/ martes 3 de marzo de 2020

Presentan dictamen que buscará regular el outsourcing en México

Plantea la creación de un Registro Nacional de Empresas de Subcontratación, además de supervisiones preventivas para verificar que contratistas cumplan con sus obligaciones

En lo que senadores llamaron como una deuda con los trabajadores de México, las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social y Estudios Legislativos, Segunda, del Senado de la República lograron un dictamen a la propuesta que reforma las distintas leyes, entre estas la Ley Federal del Trabajo, del Seguro Social y del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, en lo que refiere al tema de subcontratación laboral u outsourcing.

En el documento, que ha decir de integrantes de dicha comisión fue un logro luego de varios foros donde se escucharon a los diferentes actores como trabajadores, sindicatos, legisladores y empresarios, se consensuó que el contratante sea solidariamente responsable de sus obligaciones con los trabajadores, las cuales están inmersas dentro del articulo 15 de esta Ley.

Uno de los puntos más importantes es el que obligaría a los contratistas estar inscritos dentro del Registro Nacional de Empresas de Subcontratación, en el cual se inscribirán todos los contratos que se celebren entre los contratantes y sus trabajadores. Lo anterior deberá garantizar el cumplimiento de las obligaciones patronales mediante la fianza o las formas que se establezcan en los lineamientos de operación de dicho registro.

“De no cumplirse con las condiciones antes señaladas, el contratante se considerará patrón para todos los efectos de esta Ley, incluyendo las obligaciones en materia de seguridad social” se lee en el documento.

Agrega, que será la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, en coordinación del Instituto Mexicano de Seguridad Social y el del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, quienes llevarán a cabo las inspecciones preventivas para comprobar que las personas contratistas cumplan con las obligaciones laborales y de seguridad social correspondientes.

Los patrones que no permitan la inspección y vigilancia antes expuestas serán notificados por el instituto para que se presenten a una comparecencia, donde deberán exhibir toda la información requerida; de no realizarse este tramite serán acreedores a una multa de 250 a 5000 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

En lo que senadores llamaron como una deuda con los trabajadores de México, las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social y Estudios Legislativos, Segunda, del Senado de la República lograron un dictamen a la propuesta que reforma las distintas leyes, entre estas la Ley Federal del Trabajo, del Seguro Social y del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, en lo que refiere al tema de subcontratación laboral u outsourcing.

En el documento, que ha decir de integrantes de dicha comisión fue un logro luego de varios foros donde se escucharon a los diferentes actores como trabajadores, sindicatos, legisladores y empresarios, se consensuó que el contratante sea solidariamente responsable de sus obligaciones con los trabajadores, las cuales están inmersas dentro del articulo 15 de esta Ley.

Uno de los puntos más importantes es el que obligaría a los contratistas estar inscritos dentro del Registro Nacional de Empresas de Subcontratación, en el cual se inscribirán todos los contratos que se celebren entre los contratantes y sus trabajadores. Lo anterior deberá garantizar el cumplimiento de las obligaciones patronales mediante la fianza o las formas que se establezcan en los lineamientos de operación de dicho registro.

“De no cumplirse con las condiciones antes señaladas, el contratante se considerará patrón para todos los efectos de esta Ley, incluyendo las obligaciones en materia de seguridad social” se lee en el documento.

Agrega, que será la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, en coordinación del Instituto Mexicano de Seguridad Social y el del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, quienes llevarán a cabo las inspecciones preventivas para comprobar que las personas contratistas cumplan con las obligaciones laborales y de seguridad social correspondientes.

Los patrones que no permitan la inspección y vigilancia antes expuestas serán notificados por el instituto para que se presenten a una comparecencia, donde deberán exhibir toda la información requerida; de no realizarse este tramite serán acreedores a una multa de 250 a 5000 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

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