/ miércoles 18 de mayo de 2022

Proponen hasta cuatro años de prisión a quien venda carne de perro y gato para tacos

Nazario Norberto se mostró a favor de establecer una nueva fracción 26 al artículo 25 de la Ley de Protección a los Animales, que prohíba criar, enajenar o adquirir animales domésticos para consumo humano

Para no cesar en una mayor protección de los animales domésticos, la bancada de Morena en el Congreso de la Ciudad de México, promueve se evite por ley su consumo bajo cualquier circunstancia, tal es el caso de perros y gatos que son utilizados por negocios para venderlos en tacos.

Al respecto, el presidente de la Comisión de Seguridad Ciudadana del Legislativo local, Nazario Norberto Sánchez, fundamentó que, con todo y el marco jurídico, el hecho de que una persona crie, venda o compre carne de animales domésticos en la capital del país, no se encuentra prohibido en la Ley de Protección a los Animales.

De ahí la necesidad de establecer sanciones económicas de hasta 400 días de salario mínimo y pena de cárcel por cuatro años, a quien incurra en esos actos.

A las comisiones unidas de Bienestar Animal y de Administración y Procuración de Justicia del recinto deliberativo, se turnó la iniciativa presentada por el diputado morenista en la que aclara que “no existe una agravante en el Código Penal que lo castigue, ello sin mencionar las cuestiones que se transgredan en materia de inocuidad de los alimentos y la salud, porque es claro que en este caso se les mintió a los comensales al pretender que la carne que consumían era de res o puerco”.

Refirió que, conforme a la Norma Oficial Mexicana 33/ZOO-1995, modificada en 2014, los animales destinados para consumo humano son los bovinos, equinos, porcinos, ovinos, caprinos, cérvidos, aves y conejos, no así caninos o felinos, mucho menos si son domésticos.

Aceptó que quizá no sean suficientes las acciones a emprender para reparar el daño que diversas conductas generan a la fauna, pero es preciso avanzar de manera paulatina en la salvaguarda y protección a los animales y, es justo que quienes afectan la integridad de los mismos sean sancionados en materia penal.

Nazario Norberto se mostró a favor de establecer una nueva fracción 26 al artículo 25 de la Ley de Protección a los Animales, que prohíba criar, enajenar o adquirir animales domésticos para consumo humano, con una sanción, de incurrir en ello, de 10 a 250 Unidades de Medida y Actualización (UMAS), hasta 24 mil 55 pesos.

Asimismo, en el Código Penal se agrava hasta en una mitad la pena principal del artículo 350 Ter, que castiga de dos a cuatro años de prisión y de 200 a 400 días multa, así como el aseguramiento de todos los animales domésticos que pudieran tener los sujetos activos para sacrificar y ofrecer para consumo humano.

El congresista de Movimiento Regeneración Nacional, hizo alusión a que el pasado 25 de abril, fueron detenidos dos hombres identificados como Julio César “N” y Jorge “N”, denunciados por vecinos de Tultitlán, Estado de México, por dedicarse a la crianza de perros para su sacrificio, comercio y consumo de su carne en un negocio de tacos, situado en las inmediaciones de la estación del Metro Tacuba, alcaldía Miguel Hidalgo.

“La Fiscalía General de Justicia del Estado de México, descubrió que en una vivienda había entre 40 y 60 perros en condiciones de vida insalubres, así como restos óseos y ácido muriático; además se confirmó que estas personas llevaban más de 10 años dedicándose a esto”, detalló Norberto Sánchez, al lamentar que un juez los vinculó a proceso por el delito de maltrato animal y al no ser un delito grave, resolvió una medida cautelar de presentación periódica.

Mencionó que en la Constitución de la Ciudad de México se reconoce a los animales como seres sintientes y se establece la obligación de las autoridades a garantizar su protección, bienestar, un trato digno y respetuoso al tiempo que los artículos 350 bis y ter de la norma penal, sancionan a aquellas personas que cometen actos de maltrato o crueldad en contra de animales.

A la iniciativa de Nazario Norberto se suscribieron los diputados de Morena Adriana Espinoza de los Monteros y Christian Moctezuma.

Síguenos en Facebook: La Prensa Oficial y en Twitter: @laprensaoem

Para no cesar en una mayor protección de los animales domésticos, la bancada de Morena en el Congreso de la Ciudad de México, promueve se evite por ley su consumo bajo cualquier circunstancia, tal es el caso de perros y gatos que son utilizados por negocios para venderlos en tacos.

Al respecto, el presidente de la Comisión de Seguridad Ciudadana del Legislativo local, Nazario Norberto Sánchez, fundamentó que, con todo y el marco jurídico, el hecho de que una persona crie, venda o compre carne de animales domésticos en la capital del país, no se encuentra prohibido en la Ley de Protección a los Animales.

De ahí la necesidad de establecer sanciones económicas de hasta 400 días de salario mínimo y pena de cárcel por cuatro años, a quien incurra en esos actos.

A las comisiones unidas de Bienestar Animal y de Administración y Procuración de Justicia del recinto deliberativo, se turnó la iniciativa presentada por el diputado morenista en la que aclara que “no existe una agravante en el Código Penal que lo castigue, ello sin mencionar las cuestiones que se transgredan en materia de inocuidad de los alimentos y la salud, porque es claro que en este caso se les mintió a los comensales al pretender que la carne que consumían era de res o puerco”.

Refirió que, conforme a la Norma Oficial Mexicana 33/ZOO-1995, modificada en 2014, los animales destinados para consumo humano son los bovinos, equinos, porcinos, ovinos, caprinos, cérvidos, aves y conejos, no así caninos o felinos, mucho menos si son domésticos.

Aceptó que quizá no sean suficientes las acciones a emprender para reparar el daño que diversas conductas generan a la fauna, pero es preciso avanzar de manera paulatina en la salvaguarda y protección a los animales y, es justo que quienes afectan la integridad de los mismos sean sancionados en materia penal.

Nazario Norberto se mostró a favor de establecer una nueva fracción 26 al artículo 25 de la Ley de Protección a los Animales, que prohíba criar, enajenar o adquirir animales domésticos para consumo humano, con una sanción, de incurrir en ello, de 10 a 250 Unidades de Medida y Actualización (UMAS), hasta 24 mil 55 pesos.

Asimismo, en el Código Penal se agrava hasta en una mitad la pena principal del artículo 350 Ter, que castiga de dos a cuatro años de prisión y de 200 a 400 días multa, así como el aseguramiento de todos los animales domésticos que pudieran tener los sujetos activos para sacrificar y ofrecer para consumo humano.

El congresista de Movimiento Regeneración Nacional, hizo alusión a que el pasado 25 de abril, fueron detenidos dos hombres identificados como Julio César “N” y Jorge “N”, denunciados por vecinos de Tultitlán, Estado de México, por dedicarse a la crianza de perros para su sacrificio, comercio y consumo de su carne en un negocio de tacos, situado en las inmediaciones de la estación del Metro Tacuba, alcaldía Miguel Hidalgo.

“La Fiscalía General de Justicia del Estado de México, descubrió que en una vivienda había entre 40 y 60 perros en condiciones de vida insalubres, así como restos óseos y ácido muriático; además se confirmó que estas personas llevaban más de 10 años dedicándose a esto”, detalló Norberto Sánchez, al lamentar que un juez los vinculó a proceso por el delito de maltrato animal y al no ser un delito grave, resolvió una medida cautelar de presentación periódica.

Mencionó que en la Constitución de la Ciudad de México se reconoce a los animales como seres sintientes y se establece la obligación de las autoridades a garantizar su protección, bienestar, un trato digno y respetuoso al tiempo que los artículos 350 bis y ter de la norma penal, sancionan a aquellas personas que cometen actos de maltrato o crueldad en contra de animales.

A la iniciativa de Nazario Norberto se suscribieron los diputados de Morena Adriana Espinoza de los Monteros y Christian Moctezuma.

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