/ martes 27 de agosto de 2019

Vincula juez a proceso a Juan Collado

Resolución del Quinto Tribunal Unitario en Materia Penal del Primer Circuito, toca 218/2019, con sede en la CDMX.

El Magistrado Ricardo Paredes Calderón confirmó el auto a vinculación a proceso a Juan N., luego de que éste presentara un recurso de apelación contra la privación de su libertad, por los siguientes delitos:


Delincuencia organizada, en la modalidad de cometer delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita.

Operaciones con recursos de procedencia ilícita.

Dado que uno de los delitos es delincuencia organizada, el Magistrado Paredes Calderón determinó que Juan N. debía continuar en prisión preventiva oficiosa, con base en lo dispuesto en la Constitución y el Código Nacional de Procedimientos Penales.

Lo anterior, debido a que las pruebas presentadas por el Ministerio Público ante el juez de control sugieren, hasta este momento procesal, la participación de Juan N. en una organización que, a través de una simulación de actos jurídicos, lograron la venta ilícita de un inmueble para después dispersar los recursos entre diversas empresas y el imputado, vía transacciones electrónicas SPEI.

Se aclara que con base en las reglas del Sistema Penal Acusatorio, su vinculación a proceso no prejuzga sobre su culpabilidad, pues en el desarrollo de la investigación complementaria se ofrecerán, en su caso, medios de prueba para esclarecer los hechos.

Por ello, se respeta en todo momento su presunción de inocencia.

ADM

El Magistrado Ricardo Paredes Calderón confirmó el auto a vinculación a proceso a Juan N., luego de que éste presentara un recurso de apelación contra la privación de su libertad, por los siguientes delitos:


Delincuencia organizada, en la modalidad de cometer delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita.

Operaciones con recursos de procedencia ilícita.

Dado que uno de los delitos es delincuencia organizada, el Magistrado Paredes Calderón determinó que Juan N. debía continuar en prisión preventiva oficiosa, con base en lo dispuesto en la Constitución y el Código Nacional de Procedimientos Penales.

Lo anterior, debido a que las pruebas presentadas por el Ministerio Público ante el juez de control sugieren, hasta este momento procesal, la participación de Juan N. en una organización que, a través de una simulación de actos jurídicos, lograron la venta ilícita de un inmueble para después dispersar los recursos entre diversas empresas y el imputado, vía transacciones electrónicas SPEI.

Se aclara que con base en las reglas del Sistema Penal Acusatorio, su vinculación a proceso no prejuzga sobre su culpabilidad, pues en el desarrollo de la investigación complementaria se ofrecerán, en su caso, medios de prueba para esclarecer los hechos.

Por ello, se respeta en todo momento su presunción de inocencia.

ADM

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