/ martes 7 de febrero de 2023

Demandan trabajadores de empresa alemana titularidad de contrato que ostenta la CTM

Exigen la titularidad del contrato colectivo de trabajo en la empresa alemana Fränkische Industrial Pipes

El Sindicato Independiente Nacional de Trabajadores y Trabajadoras de la Industria Automotriz (SINTTIA) demandó la titularidad del Contrato Colectivo de Trabajo en la empresa Fraenkische, en Silao, Guanajuato.

En una conferencia de prensa, María Alejandra Morales Reynoso, Secretaria General del SINTTIA, denunció los supuestos abusos laborales de esa empresa de autopartes de origen alemán.

Acusó que en los últimos meses han sido constantes las denuncias por los bajos salarios, el hostigamiento laboral, la ausencia del pago de utilidades y los despidos de trabajadores que han ejercido sus derechos en demandas de libre sindicalización entre otras violaciones a los derechos humanos y laborales, además de la inexistencia de representación sindical.

Al resaltar que el SINTTIA demanda la titularidad del Contrato Colectivo de Trabajo en Fraenkische, argumentó que es con la intención de mejorar sus condiciones laborales y por la falta de una verdadera representación sindical en la trasnacional alemana.

Comentó que los trabajadores esperan fecha para el recuento, sin embargo, se enfrentan a diversas acciones dilatorias en el proceso por parte del Tribunal Laboral Federal de Asuntos Colectivos en la Ciudad de México.

Recordó que el 14 de noviembre del 2022, el SINTTIA en representación de la mayoría de los y las trabajadoras que laboran en la empresa presentó ante el Tribunal Laboral la demanda de titularidad del contrato colectivo de trabajo, firmado entre dicha empresa y el “Sindicato de Trabajadores de la Industria Metal Mecánica Automotriz Similares y Conexos de la República Mexicana”, (SITIMM-CTM).

Sin embargo, después de dos meses de haber presentado la demanda, el juicio no da inicio por acciones dilatorias de los Tribunales laborales correspondientes y los cuales dan graves muestras de desconocimiento de la Ley Federal del Trabajo, de la realidad del mundo del trabajo sindical y en la órbita de una política generada por los contratos colectivos de protección patronal.

Estas acciones dilatorias, agregó la dirigente sindical, han postergado el proceso de demanda por titularidad, mientras que las y los trabajadores dentro de la planta esperan la fecha de recuento.

“Cuando al fin creímos que la ley prevalecería al ordenar al Tribunal Federal del ámbito individual en Guanajuato notificara a la empresa y sindicato de protección SITIMM-CTM la demanda de titularidad, FRAENKISCHE INDUSTRIAL PIPES MÉXICO S.A. DE C.V.

“Fue notificada desde el 5 de diciembre de 2022, pero al SITIMM, en tres ocasiones a lo largo de dos meses, no se le ha notificado en su domicilio claramente identificado con el nombre e insignias del sindicato, porque representantes del SITIMM se niegan a recibir la notificación y mandan al actuario a buscar otro domicilio, incluso burlándose del funcionario del Tribunal”, explicó.

Morales Reynoso expuso que el Sindicato ha cumplido con el requerimiento de señalar el domicilio para notificar al SITIMM, acompañándolo de las descripciones, evidencias fotográficas y manifestaciones que constan en las razones actuariales, “y a pesar de que hemos insistido que se notifique al SITIMM en ese domicilio cumpliendo lo previsto en el artículo 743 de la Ley Federal del Trabajo, no se ha hecho.

El Tribunal de la CDMX acaba de ordenar por cuarta vez al Tribunal de Guanajuato que se notifique al SITIMM, esta vez acorde con el artículo 743 fracción V del ordenamiento laboral”, resaltó.

Después de dos meses el Tribunal de Guanajuato que debe conocer el artículo 743 de la Ley Federal del Trabajo y lo cumpla, por el contrario, si esos funcionarios o cumplen deberán ser sancionados por negligencia ante el evidente desconocimiento de la ley laboral o en su defecto de una acción de dilación deliberada.

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María Alejandra Morales dijo que esperan que la empresa responda al Tribunal con sede en la CDMX reconociendo su actividad preponderante como productora de insumos para la industria automotriz, tal como está inscrita en el Directorio de Unidades Económicas del INEGI.

La reforma laboral tiene entre sus objetivos que los procesos de titularidad se desarrollen en su totalidad en un promedio de 4 meses para garantizar la libertad sindical, seguridad e integridad de las y los trabajadores, por lo que llamamos a las autoridades laborales a estar atentas y garantizar un ambiente libre de cualquier tipo de hostigamiento y violencia hacia las y los trabajadores, así como a la empresa a respetar el ejercicio del derecho de libertad sindical.

Invitamos a las organizaciones del sindicalismo independiente mexicano a solidarizarse con las y los obreros de Fraenkische y con el SINTTIA en su lucha por acabar con el sindicalismo de protección patronal.

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El Sindicato Independiente Nacional de Trabajadores y Trabajadoras de la Industria Automotriz (SINTTIA) demandó la titularidad del Contrato Colectivo de Trabajo en la empresa Fraenkische, en Silao, Guanajuato.

En una conferencia de prensa, María Alejandra Morales Reynoso, Secretaria General del SINTTIA, denunció los supuestos abusos laborales de esa empresa de autopartes de origen alemán.

Acusó que en los últimos meses han sido constantes las denuncias por los bajos salarios, el hostigamiento laboral, la ausencia del pago de utilidades y los despidos de trabajadores que han ejercido sus derechos en demandas de libre sindicalización entre otras violaciones a los derechos humanos y laborales, además de la inexistencia de representación sindical.

Al resaltar que el SINTTIA demanda la titularidad del Contrato Colectivo de Trabajo en Fraenkische, argumentó que es con la intención de mejorar sus condiciones laborales y por la falta de una verdadera representación sindical en la trasnacional alemana.

Comentó que los trabajadores esperan fecha para el recuento, sin embargo, se enfrentan a diversas acciones dilatorias en el proceso por parte del Tribunal Laboral Federal de Asuntos Colectivos en la Ciudad de México.

Recordó que el 14 de noviembre del 2022, el SINTTIA en representación de la mayoría de los y las trabajadoras que laboran en la empresa presentó ante el Tribunal Laboral la demanda de titularidad del contrato colectivo de trabajo, firmado entre dicha empresa y el “Sindicato de Trabajadores de la Industria Metal Mecánica Automotriz Similares y Conexos de la República Mexicana”, (SITIMM-CTM).

Sin embargo, después de dos meses de haber presentado la demanda, el juicio no da inicio por acciones dilatorias de los Tribunales laborales correspondientes y los cuales dan graves muestras de desconocimiento de la Ley Federal del Trabajo, de la realidad del mundo del trabajo sindical y en la órbita de una política generada por los contratos colectivos de protección patronal.

Estas acciones dilatorias, agregó la dirigente sindical, han postergado el proceso de demanda por titularidad, mientras que las y los trabajadores dentro de la planta esperan la fecha de recuento.

“Cuando al fin creímos que la ley prevalecería al ordenar al Tribunal Federal del ámbito individual en Guanajuato notificara a la empresa y sindicato de protección SITIMM-CTM la demanda de titularidad, FRAENKISCHE INDUSTRIAL PIPES MÉXICO S.A. DE C.V.

“Fue notificada desde el 5 de diciembre de 2022, pero al SITIMM, en tres ocasiones a lo largo de dos meses, no se le ha notificado en su domicilio claramente identificado con el nombre e insignias del sindicato, porque representantes del SITIMM se niegan a recibir la notificación y mandan al actuario a buscar otro domicilio, incluso burlándose del funcionario del Tribunal”, explicó.

Morales Reynoso expuso que el Sindicato ha cumplido con el requerimiento de señalar el domicilio para notificar al SITIMM, acompañándolo de las descripciones, evidencias fotográficas y manifestaciones que constan en las razones actuariales, “y a pesar de que hemos insistido que se notifique al SITIMM en ese domicilio cumpliendo lo previsto en el artículo 743 de la Ley Federal del Trabajo, no se ha hecho.

El Tribunal de la CDMX acaba de ordenar por cuarta vez al Tribunal de Guanajuato que se notifique al SITIMM, esta vez acorde con el artículo 743 fracción V del ordenamiento laboral”, resaltó.

Después de dos meses el Tribunal de Guanajuato que debe conocer el artículo 743 de la Ley Federal del Trabajo y lo cumpla, por el contrario, si esos funcionarios o cumplen deberán ser sancionados por negligencia ante el evidente desconocimiento de la ley laboral o en su defecto de una acción de dilación deliberada.

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María Alejandra Morales dijo que esperan que la empresa responda al Tribunal con sede en la CDMX reconociendo su actividad preponderante como productora de insumos para la industria automotriz, tal como está inscrita en el Directorio de Unidades Económicas del INEGI.

La reforma laboral tiene entre sus objetivos que los procesos de titularidad se desarrollen en su totalidad en un promedio de 4 meses para garantizar la libertad sindical, seguridad e integridad de las y los trabajadores, por lo que llamamos a las autoridades laborales a estar atentas y garantizar un ambiente libre de cualquier tipo de hostigamiento y violencia hacia las y los trabajadores, así como a la empresa a respetar el ejercicio del derecho de libertad sindical.

Invitamos a las organizaciones del sindicalismo independiente mexicano a solidarizarse con las y los obreros de Fraenkische y con el SINTTIA en su lucha por acabar con el sindicalismo de protección patronal.

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