/ viernes 31 de mayo de 2019

Diario Oficial de la Federación solo se publicará en forma electrónica

El decreto fue expedido por el presidente López Obrador y entrará en vigor el próximo 1 de julio

México, 31 May (Notimex).- La Secretaría de Gobernación (Segob) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales.

En el documento se ratifica que el DOF “se publicará en forma electrónica y su edición tendrá carácter oficial”.

Explica que además de la edición electrónica, se imprimirá un ejemplar, con idénticas características y contenido, para efectos de evidencia documental física, así como para garantizar la publicación del Diario Oficial de la Federación en los casos en que resulte imposible por causas de fuerza mayor, acceder a su edición electrónica.

El ejemplar impreso quedará en custodia en la hemeroteca del propio organismo.

Adicionalmente, se expedirán seis copias certificadas que serán remitidas a las siguientes instituciones: la hemeroteca de la Universidad Nacional Autónoma de México, en el Archivo General de la Nación y en la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.

También en la Presidencia de la Mesa Directiva del Senado de la República, en la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y en la oficina de la Presidencia de la República.

En caso de solicitarlo, los órganos con autonomía constitucional podrán asimismo contar con una copia certificada del ejemplar impreso del Diario Oficial de la Federación.

El acceso a la edición electrónica del Diario Oficial de la Federación será gratuito.

El decreto fue expedido por el presidente Andrés Manuel López Obrador el pasado 30 de mayo y entrará en vigor el próximo 1 de julio.

México, 31 May (Notimex).- La Secretaría de Gobernación (Segob) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales.

En el documento se ratifica que el DOF “se publicará en forma electrónica y su edición tendrá carácter oficial”.

Explica que además de la edición electrónica, se imprimirá un ejemplar, con idénticas características y contenido, para efectos de evidencia documental física, así como para garantizar la publicación del Diario Oficial de la Federación en los casos en que resulte imposible por causas de fuerza mayor, acceder a su edición electrónica.

El ejemplar impreso quedará en custodia en la hemeroteca del propio organismo.

Adicionalmente, se expedirán seis copias certificadas que serán remitidas a las siguientes instituciones: la hemeroteca de la Universidad Nacional Autónoma de México, en el Archivo General de la Nación y en la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.

También en la Presidencia de la Mesa Directiva del Senado de la República, en la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y en la oficina de la Presidencia de la República.

En caso de solicitarlo, los órganos con autonomía constitucional podrán asimismo contar con una copia certificada del ejemplar impreso del Diario Oficial de la Federación.

El acceso a la edición electrónica del Diario Oficial de la Federación será gratuito.

El decreto fue expedido por el presidente Andrés Manuel López Obrador el pasado 30 de mayo y entrará en vigor el próximo 1 de julio.