/ miércoles 18 de diciembre de 2019

Pide STPS a empresas cumplir con el pago del aguinaldo 2019

Los trabajadores cuentan con un año a partir del 21 de diciembre para reclamar el pago por lo que deberán acercarse a la PROFEDET

Es obligación del patrón pagar el aguinaldo a los trabajadores antes del 20 de diciembre de 2019, de conformidad con el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, reiteró la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, a través de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET).

La titular de la PROFEDET, Carolina Ortiz Porras, precisó que trabajadores de base, confianza, planta, sindicalizados, contratados por tiempo determinado o eventual, tienen derecho al pago de aguinaldo independientemente de haber laborado el año completo o de manera parcial.

Puntualizó que los empleados con un año o más de antigüedad deberán recibir mínimo 15 días de salario como pago de aguinaldo siempre y cuando no esté acordado otro monto en sus contratos; mientras que quienes tienen menos tiempo trabajando en una empresa o dieron por concluida la relación deberán recibir la parte proporcional al tiempo laborado.

Ortiz Porras refirió que México es uno de los pocos países en el mundo que reconoce el aguinaldo como un derecho plasmado en la Ley Federal del Trabajo, y aseguró que es totalmente independiente de los ingresos que mantuvo la empresa durante el año.

La Procuradora detalló que, con fundamento al artículo 1002 de la Nueva Ley Federal del Trabajo, en caso de incumplimiento del pago, en forma completa o extemporánea, el patrón se hará acreedor a una multa que va 50 a 5000 veces la Unidad de Medida Actualizada, lo que equivale a 4 mil 224.50 hasta 422 mil 450 pesos.

Las trabajadoras y trabajadores, dijo, cuentan con un año a partir del 21 de diciembre para reclamar el pago de su aguinaldo y recordó que pueden acercarse a la PROFEDET para recibir asesoría y acompañamiento de manera gratuita.

Por último, Ortiz aseguró que la falta de pago de este derecho es uno de los servicios de procuración de justicia laboral con menor demanda en la institución que representa, pues de enero a noviembre del presente año 3 mil 174 personas se han acercado para aclarar el pago de aguinaldo de 2018, de los cuales 3 mil 169 fueron asesorías, 4 casos terminaron en conciliación y solo uno llegó a juicio.

Para quienes requieran servicios gratuitos de asesoría y orientación con relación a la fecha o monto del aguinaldo, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo pone a disposición los teléfonos 55 59 98 20 00 o al 800 911 7877 y 800 717 2942; el correo electrónico: orientacionprofedet@stps.gob.mx.

Además, pueden acudir a Doctor José María Vertíz, número 211, Colonia Doctores, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06720, Ciudad de México o a alguna de las 47 representaciones distribuidas en las entidades federativas.

Es obligación del patrón pagar el aguinaldo a los trabajadores antes del 20 de diciembre de 2019, de conformidad con el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, reiteró la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, a través de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET).

La titular de la PROFEDET, Carolina Ortiz Porras, precisó que trabajadores de base, confianza, planta, sindicalizados, contratados por tiempo determinado o eventual, tienen derecho al pago de aguinaldo independientemente de haber laborado el año completo o de manera parcial.

Puntualizó que los empleados con un año o más de antigüedad deberán recibir mínimo 15 días de salario como pago de aguinaldo siempre y cuando no esté acordado otro monto en sus contratos; mientras que quienes tienen menos tiempo trabajando en una empresa o dieron por concluida la relación deberán recibir la parte proporcional al tiempo laborado.

Ortiz Porras refirió que México es uno de los pocos países en el mundo que reconoce el aguinaldo como un derecho plasmado en la Ley Federal del Trabajo, y aseguró que es totalmente independiente de los ingresos que mantuvo la empresa durante el año.

La Procuradora detalló que, con fundamento al artículo 1002 de la Nueva Ley Federal del Trabajo, en caso de incumplimiento del pago, en forma completa o extemporánea, el patrón se hará acreedor a una multa que va 50 a 5000 veces la Unidad de Medida Actualizada, lo que equivale a 4 mil 224.50 hasta 422 mil 450 pesos.

Las trabajadoras y trabajadores, dijo, cuentan con un año a partir del 21 de diciembre para reclamar el pago de su aguinaldo y recordó que pueden acercarse a la PROFEDET para recibir asesoría y acompañamiento de manera gratuita.

Por último, Ortiz aseguró que la falta de pago de este derecho es uno de los servicios de procuración de justicia laboral con menor demanda en la institución que representa, pues de enero a noviembre del presente año 3 mil 174 personas se han acercado para aclarar el pago de aguinaldo de 2018, de los cuales 3 mil 169 fueron asesorías, 4 casos terminaron en conciliación y solo uno llegó a juicio.

Para quienes requieran servicios gratuitos de asesoría y orientación con relación a la fecha o monto del aguinaldo, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo pone a disposición los teléfonos 55 59 98 20 00 o al 800 911 7877 y 800 717 2942; el correo electrónico: orientacionprofedet@stps.gob.mx.

Además, pueden acudir a Doctor José María Vertíz, número 211, Colonia Doctores, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06720, Ciudad de México o a alguna de las 47 representaciones distribuidas en las entidades federativas.

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