/ jueves 8 de octubre de 2020

Legal detención por violencia familiar y lesiones en Yucatán

Los representantes de la Fiscalía Estatal comunicaron al detenido que iniciaron una investigación (formulación de imputación)

En audiencia celebrada hoy en el Centro de Justicia Oral de Kanasín, la Jueza de Control, Mariza Virginia Polanco Sabido, calificó y ratificó de legal la detención de una persona por el delito de violencia familiar y lesiones.

El artículo 308 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) establece que, inmediatamente después de que una persona sea detenida en flagrancia o caso urgente, debe ser puesta a disposición de la autoridad judicial para que el Ministerio Público justifique las razones de la detención y el juez(a) proceda a calificarla, ratificándola en caso de encontrarse ajustada a derecho o decretando la libertad en los términos previstos en el mencionado Código.

En el presente caso, después de ratificada como legal la detención por parte de la Jueza de Control Polanco Sabido, los representantes de la Fiscalía Estatal comunicaron al detenido que iniciaron una investigación (formulación de imputación), acorde con base en los siguientes hechos:

“Que el día 5 de octubre en horas de la noche, el hoy imputado, después de ingerir bebidas alcohólicas, mediante la violencia verbal intentó obligar a la hoy víctima a tener relaciones sexuales y al negarse ésta la golpeó en el rostro.”

Posterior a la imputación, en la misma audiencia la Fiscalía, conforme a lo previsto en el CNPP, solicitó a la Jueza de Control resolver la situación jurídica del detenido (auto de vinculación a proceso), pero la defensa y el imputado solicitaron la ampliación del término constitucional, es decir 144 horas, ante lo cual la Jueza notificó a las partes que la audiencia de vinculación se realizará el martes 13 de octubre del presente, en este mismo Centro de Justicia Oral.

Por último, y a solicitud de los fiscales, la Jueza de Control impuso al imputado la medida cautelar de prisión preventiva que tendrá vigencia durante todo el tiempo que dure el proceso penal.

En audiencia celebrada hoy en el Centro de Justicia Oral de Kanasín, la Jueza de Control, Mariza Virginia Polanco Sabido, calificó y ratificó de legal la detención de una persona por el delito de violencia familiar y lesiones.

El artículo 308 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) establece que, inmediatamente después de que una persona sea detenida en flagrancia o caso urgente, debe ser puesta a disposición de la autoridad judicial para que el Ministerio Público justifique las razones de la detención y el juez(a) proceda a calificarla, ratificándola en caso de encontrarse ajustada a derecho o decretando la libertad en los términos previstos en el mencionado Código.

En el presente caso, después de ratificada como legal la detención por parte de la Jueza de Control Polanco Sabido, los representantes de la Fiscalía Estatal comunicaron al detenido que iniciaron una investigación (formulación de imputación), acorde con base en los siguientes hechos:

“Que el día 5 de octubre en horas de la noche, el hoy imputado, después de ingerir bebidas alcohólicas, mediante la violencia verbal intentó obligar a la hoy víctima a tener relaciones sexuales y al negarse ésta la golpeó en el rostro.”

Posterior a la imputación, en la misma audiencia la Fiscalía, conforme a lo previsto en el CNPP, solicitó a la Jueza de Control resolver la situación jurídica del detenido (auto de vinculación a proceso), pero la defensa y el imputado solicitaron la ampliación del término constitucional, es decir 144 horas, ante lo cual la Jueza notificó a las partes que la audiencia de vinculación se realizará el martes 13 de octubre del presente, en este mismo Centro de Justicia Oral.

Por último, y a solicitud de los fiscales, la Jueza de Control impuso al imputado la medida cautelar de prisión preventiva que tendrá vigencia durante todo el tiempo que dure el proceso penal.

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