/ lunes 8 de agosto de 2022

Pide INAI a Insabi dar a conocer contratos de compre de ventiladores para pacientes Covid

La persona que solicitó la información presentó un recurso de revisión ante el INAI, mediante el cual manifestó su inconformidad

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) instruyó al Instituto de Salud para el Bienestar (INSABI) entregar el contrato celebrado con la empresa Viva Enterprises Limited para la compra de ventiladores.

Además, debe buscar y dar a conocer los celebrados con las empresas Hospitium Solutions, Encore Healt y Diagnostics Solutions para adquirir dichos dispositivos.

Al presentar el asunto ante el Pleno, el Comisionado Francisco Javier Acuña Llamas expuso que los ventiladores fueron adquiridos para auxiliar a los pacientes que se encontraban en peligro inminente de muerte por complicaciones relacionadas con la pandemia de Covid-19.

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“El asunto reviste una importancia monumental, debido a que resulta necesario transparentar el ejercicio de los recursos públicos de todas las gestiones del Estado y también especialmente de aquellas que se hacen por una situación dramática: la emergencia que ha sido y sigue siendo esta pandemia, que se ha alargado desmesuradamente”, citó.

La persona que solicitó la información presentó un recurso de revisión ante el INAI, mediante el cual manifestó su inconformidad con la respuesta del INSABI, que reservó los contratos argumentando que darlos a conocer podría afectar el debido proceso.

En alegatos, el sujeto obligado entregó el contrato celebrado con la empresa Medical Inc; sin embargo, reiteró la reserva del contrato con la empresa Viva Enterprises Limited y declaró inexistentes el resto de los documentos requeridos.

Al analizar el caso, la ponencia del Comisionado Francisco Javier Acuña Llamas advirtió que el contrato es un documento que conocen ambas partes en un procedimiento judicial, al momento de firmarlo y contraer las obligaciones establecidas, por lo que darlos a conocer no afectaría el debido proceso.

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Acerca de los contratos celebrados con las empresas Hospitium Solutions, Encore Healt y Diagnostics Solutions, la ponencia determinó que sí existe obligación normativa para que el sujeto obligado cuente con los documentos que den cuenta de la compra de ventiladores, pues se han entregado, en diversas solicitudes, comprobantes de pagos realizados a esas empresas.

Por lo anterior, el Pleno del INAI revocó la respuesta del INSABI y le instruyó entregar a la particular el contrato celebrado con la empresa Viva Enterprises Limited y llevar a cabo una búsqueda de los contratos celebrados o documentos que den cuenta de la compraventa de ventiladores con las empresas Hospitium Solutions, Encore Healt y Diagnostics Solutions, en todas sus unidades administrativas competentes.

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El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) instruyó al Instituto de Salud para el Bienestar (INSABI) entregar el contrato celebrado con la empresa Viva Enterprises Limited para la compra de ventiladores.

Además, debe buscar y dar a conocer los celebrados con las empresas Hospitium Solutions, Encore Healt y Diagnostics Solutions para adquirir dichos dispositivos.

Al presentar el asunto ante el Pleno, el Comisionado Francisco Javier Acuña Llamas expuso que los ventiladores fueron adquiridos para auxiliar a los pacientes que se encontraban en peligro inminente de muerte por complicaciones relacionadas con la pandemia de Covid-19.

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“El asunto reviste una importancia monumental, debido a que resulta necesario transparentar el ejercicio de los recursos públicos de todas las gestiones del Estado y también especialmente de aquellas que se hacen por una situación dramática: la emergencia que ha sido y sigue siendo esta pandemia, que se ha alargado desmesuradamente”, citó.

La persona que solicitó la información presentó un recurso de revisión ante el INAI, mediante el cual manifestó su inconformidad con la respuesta del INSABI, que reservó los contratos argumentando que darlos a conocer podría afectar el debido proceso.

En alegatos, el sujeto obligado entregó el contrato celebrado con la empresa Medical Inc; sin embargo, reiteró la reserva del contrato con la empresa Viva Enterprises Limited y declaró inexistentes el resto de los documentos requeridos.

Al analizar el caso, la ponencia del Comisionado Francisco Javier Acuña Llamas advirtió que el contrato es un documento que conocen ambas partes en un procedimiento judicial, al momento de firmarlo y contraer las obligaciones establecidas, por lo que darlos a conocer no afectaría el debido proceso.

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Acerca de los contratos celebrados con las empresas Hospitium Solutions, Encore Healt y Diagnostics Solutions, la ponencia determinó que sí existe obligación normativa para que el sujeto obligado cuente con los documentos que den cuenta de la compra de ventiladores, pues se han entregado, en diversas solicitudes, comprobantes de pagos realizados a esas empresas.

Por lo anterior, el Pleno del INAI revocó la respuesta del INSABI y le instruyó entregar a la particular el contrato celebrado con la empresa Viva Enterprises Limited y llevar a cabo una búsqueda de los contratos celebrados o documentos que den cuenta de la compraventa de ventiladores con las empresas Hospitium Solutions, Encore Healt y Diagnostics Solutions, en todas sus unidades administrativas competentes.

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