/ miércoles 9 de septiembre de 2020

Otorga Juez suspensión condicional del proceso por violencia familiar en Mérida

El imputado deberá realizar el pago por reparación del daño y no acercarse a su víctima en un rango de 300 metros

Una persona imputada del delito de violencia familiar se comprometió a cumplir una serie de condiciones por el plazo de seis meses, además de pagar la reparación del daño como salida alterna a su proceso penal, en una audiencia realizada en el Centro de Justicia Oral de Mérida.

La audiencia fue presidida por el Juez de Control Rómulo Antonio Bonilla Castañeda, la cual aprobó la salida alterna consistente en una suspensión condicional del proceso. Cabe mencionar que, en la audiencia, los representantes de la Fiscalía Estatal confirmaron al Juez que la víctima dio su anuencia para la realización de esta salida alterna del proceso penal.

De acuerdo con el Código Nacional de Procedimientos Penales la suspensión condicional del proceso debe entenderse como el planteamiento formulado por el Ministerio Público o el imputado, el cual contiene un plan detallado sobre el pago de la reparación del daño y el sometimiento del imputado a una o varias condiciones.

En este caso el imputado se comprometió a pagar la cantidad total de $3,000.00 M.N. en diferentes pagos en favor de la víctima; asimismo a no acercarse ni a ésta ni a su domicilio en un radio de 300 metros; acudir a terapia psicológica, también se comprometió a conseguir un trabajo; acudir a firmar mensualmente al Centro Estatal de Supervisión de Medidas Cautelares y Suspensión Condicional del Proceso y de abstenerse a consumir bebidas embriagantes y estupefacientes.

Además, el Juez de Control estableció que se mantendrá un seguimiento de las asistencias del imputado a las citas de la terapia psicológica, así como el avance en su tratamiento.


Una persona imputada del delito de violencia familiar se comprometió a cumplir una serie de condiciones por el plazo de seis meses, además de pagar la reparación del daño como salida alterna a su proceso penal, en una audiencia realizada en el Centro de Justicia Oral de Mérida.

La audiencia fue presidida por el Juez de Control Rómulo Antonio Bonilla Castañeda, la cual aprobó la salida alterna consistente en una suspensión condicional del proceso. Cabe mencionar que, en la audiencia, los representantes de la Fiscalía Estatal confirmaron al Juez que la víctima dio su anuencia para la realización de esta salida alterna del proceso penal.

De acuerdo con el Código Nacional de Procedimientos Penales la suspensión condicional del proceso debe entenderse como el planteamiento formulado por el Ministerio Público o el imputado, el cual contiene un plan detallado sobre el pago de la reparación del daño y el sometimiento del imputado a una o varias condiciones.

En este caso el imputado se comprometió a pagar la cantidad total de $3,000.00 M.N. en diferentes pagos en favor de la víctima; asimismo a no acercarse ni a ésta ni a su domicilio en un radio de 300 metros; acudir a terapia psicológica, también se comprometió a conseguir un trabajo; acudir a firmar mensualmente al Centro Estatal de Supervisión de Medidas Cautelares y Suspensión Condicional del Proceso y de abstenerse a consumir bebidas embriagantes y estupefacientes.

Además, el Juez de Control estableció que se mantendrá un seguimiento de las asistencias del imputado a las citas de la terapia psicológica, así como el avance en su tratamiento.


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