/ miércoles 20 de mayo de 2020

Rechazan trabajadores de la tesorería de la CDMX contratación de empresa “auxiliar”

Integrantes del Sindicato de burócratas de la capital criticó que estas funciones no sean delegadas a los propios trabajadores del gobierno local

Trabajadores de la Tesorería externaron su rechazo a la decisión del gobierno capitalino de contratar a “Business First Class BFC,S.A de C.V y a NCR Consulting SC, como auxiliares de la Tesorería capitalina, para la recaudación, concentración, manejo, administración y custodia de fondos y valores de la propiedad o al cuidado de la ciudad de México, así como la ejecución de pagos, administración de recursos financieros, pues aseguran que esas funciones siempre los han realizado los sindicalizados que ahí laboran.

Integrantes del Sindicato Único de Trabajadores del Gobierno de la Ciudad de México platicaron a La Prensa, su crítica a esa contratación que hizo la administración de Claudia Sheinbaum, pues afirman que no era necesaria, porque esas tareas que van a realizar las citadas empresas las realizan los trabajadores de base.

En este caso es inaplicable, ya que históricamente han sido los trabajadores afiliados al SUTGCDMX, los encargados de la recaudación, concentración, manejo administración y custodia de fondos y valores de la propiedad o al cuidado de la Ciudad de México, por lo que no sólo no es necesario, sino hasta condenable el hecho de que estas funciones no sean delegadas a los propios trabajadores del gobierno local, señalan.

En su opinión, el gobierno capitalino, trata de justificar una mala interpretación de los artículos 327,328 y 329 del Código Fiscal de la Ciudad de México.

Argumentan que hacer una lectura de dichos artículos se desprende que las actividades que el Ejecutivo Local podrá subrogar a terceros serán aquellas que por su propia naturaleza, no pueden ser realizadas por la propia Tesorería, sus órganos o sus trabajadores.

A la fecha, citaron laboran cerca de 15 mil trabajadores en esa área. Por lo que señalan que en caso de que fuera necesario contar con mayor personal para cumplir con las actividades citadas, la administración del personal del gobierno de la Ciudad de México tiene a la obligación de abrir mayores espacios para la creación de plazas de trabajo para cumplir a cabalidad con dicha encomienda.

Y en este caso, se le debería solicitar al SUTGCDMX propuestas de compañeros que cubran el perfil citado tal y como obliga el artículo 62 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado.

Por lo que demandaron que las actividades que la Tesorería pretenda subrogar a tercero sean asignada a los trabajadores sindicalizados o se creen nuevas plazas para las tareas que contrataron a “Business First Class BFC, S.A de C.V y a NCR Consulting SC.

En la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, del 14 de mayo del 2020 se informa sobre la autorización de las citadas empresas, la convocatoria de licitación y fallos con la rúbrica del tesorero de la capital, Roberto Carlos Fernández González.

Asimismo, los quejosos lamentaron que los secretarios de las secciones 11 Víctor Hernández Villeda; de la 15 Alberto Zamora; de la 17, Leticia Lorencez Olvera; de la 30 Joel Villalobos Moreno, del Sindicato Único de Trabajadores del Gobierno de la Ciudad de México, no hayan alzado la voz para defender a sus agremiados.

De acuerdo a la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, “de conformidad con lo dispuesto por el artículo 28, fracción XI del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, corresponde a la Tesorería de la Ciudad de México, autorizar a las personas físicas y morales, como auxiliares de los servicios de tesorería”.

Se autoriza a “Business First Class BFC, S.A. de C.V.” para fungir como auxiliar de la Tesorería de la Ciudad de México, en adelante Tesorería, para prestar los servicios de tesorería a que se refiere el artículo 327 del Código Fiscal de la Ciudad de México, en adelante Código.

“Business First Class BFC, S.A. de C.V.”, como auxiliar de los servicios de tesorería, realizará los servicios que se autorizan en este instrumento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 330 del Código, de tal forma que garantizará con fianza de institución autorizada el desempeño de sus funciones, en términos del contrato a suscribirse con la Tesorería, en representación de la Secretaría de Administración y Finanzas de la Ciudad de México, en adelante Secretaría.

Así como la autorización a “NCR Consulting, S.C como auxiliar de la Tesorería de la ciudad de México para prestar los servicios antes comentados.

JLP

Trabajadores de la Tesorería externaron su rechazo a la decisión del gobierno capitalino de contratar a “Business First Class BFC,S.A de C.V y a NCR Consulting SC, como auxiliares de la Tesorería capitalina, para la recaudación, concentración, manejo, administración y custodia de fondos y valores de la propiedad o al cuidado de la ciudad de México, así como la ejecución de pagos, administración de recursos financieros, pues aseguran que esas funciones siempre los han realizado los sindicalizados que ahí laboran.

Integrantes del Sindicato Único de Trabajadores del Gobierno de la Ciudad de México platicaron a La Prensa, su crítica a esa contratación que hizo la administración de Claudia Sheinbaum, pues afirman que no era necesaria, porque esas tareas que van a realizar las citadas empresas las realizan los trabajadores de base.

En este caso es inaplicable, ya que históricamente han sido los trabajadores afiliados al SUTGCDMX, los encargados de la recaudación, concentración, manejo administración y custodia de fondos y valores de la propiedad o al cuidado de la Ciudad de México, por lo que no sólo no es necesario, sino hasta condenable el hecho de que estas funciones no sean delegadas a los propios trabajadores del gobierno local, señalan.

En su opinión, el gobierno capitalino, trata de justificar una mala interpretación de los artículos 327,328 y 329 del Código Fiscal de la Ciudad de México.

Argumentan que hacer una lectura de dichos artículos se desprende que las actividades que el Ejecutivo Local podrá subrogar a terceros serán aquellas que por su propia naturaleza, no pueden ser realizadas por la propia Tesorería, sus órganos o sus trabajadores.

A la fecha, citaron laboran cerca de 15 mil trabajadores en esa área. Por lo que señalan que en caso de que fuera necesario contar con mayor personal para cumplir con las actividades citadas, la administración del personal del gobierno de la Ciudad de México tiene a la obligación de abrir mayores espacios para la creación de plazas de trabajo para cumplir a cabalidad con dicha encomienda.

Y en este caso, se le debería solicitar al SUTGCDMX propuestas de compañeros que cubran el perfil citado tal y como obliga el artículo 62 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado.

Por lo que demandaron que las actividades que la Tesorería pretenda subrogar a tercero sean asignada a los trabajadores sindicalizados o se creen nuevas plazas para las tareas que contrataron a “Business First Class BFC, S.A de C.V y a NCR Consulting SC.

En la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, del 14 de mayo del 2020 se informa sobre la autorización de las citadas empresas, la convocatoria de licitación y fallos con la rúbrica del tesorero de la capital, Roberto Carlos Fernández González.

Asimismo, los quejosos lamentaron que los secretarios de las secciones 11 Víctor Hernández Villeda; de la 15 Alberto Zamora; de la 17, Leticia Lorencez Olvera; de la 30 Joel Villalobos Moreno, del Sindicato Único de Trabajadores del Gobierno de la Ciudad de México, no hayan alzado la voz para defender a sus agremiados.

De acuerdo a la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, “de conformidad con lo dispuesto por el artículo 28, fracción XI del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, corresponde a la Tesorería de la Ciudad de México, autorizar a las personas físicas y morales, como auxiliares de los servicios de tesorería”.

Se autoriza a “Business First Class BFC, S.A. de C.V.” para fungir como auxiliar de la Tesorería de la Ciudad de México, en adelante Tesorería, para prestar los servicios de tesorería a que se refiere el artículo 327 del Código Fiscal de la Ciudad de México, en adelante Código.

“Business First Class BFC, S.A. de C.V.”, como auxiliar de los servicios de tesorería, realizará los servicios que se autorizan en este instrumento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 330 del Código, de tal forma que garantizará con fianza de institución autorizada el desempeño de sus funciones, en términos del contrato a suscribirse con la Tesorería, en representación de la Secretaría de Administración y Finanzas de la Ciudad de México, en adelante Secretaría.

Así como la autorización a “NCR Consulting, S.C como auxiliar de la Tesorería de la ciudad de México para prestar los servicios antes comentados.

JLP

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