/ miércoles 11 de marzo de 2020

Se cumplen 10 años del matrimonio igualitario en la CDMX: CNDH

Para que todas las personas tengan garantizado un pleno acceso sus derechos humanos

Ciudad de México.- Este 11 de marzo se cumplen 10 años de los primeros matrimonios igualitarios colectivos en la Ciudad de México, por ello, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) llama diversos Congresos locales a promover la armonización normativa pendiente en sus códigos civiles y/o familiares para que todas las personas tengan garantizado un pleno acceso sus derechos humanos.

Además de la Ciudad de México, las entidades federativas que garantizan el matrimonio entre personas del mismo sexo dentro de sus códigos civiles o familiares son: Baja California Sur, Campeche, Coahuila, Colima, Hidalgo, Michoacán, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Quintana Roo y San Luis Potosí.

Mediante las Acciones de Inconstitucionalidad interpuestas por este Organismo Nacional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se declaró la invalidez de las porciones normativas que únicamente garantizaban este derecho a parejas heterosexuales, teniendo como una de sus finalidades la procreación, en entidades como Aguascalientes, Chiapas, Jalisco, Nuevo León y Puebla. Cabe destacar que, en algunos municipios del país y a través de acuerdos administrativos, se ha reconocido este derecho.

Para el Organismo Nacional esta realidad atenta contra la dignidad de muchas personas ya que tienen que realizar erogaciones económicas innecesarias para poder ejercer su derecho al matrimonio, erogaciones que no se imponen a personas heterosexuales.

Por ello, advierte que la voluntad que reflejen las personas legisladoras abrirá la puerta para garantizar los derechos derivados del matrimonio.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó en el 2011 que nuestra Constitución no alude ni refiere un tipo específico de familia y que el matrimonio no se conforma exclusivamente por la unión de un hombre y una mujer.

De ahí que, cuatro años después, ese Máximo Tribunal señaló que cualquier entidad federativa que considere en su Código Civil que la finalidad del matrimonio es la procreación y/o que lo defina como el que se celebra entre un hombre y una mujer, es inconstitucional.

Recordó que la CNDH emitió en 2015 la Recomendación General número 23 sobre el matrimonio igualitario, dirigida a los Titulares de los Poderes Ejecutivos y a los Órganos Legislativos de todas las entidades federativas del país, para que armonicen los ordenamientos en materia civil y/o familiar y con ello permitir el acceso al matrimonio a todas las personas y erradicar cualquier tipo de discriminación.

De ahí que esta Comisión de nuevo pide a los Congresos locales de las entidades federativas que aún cuentan con deudas históricas con el derecho a la igualdad y no discriminación, cumplir con el mandato constitucional que les fue encomendado y realizar lo procedente para garantizar el derecho al matrimonio a cualquier persona, con independencia de su orientación sexual.

Ciudad de México.- Este 11 de marzo se cumplen 10 años de los primeros matrimonios igualitarios colectivos en la Ciudad de México, por ello, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) llama diversos Congresos locales a promover la armonización normativa pendiente en sus códigos civiles y/o familiares para que todas las personas tengan garantizado un pleno acceso sus derechos humanos.

Además de la Ciudad de México, las entidades federativas que garantizan el matrimonio entre personas del mismo sexo dentro de sus códigos civiles o familiares son: Baja California Sur, Campeche, Coahuila, Colima, Hidalgo, Michoacán, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Quintana Roo y San Luis Potosí.

Mediante las Acciones de Inconstitucionalidad interpuestas por este Organismo Nacional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se declaró la invalidez de las porciones normativas que únicamente garantizaban este derecho a parejas heterosexuales, teniendo como una de sus finalidades la procreación, en entidades como Aguascalientes, Chiapas, Jalisco, Nuevo León y Puebla. Cabe destacar que, en algunos municipios del país y a través de acuerdos administrativos, se ha reconocido este derecho.

Para el Organismo Nacional esta realidad atenta contra la dignidad de muchas personas ya que tienen que realizar erogaciones económicas innecesarias para poder ejercer su derecho al matrimonio, erogaciones que no se imponen a personas heterosexuales.

Por ello, advierte que la voluntad que reflejen las personas legisladoras abrirá la puerta para garantizar los derechos derivados del matrimonio.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó en el 2011 que nuestra Constitución no alude ni refiere un tipo específico de familia y que el matrimonio no se conforma exclusivamente por la unión de un hombre y una mujer.

De ahí que, cuatro años después, ese Máximo Tribunal señaló que cualquier entidad federativa que considere en su Código Civil que la finalidad del matrimonio es la procreación y/o que lo defina como el que se celebra entre un hombre y una mujer, es inconstitucional.

Recordó que la CNDH emitió en 2015 la Recomendación General número 23 sobre el matrimonio igualitario, dirigida a los Titulares de los Poderes Ejecutivos y a los Órganos Legislativos de todas las entidades federativas del país, para que armonicen los ordenamientos en materia civil y/o familiar y con ello permitir el acceso al matrimonio a todas las personas y erradicar cualquier tipo de discriminación.

De ahí que esta Comisión de nuevo pide a los Congresos locales de las entidades federativas que aún cuentan con deudas históricas con el derecho a la igualdad y no discriminación, cumplir con el mandato constitucional que les fue encomendado y realizar lo procedente para garantizar el derecho al matrimonio a cualquier persona, con independencia de su orientación sexual.

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