, barrios y comunidades, así como los mecanismos de seguimiento y rendición de cuentas para que los pueblos participen en el ejercicio y vigilancia de éstos.” (sic)

Y por su parte la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México reconoce en su artículo 39, numeral 2 lo siguiente:

Artículo 39. A la Secretaría de Pueblos y Barrios Originarios y Comunidades Indígenas Residentes corresponde el despacho de las materias relativas a diseñar, establecer, ejecutar, orientar, coordinar, promover, dar seguimiento y evaluar las políticas, programas, proyectos, estrategias y acciones del Gobierno de la Ciudad relativas a los pueblos indígenas y sus derechos de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Local. Específicamente cuenta con las atribuciones siguientes:

…II. Impulsar la transversalidad de sus derechos en las políticas públicas, planes, programas y acciones gubernamentales de las Dependencias, Entidades y Alcaldías de la Ciudad;” (sic)

Recientemente, varias organizaciones indígenas de la Ciudad realizaron pronunciamientos con una propuesta de perfil para encabezar la SEPI, sin embargo, la Jefa de Gobierno, la Dra. Claudia Sheinbaum Pardo dentro de las facultades que tiene, nombró a una académica experta de los temas sobre los pueblos indígenas como titular, quien tendrá la difícil tarea de atender las demandas históricas de las organizaciones indígenas residentes y de los pueblos y barrios originarios, el implementar acciones que tengan un impacto en las comunidades y sobre todo generar los consensos entre las instituciones de gobierno para poder implementar acciones de transversalidad.

Dicho lo anterior, queremos exponer lo sucedido en materia presupuestal de años anteriores en dos temáticas, la primera que tiene que ver con las políticas públicas desde la Secretaría y la segunda desde las acciones de vivienda que implementa el Instituto en relación a los pueblos y comunidades que residimos en la Ciudad.

En el primer tema, vemos que el PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2020, el gasto neto total estimado de todo el Sector Público de la Ciudad de México asciende a la cantidad de $238,975,793,216 (doscientos treinta y ocho mil novecientos millones, setecientos noventa y tres mil doscientos dieciséis pesos).

Ese presupuesto se encuentra distribuido en diferentes partidas que corresponde a las erogaciones previstas para las Dependencias entre los que se encuentran la Jefatura de Gobierno, Secretarías, Consejería Jurídica y de Servicios Legales y la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, se destinó una cantidad de $79,440,418,822 (setenta y nueve mil cuatrocientos cuarenta millones, cuatrocientos dieciocho mil ochocientos veintidós pesos) y en el caso de la SEPI le correspondió $142,496,081 (ciento cuarenta y dos millones, cuatrocientos noventa y seis mil ochenta y un pesos), lo que representa el 0.17% del total del presupuesto asignado a dependencias del Gobierno de la Ciudad de México.

En cuanto al presupuesto asignado para las Dependencias en el ejercicio fiscal 2019 fue ligeramente mayor, ya que se presupuesto una cantidad de $79,775,811,267 (setenta y nueve mil setecientos setenta y cinco millones, ochocientos once mil doscientos sesenta y siete pesos) y en el caso de SEPI se le asignó una cantidad de $167,199,983 (ciento sesenta y siete millones, ciento noventa y nueve mil novecientos ochenta y tres pesos), lo que representa una disminución de presupuesto de $24,703,902 (veinticuatro millones, setecientos tres mil, novecientos dos pesos), recorte que repercute directamente en la operatividad de los programas y del personal que labora en la secretaría, adicionalmente que por causas de la contingencia sanitaria, no se pudo ejercer el presupuesto inicialmente asignado y que se destinó para cubrir otros programas emergentes de apoyo a las comunidades indígenas.

En el caso del Instituto de Vivienda de la Ciudad de México (INVI), dentro del PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2020, su presupuesto está considerado dentro de rubro de Entidades, entre las que se encuentra el INVI, de lo que resulta que del total de recursos asignados a las Entidades que es de $54,884,158,682 (cincuenta y cuatro mil ochocientos ochenta y cuatro millones, ciento cincuenta y ocho mil seiscientos ochenta y dos pesos), al Instituto le corresponde la cantidad de $3,419,028,862 (tres mil cuatrocientos diecinueve millones, veintiocho mil ochocientos sesenta y dos pesos), lo que corresponde el 6.22%.

En el ejercicio fiscal 2019 al INVI se le asignó una cantidad de $3,411,154,168 (tres mil cuatrocientos once millones, ciento cincuenta y cuatro mil ciento sesenta y ocho pesos), lo que representó un ligero aumento en su presupuesto con relación al 2020 por la cantidad de $7,874,694 (siete millones, ochocientos setenta y cuatro mil seiscientos noventa y cuatro pesos).

Aunque el INVI en su presupuesto no contempla un porcentaje para la vivienda indígena solo es para visibilizar las cifras para el tema de la vivienda, que es una de las principales demandas del Movimiento Indígena en la Ciudad de México.

Con lo anterior queremos dejar en claro que el presupuesto asignado a la SEPI, es poco o casi nulo en comparación con lo que reciben otras dependencias, que la deuda histórica continua y que es momento de poder llegar a consensos y trazar rutas de trabajo incluyendo a todos los grupos, organizaciones y personas con expertis en temas de presupuesto indígena para ir resarciendo los agravios que hemos sufrido.

¡¡¡NUNCA MAS UNA CIUDAD DE MEXICO SIN LOS PUEBLOS INDIGENAS!!!

¡¡¡CONSTRUYENDO COMUNIDAD EN LA CIUDAD DE MEXICO PARA DEFENDER NUESTRA IDENTIDAD!!!

18 de Diciembre de 2020; Nueva Tenochtitlan

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