/ viernes 22 de octubre de 2021

Piden aplicar penas de 20 a 35 años de cárcel por ataques con ácido

El perredista Jorge Gaviño dijo que el 80 por ciento de las personas víctimas de esos ataques son mujeres, a la vez que urgió cambios en la materia dentro del Código Penal

Ante el hecho de que las agresiones con sustancias corrosivas únicamente son sancionadas como graves cuando afectan el rostro, el vicecoordinador de la fracción parlamentaria del PRD en el Congreso de la Ciudad de México, Jorge Gaviño Ambriz, impulsa contemplar cualquier ataque con ácido como un “delito en contra de género”,

Difundió que el 80 por ciento de las personas víctimas de esos ataques son mujeres, a la vez que urgió cambios en la materia dentro del Código Penal para el Distrito Federal, para contemplar penas de 20 a 35 años de cárcel para quien incurra en ese tipo de ilícito.

Se trata, dijo, de incrementar las penas de encarcelamiento por ataques con ácido, prácticas que han tomado fuerza en la metrópoli como una acción de venganza por parte de personas que de alguna manera se sienten rechazadas.

El diputado perredista explicó que en su iniciativa, “se establece como delito en contra de género a las agresiones con sustancias que afecten cualquier parte del cuerpo, no solamente la cara”.

Dio cuenta que actualmente en la ley, cualquier agresión con sustancias se califica como lesiones comunes, además que no contempla a las personas que pierden la vista o el oído, en razón del ataque recibido, por lo tanto se requiere una adecuación del Código Penal local.

Gaviño Ambriz delineó que sólo en tres estados de la República se reconocen estas acciones como intento de feminicidio, aunado a que los autores de este tipo de ataques son, en su mayoría, parejas, exparejas sentimentales o bien, personas cercanas, quienes buscan lacerar de por vida a la víctima.

Propuso que en la legislación en la materia quede asentado que “al que de manera dolosa cause lesiones a otra persona, empleando ácidos, sustancias corrosivas o inflamables, químicos o cualesquier otro similar, causando lesiones o marcas permanentes en cualquier parte del cuerpo, se considerará como un delito en contra de género, por lo que la pena será de 20 a 35 años de prisión”.

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Señaló que se deberá prever que esas penas se incrementarán en una mitad cuando entre el agresor y la víctima exista acoso previo, relaciones de parentesco, sentimental y subordinación.

El legislador de la Revolución Democrática expuso que en la actualidad, esos ataques se consideran como graves si afectan en rostro, pero se califica como lesiones comunes, además de que no contempla a las personas que pierden la visa o el oído, en razón del ataque recibido.

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Ante el hecho de que las agresiones con sustancias corrosivas únicamente son sancionadas como graves cuando afectan el rostro, el vicecoordinador de la fracción parlamentaria del PRD en el Congreso de la Ciudad de México, Jorge Gaviño Ambriz, impulsa contemplar cualquier ataque con ácido como un “delito en contra de género”,

Difundió que el 80 por ciento de las personas víctimas de esos ataques son mujeres, a la vez que urgió cambios en la materia dentro del Código Penal para el Distrito Federal, para contemplar penas de 20 a 35 años de cárcel para quien incurra en ese tipo de ilícito.

Se trata, dijo, de incrementar las penas de encarcelamiento por ataques con ácido, prácticas que han tomado fuerza en la metrópoli como una acción de venganza por parte de personas que de alguna manera se sienten rechazadas.

El diputado perredista explicó que en su iniciativa, “se establece como delito en contra de género a las agresiones con sustancias que afecten cualquier parte del cuerpo, no solamente la cara”.

Dio cuenta que actualmente en la ley, cualquier agresión con sustancias se califica como lesiones comunes, además que no contempla a las personas que pierden la vista o el oído, en razón del ataque recibido, por lo tanto se requiere una adecuación del Código Penal local.

Gaviño Ambriz delineó que sólo en tres estados de la República se reconocen estas acciones como intento de feminicidio, aunado a que los autores de este tipo de ataques son, en su mayoría, parejas, exparejas sentimentales o bien, personas cercanas, quienes buscan lacerar de por vida a la víctima.

Propuso que en la legislación en la materia quede asentado que “al que de manera dolosa cause lesiones a otra persona, empleando ácidos, sustancias corrosivas o inflamables, químicos o cualesquier otro similar, causando lesiones o marcas permanentes en cualquier parte del cuerpo, se considerará como un delito en contra de género, por lo que la pena será de 20 a 35 años de prisión”.

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Señaló que se deberá prever que esas penas se incrementarán en una mitad cuando entre el agresor y la víctima exista acoso previo, relaciones de parentesco, sentimental y subordinación.

El legislador de la Revolución Democrática expuso que en la actualidad, esos ataques se consideran como graves si afectan en rostro, pero se califica como lesiones comunes, además de que no contempla a las personas que pierden la visa o el oído, en razón del ataque recibido.

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