/ jueves 16 de diciembre de 2021

Rechazan sindicatos del INAH modificaciones a sus condiciones generales de trabajo

La representación sindical pide sanción para los funcionarios que desconocieron los acuerdos alcanzados referentes al tema de Prestaciones Socioeconómicas

Los seis sindicatos del Instituto Nacional de Antropología e Historia que aglutinan a más de 7 mil trabajadores de base y confianza, rechazan modificaciones a su contrato colectivo; aseguran oponerse a cualquier intento de modificación a sus Condiciones Generales de Trabajo vigentes desde 1982.

En una conferencia de prensa, los dirigentes sindicales señalaron que las modificaciones que se supone presentó la Secretaría de Hacienda y Crédito Público pretenden desconocer su normatividad laboral y prestaciones socioeconómicas que a lo largo de su historia han conquistado a los trabajadores.

Ya que los distintos funcionarios que han pasado por la Dirección del Instituto, irresponsablemente no realizaron las gestiones para su autorización ante la SHCP, violentando con ello lo establecido en el Artículo 91, de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado. Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional.

“Asumiendo los pagos de estos rubros del presupuesto asignado para otras responsabilidades que tenemos como institución de cultura. Ya que ello irá en detrimento del patrimonio histórico y cultural de los mexicanos, donde se incluyen 60 zonas arqueológicas, museos y otras edificaciones de valor histórico.

Gustavo Ramírez Castilla Secretario General Nacional SNPICD-INAH; José Enrique Vidal Dzul Tuyub Secretario General Nacional SNTSC; Luis Ojeda Godoy Secretario General Nacional SNACPC-INAH; Carlos Arturo Hernández Carrillo Secretario General del SNDTSC Sector INAH; Corinna Ximena Rojas Muñoz Secretaria General Nacional SINAR-INAH Y Silvia Loza López Secretaria General Nacional SNTAMTP-INAH rechazaron la propuesta de la SHCP porque constituye un retroceso laboral.

Los sindicatos decidieron no firmar unas Condiciones Generales de Trabajo, diferentes a lo que a la fecha tienen como norma laboral entre los trabajadores y el INAH.

Ya que, en el caso de los trabajadores del INAH, el modelo ha sido homologado con el de Educación Superior desde 1981; además de que los términos de dicha propuesta son poco transparentes debido a que promueven un escalafón ciego y un ingreso discrecional.

Asimismo, exigen a las autoridades competentes la aplicación de responsabilidades a los funcionarios públicos cuya omisión de registrar ante las instancias correspondientes los acuerdos alcanzados con las diferentes representaciones sindicales referentes al tema de Prestaciones Socioeconómicas que revisan bienalmente y que ahora son motivo del intento de desconocerlas.

Recordaron que el Instituto Nacional de Antropología e Historia es un organismo creado por Decreto del Presidente Lázaro Cárdenas del Río en diciembre de 1938, entró en vigor el 3 de febrero de 1939, como entidad desconcentrada de la Secretaría de Educación Pública. Posteriormente en diciembre de 2015, por Decreto del Titular del Poder Ejecutivo Federal se crea la Secretaría de Cultura Federal y con ella, se modificó la Ley Orgánica del INAH, pasando a depender de la nueva Secretaría.

Durante los 75 años que el INAH dependió de la SEP, se regularon las relaciones laborales de los trabajadores con base en las Condiciones Generales de Trabajo de la SEP, y a partir del año de 1982, con Condiciones Generales de Trabajo propias del INAH, las que han regulado tanto el trabajo académico, como el técnico y manual.

“Son 40 años de relaciones laborales institucionales propias, que en 1985, se elevan a rango de Ley Orgánica, específicamente en su numeral noveno, y con la creación de la Secretaría de Cultura Federal, éstas quedaron garantizadas en los artículos transitorios tercero y cuarto del Decreto de Creación de la nueva Secretaría, aún más, a la creación de las Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Cultura Federal, se reconoce en éstas que el INAH se regula por sus propias CGT, guardando el orden que por cuatro décadas se ha conservado”.

A la luz de la regulación administrativa del INAH ante las Secretarías de Cultura y Hacienda y Crédito Público se pretenden modificar las Condiciones Generales de Trabajo y con ello, alterar de forma y fondo las relaciones laborales de los trabajadores académicos, profesionistas, técnicos, administrativos y manuales.

Por lo anterior, comentaron que su posición unitaria ante el gobierno federal por pretender modificar la relación laboral con los trabajadores del Instituto, argumentando disposiciones de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

No olvides seguirnos en Google Noticias para mantenerte informado

Asumiendo los pagos de estos rubros del presupuesto asignado para otras responsabilidades que tenemos como institución de cultura.

Las representaciones acordaron: defender hasta sus últimas consecuencias, políticas y legales, los derechos adquiridos por los trabajadores del INAH, conforme en lo establecido en el artículo noveno de la Ley Orgánica del INAH; a lo dispuesto en los Artículos 3° y 4° Transitorios del Decreto de Creación de la Secretaría de Cultura y de acuerdo a los ordenamientos jurídicos aplicables.

Síguenos en Facebook: La Prensa Oficial y en Twitter: @laprensaoem


Los seis sindicatos del Instituto Nacional de Antropología e Historia que aglutinan a más de 7 mil trabajadores de base y confianza, rechazan modificaciones a su contrato colectivo; aseguran oponerse a cualquier intento de modificación a sus Condiciones Generales de Trabajo vigentes desde 1982.

En una conferencia de prensa, los dirigentes sindicales señalaron que las modificaciones que se supone presentó la Secretaría de Hacienda y Crédito Público pretenden desconocer su normatividad laboral y prestaciones socioeconómicas que a lo largo de su historia han conquistado a los trabajadores.

Ya que los distintos funcionarios que han pasado por la Dirección del Instituto, irresponsablemente no realizaron las gestiones para su autorización ante la SHCP, violentando con ello lo establecido en el Artículo 91, de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado. Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional.

“Asumiendo los pagos de estos rubros del presupuesto asignado para otras responsabilidades que tenemos como institución de cultura. Ya que ello irá en detrimento del patrimonio histórico y cultural de los mexicanos, donde se incluyen 60 zonas arqueológicas, museos y otras edificaciones de valor histórico.

Gustavo Ramírez Castilla Secretario General Nacional SNPICD-INAH; José Enrique Vidal Dzul Tuyub Secretario General Nacional SNTSC; Luis Ojeda Godoy Secretario General Nacional SNACPC-INAH; Carlos Arturo Hernández Carrillo Secretario General del SNDTSC Sector INAH; Corinna Ximena Rojas Muñoz Secretaria General Nacional SINAR-INAH Y Silvia Loza López Secretaria General Nacional SNTAMTP-INAH rechazaron la propuesta de la SHCP porque constituye un retroceso laboral.

Los sindicatos decidieron no firmar unas Condiciones Generales de Trabajo, diferentes a lo que a la fecha tienen como norma laboral entre los trabajadores y el INAH.

Ya que, en el caso de los trabajadores del INAH, el modelo ha sido homologado con el de Educación Superior desde 1981; además de que los términos de dicha propuesta son poco transparentes debido a que promueven un escalafón ciego y un ingreso discrecional.

Asimismo, exigen a las autoridades competentes la aplicación de responsabilidades a los funcionarios públicos cuya omisión de registrar ante las instancias correspondientes los acuerdos alcanzados con las diferentes representaciones sindicales referentes al tema de Prestaciones Socioeconómicas que revisan bienalmente y que ahora son motivo del intento de desconocerlas.

Recordaron que el Instituto Nacional de Antropología e Historia es un organismo creado por Decreto del Presidente Lázaro Cárdenas del Río en diciembre de 1938, entró en vigor el 3 de febrero de 1939, como entidad desconcentrada de la Secretaría de Educación Pública. Posteriormente en diciembre de 2015, por Decreto del Titular del Poder Ejecutivo Federal se crea la Secretaría de Cultura Federal y con ella, se modificó la Ley Orgánica del INAH, pasando a depender de la nueva Secretaría.

Durante los 75 años que el INAH dependió de la SEP, se regularon las relaciones laborales de los trabajadores con base en las Condiciones Generales de Trabajo de la SEP, y a partir del año de 1982, con Condiciones Generales de Trabajo propias del INAH, las que han regulado tanto el trabajo académico, como el técnico y manual.

“Son 40 años de relaciones laborales institucionales propias, que en 1985, se elevan a rango de Ley Orgánica, específicamente en su numeral noveno, y con la creación de la Secretaría de Cultura Federal, éstas quedaron garantizadas en los artículos transitorios tercero y cuarto del Decreto de Creación de la nueva Secretaría, aún más, a la creación de las Condiciones Generales de Trabajo de la Secretaría de Cultura Federal, se reconoce en éstas que el INAH se regula por sus propias CGT, guardando el orden que por cuatro décadas se ha conservado”.

A la luz de la regulación administrativa del INAH ante las Secretarías de Cultura y Hacienda y Crédito Público se pretenden modificar las Condiciones Generales de Trabajo y con ello, alterar de forma y fondo las relaciones laborales de los trabajadores académicos, profesionistas, técnicos, administrativos y manuales.

Por lo anterior, comentaron que su posición unitaria ante el gobierno federal por pretender modificar la relación laboral con los trabajadores del Instituto, argumentando disposiciones de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

No olvides seguirnos en Google Noticias para mantenerte informado

Asumiendo los pagos de estos rubros del presupuesto asignado para otras responsabilidades que tenemos como institución de cultura.

Las representaciones acordaron: defender hasta sus últimas consecuencias, políticas y legales, los derechos adquiridos por los trabajadores del INAH, conforme en lo establecido en el artículo noveno de la Ley Orgánica del INAH; a lo dispuesto en los Artículos 3° y 4° Transitorios del Decreto de Creación de la Secretaría de Cultura y de acuerdo a los ordenamientos jurídicos aplicables.

Síguenos en Facebook: La Prensa Oficial y en Twitter: @laprensaoem


Policiaca

Edomex: desaparecen Andrea Otaolaurruchi y su esposo; él era sospechoso

Los familiares de la joven habitante de Cuautitlán Izcalli aseguran que su esposo podría estar detrás de la desaparición de Andrea