/ martes 6 de abril de 2021

Obispo Emérito de Ecatepec, no debería ser candidato: CEM

Está sujeto al derecho canónico vigente, que impide participar en partidos políticos a sus miembros

Ciudad de México.- Después que el polémico obispo emérito de Ecatepec, Onésimo Cepeda Silva, anunciara que buscaría ser candidato a diputado plurinominal mexiquense por el partido político Fuerza Por México, la Conferencia del Episcopado Mexicano (CEM) informó que el prelado no debería aspirar a un cargo político por ser miembro de dicha organización; pero las leyes mexicanas son las que deben dar la aprobación o no a la candidatura.

Cepeda Silva pretende contender como aspirante a candidato a Diputado Plurinominal, por el Distrito 21 del municipio de Ecatepec, Estado de México.

La CEM precisó que el prelado emérito de la Diócesis de Ecatepec, es miembro de ese organismo religioso, sin oficio eclesiástico actual, y como tal, está sujeto al derecho canónico vigente que en el Canon 287 en su punto 2, que impide participar en partidos políticos a sus miembros.


Alfonso Miranda Guardiola Obispo Auxiliar de Monterrey y Secretario General de la CEM explicó: “no han de participar activamente en los partidos políticos ni en la dirección de asociaciones sindicales, a no ser que, según el juicio de la autoridad eclesiástica competente, lo exijan la defensa de los derechos de la Iglesia o la promoción del bien común”, precisó.

De ahí que remarcó que la CEM se deslindó de todo acto político, que a título personal realice Mons. Cepeda, no ejerciendo por ello, ni de voz ni de acción, representatividad oficial de la Iglesia Católica.

Lo ya expresado no pretende afectar los derechos de nuestro hermano obispo, sólo establecer con claridad lo señalado por el Derecho Civil y el Eclesiástico.

El Episcopado Mexicano manifestó que Cepeda tampoco ha solicitado ni ha recibido el permiso prescrito por las leyes canónicas, aunque, como ciudadano, las leyes mexicanas son quienes pueden dar o no validez a su candidatura, por lo tanto, ellos se deslindan.

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Como tal, está sujeto al Derecho Canónico vigente, que dice, entre otros cánones, aplicables a los clérigos, especialmente a obispos y sacerdotes, lo siguiente: Absténganse los clérigos de constituir o participar en asociaciones, cuya finalidad o actuación sean incompatibles con las obligaciones propias del estado clerical o puedan ser obstáculo para el cumplimiento diligente de la tarea que les ha sido encomendada por la autoridad eclesiástica competente.

Que fomenten los clérigos siempre, lo más posible, que se conserve entre los hombres la paz y la concordia fundada en la justicia. El Canon.285 señala: absténganse los clérigos por completo de todo aquello que desdiga de su estado, según las prescripciones del derecho particular.


Los clérigos han de evitar aquellas cosas que, aun no siendo indecorosas, son extrañas al estado clerical. Les está prohibido a los clérigos aceptar aquellos cargos públicos, que llevan consigo una participación en el ejercicio de la potestad civil.

El Canon.287. No han de participar activamente en los partidos políticos ni en la dirección de asociaciones sindicales, a no ser que, según el juicio de la autoridad eclesiástica competente, lo exijan la defensa de los derechos de la Iglesia o la promoción del bien común.

Cepeda Silva fue presentado el pasado lunes en el Hotel Imperial, ubicado en Paseo de la Reforma en la Ciudad de México.

Y fue el presidente nacional de Fuerza por México, Gerardo Islas, quien manifestó que todavía no ha sido registrado, pues primero deben hacer un análisis legal sobre si puede o no contender por un cargo público, ya que, aunque es obispo en retiro, aparece ministro de culto en los registros de la Secretaría de Gobernación.

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Cepeda Silva pretende contender como aspirante a candidato a Diputado Plurinominal, por el Distrito 21 del municipio de Ecatepec, Estado de México.

La CEM precisó que el prelado emérito de la Diócesis de Ecatepec, es miembro de ese organismo religioso, sin oficio eclesiástico actual, y como tal, está sujeto al derecho canónico vigente que en el Canon 287 en su punto 2, que impide participar en partidos políticos a sus miembros.


Alfonso Miranda Guardiola Obispo Auxiliar de Monterrey y Secretario General de la CEM explicó: “no han de participar activamente en los partidos políticos ni en la dirección de asociaciones sindicales, a no ser que, según el juicio de la autoridad eclesiástica competente, lo exijan la defensa de los derechos de la Iglesia o la promoción del bien común”, precisó.

De ahí que remarcó que la CEM se deslindó de todo acto político, que a título personal realice Mons. Cepeda, no ejerciendo por ello, ni de voz ni de acción, representatividad oficial de la Iglesia Católica.

Lo ya expresado no pretende afectar los derechos de nuestro hermano obispo, sólo establecer con claridad lo señalado por el Derecho Civil y el Eclesiástico.

El Episcopado Mexicano manifestó que Cepeda tampoco ha solicitado ni ha recibido el permiso prescrito por las leyes canónicas, aunque, como ciudadano, las leyes mexicanas son quienes pueden dar o no validez a su candidatura, por lo tanto, ellos se deslindan.

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Como tal, está sujeto al Derecho Canónico vigente, que dice, entre otros cánones, aplicables a los clérigos, especialmente a obispos y sacerdotes, lo siguiente: Absténganse los clérigos de constituir o participar en asociaciones, cuya finalidad o actuación sean incompatibles con las obligaciones propias del estado clerical o puedan ser obstáculo para el cumplimiento diligente de la tarea que les ha sido encomendada por la autoridad eclesiástica competente.

Que fomenten los clérigos siempre, lo más posible, que se conserve entre los hombres la paz y la concordia fundada en la justicia. El Canon.285 señala: absténganse los clérigos por completo de todo aquello que desdiga de su estado, según las prescripciones del derecho particular.


Los clérigos han de evitar aquellas cosas que, aun no siendo indecorosas, son extrañas al estado clerical. Les está prohibido a los clérigos aceptar aquellos cargos públicos, que llevan consigo una participación en el ejercicio de la potestad civil.

El Canon.287. No han de participar activamente en los partidos políticos ni en la dirección de asociaciones sindicales, a no ser que, según el juicio de la autoridad eclesiástica competente, lo exijan la defensa de los derechos de la Iglesia o la promoción del bien común.

Cepeda Silva fue presentado el pasado lunes en el Hotel Imperial, ubicado en Paseo de la Reforma en la Ciudad de México.

Y fue el presidente nacional de Fuerza por México, Gerardo Islas, quien manifestó que todavía no ha sido registrado, pues primero deben hacer un análisis legal sobre si puede o no contender por un cargo público, ya que, aunque es obispo en retiro, aparece ministro de culto en los registros de la Secretaría de Gobernación.

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