/ martes 8 de marzo de 2022

¿En qué momento y cómo se establece la Alerta de Género?

Las organizaciones sociales podrán solicitar a la SEGOB la declaración de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres cuando la violencia feminicida atente la paz de las mujeres en una entidad

Según la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia la declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres AVGM se emitirá cuándo “los delitos del orden común contra la vida, la libertad, la integridad, y la seguridad de las mujeres, perturbe la paz social en un territorio determinado y la sociedad así lo reclame”.

En sus párrafos I y II el artículo veinticuatro de la Ley agrega, que será cuándo exista un agravio que impida el ejercicio pleno de los derechos humanos de las mujeres, que los organismos de Derechos Humanos a nivel nacional o de las entidades, los organismos de la sociedad civil y los organismos internacionales podrán solicitar su aplicación.

Foto: José Luis Pérez

Para ejemplificar lo anterior podemos citar el caso de la alerta de género emitida en el estado de Zacatecas durante agosto del 2018, la cual fue solicitada a la Secretaría de Gobernación Federal por Alejandro Tello Cisterna, gobernador de esa entidad.

La última resolución emitida por la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres CONAVIM, perteneciente a la SEGOB, fue el 8 de abril del año en curso en la cual determinó la emisión de la declaratoria de AVGM para 50 municipios del estado de Puebla.

La declaratoria anterior no pudo ser emitida durante una primera solicitud hecha en el 2017, motivo por el cual la agrupación civil Todos para Todos se amparó y ganó en contra de la determinación que el Conavim había tomado en un principio.

Con el estado de Puebla suman ya dieciocho las entidades que cuentan con declaratoria de AVGM, a continuación, se enumeran las entidades y las fechas en que se emitió la alerta, además del número de municipios que se incluyen en la alerta:


Edomex 11 31 julio 2015

Morelos 8 10 agosto 2015

Michoacán 14 27 junio 2016

Chiapas 8 18 noviembre 2016

Nuevo León 5 18 noviembre 2016

Veracruz 2 23 noviembre 2016

Sinaloa 5 31 marzo 2017

Colima 5 20 junio 2017

Guerrero 8 22 junio 2017

San Luis Potosí 6 22 junio 2017

Quintana Roo 3 7 julio 2017

Nayarit 6 4 agosto 2017

Zacatecas todos 8 agosto 2018

Oaxaca 40 31 agosto 2018

Durango 16 7 noviembre 2018

Campeche 8 16 noviembre 2018

Jalisco 10 20 noviembre 2018

Puebla 50 8 de abril 2019


Foto: José Luis Pérez

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El proceso que se deberá cumplir para que pueda ser emitida la AGVM en las entidades deberá ser el siguiente:

1- Las organizaciones sociales o los organismos de Derechos Humanos Internacionales deberán entregar a la Conavim la Solicitud de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (SAVGM).

2- Se conformará un grupo de trabajo para atender la SAVGM, el mismo estará integrado por Inmujeres, Conavim, CNDH y representantes del Mecanismo para el adelanto de las mujeres en la entidad y finalmente, cuatro personas seleccionadas por convocatoria pública, 2 academicos/as nacionales y 2 locales.

3- El grupo de trabajo visitará el territorio para realizar una investigación para atender la SAVGM; el informe deberá contener conclusiones y propuestas para prevenir y atender la violencia contra las mujeres, la entidad tendrá 6 meses para su cumplimiento. El ejecutivo estatal deberá estar notificado de la investigación.

4- Tras el análisis de las acciones realizadas por el estado y el grupo de trabajo, se realizará un dictamen con las conclusiones del grupo ante sus observaciones en el territorio.

5- Por último, se hará la Declaratoria de Alerta de Violencia contra las Mujeres, la misma será emitida por la SEGOB y contendrá las acciones preventivas, de seguridad y de justicia para atender la violencia contra las mujeres, las medidas que se implementaran y el territorio que abarcará.

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Según la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia la declaratoria de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres AVGM se emitirá cuándo “los delitos del orden común contra la vida, la libertad, la integridad, y la seguridad de las mujeres, perturbe la paz social en un territorio determinado y la sociedad así lo reclame”.

En sus párrafos I y II el artículo veinticuatro de la Ley agrega, que será cuándo exista un agravio que impida el ejercicio pleno de los derechos humanos de las mujeres, que los organismos de Derechos Humanos a nivel nacional o de las entidades, los organismos de la sociedad civil y los organismos internacionales podrán solicitar su aplicación.

Foto: José Luis Pérez

Para ejemplificar lo anterior podemos citar el caso de la alerta de género emitida en el estado de Zacatecas durante agosto del 2018, la cual fue solicitada a la Secretaría de Gobernación Federal por Alejandro Tello Cisterna, gobernador de esa entidad.

La última resolución emitida por la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres CONAVIM, perteneciente a la SEGOB, fue el 8 de abril del año en curso en la cual determinó la emisión de la declaratoria de AVGM para 50 municipios del estado de Puebla.

La declaratoria anterior no pudo ser emitida durante una primera solicitud hecha en el 2017, motivo por el cual la agrupación civil Todos para Todos se amparó y ganó en contra de la determinación que el Conavim había tomado en un principio.

Con el estado de Puebla suman ya dieciocho las entidades que cuentan con declaratoria de AVGM, a continuación, se enumeran las entidades y las fechas en que se emitió la alerta, además del número de municipios que se incluyen en la alerta:


Edomex 11 31 julio 2015

Morelos 8 10 agosto 2015

Michoacán 14 27 junio 2016

Chiapas 8 18 noviembre 2016

Nuevo León 5 18 noviembre 2016

Veracruz 2 23 noviembre 2016

Sinaloa 5 31 marzo 2017

Colima 5 20 junio 2017

Guerrero 8 22 junio 2017

San Luis Potosí 6 22 junio 2017

Quintana Roo 3 7 julio 2017

Nayarit 6 4 agosto 2017

Zacatecas todos 8 agosto 2018

Oaxaca 40 31 agosto 2018

Durango 16 7 noviembre 2018

Campeche 8 16 noviembre 2018

Jalisco 10 20 noviembre 2018

Puebla 50 8 de abril 2019


Foto: José Luis Pérez

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El proceso que se deberá cumplir para que pueda ser emitida la AGVM en las entidades deberá ser el siguiente:

1- Las organizaciones sociales o los organismos de Derechos Humanos Internacionales deberán entregar a la Conavim la Solicitud de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (SAVGM).

2- Se conformará un grupo de trabajo para atender la SAVGM, el mismo estará integrado por Inmujeres, Conavim, CNDH y representantes del Mecanismo para el adelanto de las mujeres en la entidad y finalmente, cuatro personas seleccionadas por convocatoria pública, 2 academicos/as nacionales y 2 locales.

3- El grupo de trabajo visitará el territorio para realizar una investigación para atender la SAVGM; el informe deberá contener conclusiones y propuestas para prevenir y atender la violencia contra las mujeres, la entidad tendrá 6 meses para su cumplimiento. El ejecutivo estatal deberá estar notificado de la investigación.

4- Tras el análisis de las acciones realizadas por el estado y el grupo de trabajo, se realizará un dictamen con las conclusiones del grupo ante sus observaciones en el territorio.

5- Por último, se hará la Declaratoria de Alerta de Violencia contra las Mujeres, la misma será emitida por la SEGOB y contendrá las acciones preventivas, de seguridad y de justicia para atender la violencia contra las mujeres, las medidas que se implementaran y el territorio que abarcará.

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