/ viernes 21 de octubre de 2022

Adiós licuachelas. CDMX prohíbe venta de cerveza en tianguis y bazares

El Gobierno de la Ciudad de México publicó en la Gaceta Oficial los nuevos lineamientos para la operación de mercados móviles en su modalidad de tianguis y bazares

Las licuachelas, micheladas y todo aquella bebida alcohólica ya están prohibidas en los tianguis y bazares de la Ciudad de México. También queda prohibido la venta de medicamentos y animales exóticos en peligro de extinción.

¿Qué pasó?

Te recomendamos: Asaltos a comercios son cada vez más violentos en CDMX: Canaco

El Gobierno de la Ciudad de México publicó en la Gaceta Oficial los nuevos lineamientos para la operación de mercados móviles en su modalidad de tianguis y bazares, en los que se establece que los comerciantes también perderán el permiso de operación.

En las reformas a los lineamientos para operar en mercados móviles se establece en el Artículo 4: "Cuando la Alcaldía efectúe obras de servicio público que requieran el retiro temporal de los Mercados Móviles en la modalidad de Tianguis, Bazares o complementarios, ésta deberá enterar por escrito a la Secretaría de Desarrollo Económico y a la Asociación Civil de comerciantes con quince días hábiles de anticipación para que acomode durante ese lapso a sus oferentes en algún lugar que ella misma le autorice.

"Terminadas dichas obras, los Mercados Móviles en la modalidad de Tianguis, Bazares o complementarios regresarán al espacio que ocupen normalmente".

También explica en el Artículo 11: "Cualquier actualización al catálogo de giros debe ser promovida por escrito por la Asociación Civil de comerciantes ante la Dirección General de Abasto, Comercio y Distribución, para que ésta dictamine su procedencia después de hacer las evaluaciones correspondientes".

¿Qué se prohíbe vender?

  • Bebidas alcohólicas
  • medicamentos
  • animales exóticos y/o en peligro de extinción
  • celulares
  • pirotecnia
  • cualquier otra mercancía o actividad ilícita

Foto Cuartoscuro

Tampoco se les permitirá trabajar a aquellos que presenten documentos falsos para la solicitud del permiso de operación; ocupar el espacio público en un horario y días no autorizado por la Secretaría de Desarrollo Económico (Sedeco), de manera reiterada.

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¿Quién otorga los permisos?

Los permisos para operar los espacios públicos correrán a cargo de la Sedeco y no de las alcaldías. A través de la Dirección General de Abasto, Comercio y Distribución de la Sedeco se analizarán las solicitudes de asociaciones civiles para operar como mercados móviles.

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Las licuachelas, micheladas y todo aquella bebida alcohólica ya están prohibidas en los tianguis y bazares de la Ciudad de México. También queda prohibido la venta de medicamentos y animales exóticos en peligro de extinción.

¿Qué pasó?

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El Gobierno de la Ciudad de México publicó en la Gaceta Oficial los nuevos lineamientos para la operación de mercados móviles en su modalidad de tianguis y bazares, en los que se establece que los comerciantes también perderán el permiso de operación.

En las reformas a los lineamientos para operar en mercados móviles se establece en el Artículo 4: "Cuando la Alcaldía efectúe obras de servicio público que requieran el retiro temporal de los Mercados Móviles en la modalidad de Tianguis, Bazares o complementarios, ésta deberá enterar por escrito a la Secretaría de Desarrollo Económico y a la Asociación Civil de comerciantes con quince días hábiles de anticipación para que acomode durante ese lapso a sus oferentes en algún lugar que ella misma le autorice.

"Terminadas dichas obras, los Mercados Móviles en la modalidad de Tianguis, Bazares o complementarios regresarán al espacio que ocupen normalmente".

También explica en el Artículo 11: "Cualquier actualización al catálogo de giros debe ser promovida por escrito por la Asociación Civil de comerciantes ante la Dirección General de Abasto, Comercio y Distribución, para que ésta dictamine su procedencia después de hacer las evaluaciones correspondientes".

¿Qué se prohíbe vender?

  • Bebidas alcohólicas
  • medicamentos
  • animales exóticos y/o en peligro de extinción
  • celulares
  • pirotecnia
  • cualquier otra mercancía o actividad ilícita

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Tampoco se les permitirá trabajar a aquellos que presenten documentos falsos para la solicitud del permiso de operación; ocupar el espacio público en un horario y días no autorizado por la Secretaría de Desarrollo Económico (Sedeco), de manera reiterada.

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¿Quién otorga los permisos?

Los permisos para operar los espacios públicos correrán a cargo de la Sedeco y no de las alcaldías. A través de la Dirección General de Abasto, Comercio y Distribución de la Sedeco se analizarán las solicitudes de asociaciones civiles para operar como mercados móviles.

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