/ martes 22 de junio de 2021

Omiten ayuntamientos atención a comunidades indígenas del Edomex

Sólo 23 de los 43 municipios del Estado de México, en los que se reconoce la presencia de comunidades étnicas, cuentan con una oficina de asuntos indígenas

Las comunidades indígenas del Estado de México siguen en el limbo, sin que los gobiernos municipales, en cuyos territorios existe presencia de pueblos originarios, hayan integrado áreas dentro de la administración pública para darle atención a las demandas de esos sectores poblacionales.

Tal afirmó la diputada Juliana Arias Calderón, presidente de la comisión legislativa de asuntos indígenas del Congreso mexiquense, tras participar hoy en la primera reunión a la que se convocó a funcionarios de ayuntamiento que presiden las áreas de gobierno de atención a grupos indígenas.

En la sede del Poder Legislativo estatal, la representante popular lamentó que sólo 23 de los 43 municipios del Estado de México, en los que se reconoce la presencia de comunidades étnicas, cuentan con una oficina de asuntos indígenas, y que en localidades conurbadas sea todavía más notoria la ausencia de estos espacios de gobierno en favor de los grupos originarios.

Mencionó que solo 23 gobiernos municipales han cumplido con la disposición de instalar una dirección de asuntos Indígenas o equivalente debido, entre otras razones, a la resistencia de los cabildos para reconocer los derechos de este sector.

A las actuales administraciones, en los 125 ayuntamientos, solo les queda poco menos de seis meses, por lo que se ve remotamente posible que los alcaldes y sus equipos de gobierno puedan formalizar este tipo de áreas gubernamentales para atender a uno de los segmentos poblacionales históricamente olvidados.

La diputada recordó que el decreto 136 de la 60 Legislatura local, publicado el 14 de abril de 2020, estableció la creación de dichas direcciones y sus reglamentos internos en un plazo máximo de 180 días hábiles, el cual venció en enero, y 20 gobiernos municipales hicieron caso omiso.

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Resaltó que el decreto referido adicionó el artículo 87 Bis a la Ley Orgánica Municipal del Estado de México para establecer que los ayuntamientos donde exista población indígena, de acuerdo con la Ley de Derechos y Cultura Indígena del Estado de México, deberán contar con una Dirección de Asuntos Indígenas o su equivalente para atender las solicitudes y propuestas de las personas y comunidades de este grupo vulnerable.

Arias Calderón comentó que muchos de los casos se simuló cumplir lo establecido en la ley, pues las áreas administrativas no están incluidas en los organigramas y no tienen el rango de direcciones, además de que tampoco cuentan con recursos para operar programas y proyectos.

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Las comunidades indígenas del Estado de México siguen en el limbo, sin que los gobiernos municipales, en cuyos territorios existe presencia de pueblos originarios, hayan integrado áreas dentro de la administración pública para darle atención a las demandas de esos sectores poblacionales.

Tal afirmó la diputada Juliana Arias Calderón, presidente de la comisión legislativa de asuntos indígenas del Congreso mexiquense, tras participar hoy en la primera reunión a la que se convocó a funcionarios de ayuntamiento que presiden las áreas de gobierno de atención a grupos indígenas.

En la sede del Poder Legislativo estatal, la representante popular lamentó que sólo 23 de los 43 municipios del Estado de México, en los que se reconoce la presencia de comunidades étnicas, cuentan con una oficina de asuntos indígenas, y que en localidades conurbadas sea todavía más notoria la ausencia de estos espacios de gobierno en favor de los grupos originarios.

Mencionó que solo 23 gobiernos municipales han cumplido con la disposición de instalar una dirección de asuntos Indígenas o equivalente debido, entre otras razones, a la resistencia de los cabildos para reconocer los derechos de este sector.

A las actuales administraciones, en los 125 ayuntamientos, solo les queda poco menos de seis meses, por lo que se ve remotamente posible que los alcaldes y sus equipos de gobierno puedan formalizar este tipo de áreas gubernamentales para atender a uno de los segmentos poblacionales históricamente olvidados.

La diputada recordó que el decreto 136 de la 60 Legislatura local, publicado el 14 de abril de 2020, estableció la creación de dichas direcciones y sus reglamentos internos en un plazo máximo de 180 días hábiles, el cual venció en enero, y 20 gobiernos municipales hicieron caso omiso.

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Resaltó que el decreto referido adicionó el artículo 87 Bis a la Ley Orgánica Municipal del Estado de México para establecer que los ayuntamientos donde exista población indígena, de acuerdo con la Ley de Derechos y Cultura Indígena del Estado de México, deberán contar con una Dirección de Asuntos Indígenas o su equivalente para atender las solicitudes y propuestas de las personas y comunidades de este grupo vulnerable.

Arias Calderón comentó que muchos de los casos se simuló cumplir lo establecido en la ley, pues las áreas administrativas no están incluidas en los organigramas y no tienen el rango de direcciones, además de que tampoco cuentan con recursos para operar programas y proyectos.

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