/ martes 7 de mayo de 2024

Abandonan 148 candidaturas en Edomex por motivos personales

Los votos que eventualmente obtengan el 2 de junio serán para las personas que los sustituyan

Ocho candidatas y candidatos a diputados de mayoría relativa en el Estado de México han decidido renunciar y no continuar en el proceso electoral, argumentando motivos personales, mientras que otras 140 personas que también buscaban un puesto en los 125 ayuntamientos, como síndicos y regidores, también determinaron no seguir rumbo a las votaciones del 2 de junio.

De acuerdo con datos de la autoridad electoral, estas personas tendrán que ser sustituidas conforme a los procedimientos establecidos, pero su nombre en las boletas electorales, las cuales ya están impresas, no podrá eliminarse, por lo que quienes sustituyan a los renunciantes no aparecerán en las boletas.

TE RECOMENDAMOS: Inicia en el Edomex votación anticipada en prisiones; ¿Cuántos reclusos votaron?

Sin embargo, los votos que eventualmente obtengan quienes dimitieron serán para los nuevos candidatos. La determinación de quienes se separaron del proceso electoral fue revisada por la autoridad electoral y por los partidos políticos, dando parte de esta manera a las instancias competentes con el visto bueno.

La mayoría de las dimisiones se dieron en los últimos días e incluyeron a personas que iban en las candidaturas como propietarios, pero también como suplentes. Hasta el momento no se tiene conocimiento de que las razones de la salida hayan sido motivadas por inseguridad o amenazas, pues según las autoridades quienes renunciaron argumentaron motivos personales.

El Instituto Electoral del Estado de México contempla dar a conocer los nombres de quienes decidieron ya no seguir en el proceso electoral, en el marco de la próxima sesión del Consejo General.

IEEM deberá aprobar a los sustitutos en los próximos días

El órgano electoral deberá aprobar a los sustitutos para tener completadas las planillas rumbo a las votaciones del próximo 2 de junio, aunque ya no será posible ajustar las boletas electorales que se tienen listas con los nombres de los que dimitieron.

Por otra parte, durante la Décimo Novena Sesión Especial, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México acató la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) dictada en los Juicios para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano Local, JDCL/112/2024 y JDCL/143/2024.

Foto: cortesía

En este contexto, el órgano jurisdiccional vinculó al IEEM para que realizara el registro de José Gustavo Vargas Cruz como candidato propietario, y de Noemí Hernández López, como candidata suplente a la presidencia municipal de Zinacantepec por la coalición parcial “Sigamos haciendo historia en el Estado de México”.

En la sesión se dio a conocer que en caso de que algún partido político o la ciudadanía, considere que el ordenamiento jurídico emitido por la autoridad vulnera derechos político-electorales puede presentar un medio de impugnación conforme a lo establecido en el Artículo Tercero de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, ante la instancia correspondiente.

Síguenos en Facebook: La Prensa Oficial y en Twitter: @laprensaoem



TE RECOMENDAMOS EL PODCAST ⬇️

Disponible en: Spotify, Apple Podcasts, Deezer y Amazon Music

Ocho candidatas y candidatos a diputados de mayoría relativa en el Estado de México han decidido renunciar y no continuar en el proceso electoral, argumentando motivos personales, mientras que otras 140 personas que también buscaban un puesto en los 125 ayuntamientos, como síndicos y regidores, también determinaron no seguir rumbo a las votaciones del 2 de junio.

De acuerdo con datos de la autoridad electoral, estas personas tendrán que ser sustituidas conforme a los procedimientos establecidos, pero su nombre en las boletas electorales, las cuales ya están impresas, no podrá eliminarse, por lo que quienes sustituyan a los renunciantes no aparecerán en las boletas.

TE RECOMENDAMOS: Inicia en el Edomex votación anticipada en prisiones; ¿Cuántos reclusos votaron?

Sin embargo, los votos que eventualmente obtengan quienes dimitieron serán para los nuevos candidatos. La determinación de quienes se separaron del proceso electoral fue revisada por la autoridad electoral y por los partidos políticos, dando parte de esta manera a las instancias competentes con el visto bueno.

La mayoría de las dimisiones se dieron en los últimos días e incluyeron a personas que iban en las candidaturas como propietarios, pero también como suplentes. Hasta el momento no se tiene conocimiento de que las razones de la salida hayan sido motivadas por inseguridad o amenazas, pues según las autoridades quienes renunciaron argumentaron motivos personales.

El Instituto Electoral del Estado de México contempla dar a conocer los nombres de quienes decidieron ya no seguir en el proceso electoral, en el marco de la próxima sesión del Consejo General.

IEEM deberá aprobar a los sustitutos en los próximos días

El órgano electoral deberá aprobar a los sustitutos para tener completadas las planillas rumbo a las votaciones del próximo 2 de junio, aunque ya no será posible ajustar las boletas electorales que se tienen listas con los nombres de los que dimitieron.

Por otra parte, durante la Décimo Novena Sesión Especial, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México acató la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) dictada en los Juicios para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano Local, JDCL/112/2024 y JDCL/143/2024.

Foto: cortesía

En este contexto, el órgano jurisdiccional vinculó al IEEM para que realizara el registro de José Gustavo Vargas Cruz como candidato propietario, y de Noemí Hernández López, como candidata suplente a la presidencia municipal de Zinacantepec por la coalición parcial “Sigamos haciendo historia en el Estado de México”.

En la sesión se dio a conocer que en caso de que algún partido político o la ciudadanía, considere que el ordenamiento jurídico emitido por la autoridad vulnera derechos político-electorales puede presentar un medio de impugnación conforme a lo establecido en el Artículo Tercero de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, ante la instancia correspondiente.

Síguenos en Facebook: La Prensa Oficial y en Twitter: @laprensaoem



TE RECOMENDAMOS EL PODCAST ⬇️

Disponible en: Spotify, Apple Podcasts, Deezer y Amazon Music