/ domingo 31 de octubre de 2021

Multa, arrastre y corralón: este es el costo de invadir el carril del Mexibús

Las sanciones por invadir los carriles confinados en el Estado de México son más severas, aunque los automovilistas podrán obtener descuentos al realizar pagos oportunos

Una de las constantes en las cuatro líneas del Mexibús en el Estado de México es la afectación en los recorridos por la invasión del carril confinado, que además de retrasos en los traslados, pone en riesgo la integridad de los mexiquenses que ocupan este transporte público.

Ante el riesgo al que exponen los automovilistas y operadores del transporte a usuarios del Mexibús las sanciones en territorio mexiquense son más severas, pues además de pagar una multa los vehículos infractores serán remitidos al depósito vehicular.

El Articulo 90 del Reglamento de Tránsito del Estado de México en su fracción VII suscribe que son obligaciones de los automovilistas, “Respetar los carriles, derecho de circulación y de contraflujo o confinado, para los vehículos de transporte público, masivo o de alta capacidad”.

En caso de ser detenidos invadiendo el carril del Mexibús los automovilistas tendrán que pagar una sanción de 20 Unidades de Medida y Actualización, un aproximado de mil 792 pesos. Además, la fracción cuarta del Artículo 118 especifica que la invasión del carril confinado será motivo para la “retención de cualquier vehículo, remitiéndolo de inmediato al depósito más cercano”.

Cabe destacar que son dos las autoridades que podrán sancionar a los automovilistas que invadan el carril confinado, una de estas son las Agentes de Tránsito de la Secretaría de Seguridad del Estado de México, quienes portan una terminal electrónica conocida como “Hand held” con la que el automovilista podrá pagar su multa con una tarjeta bancaria.

De igual forma las policías de tránsito municipales cuyo territorio cuente con carril confinado del Mexibús podrán realizar las remisiones de los vehículos a los depósitos vehiculares, así como infraccionar a los automovilistas.

Destaca que los infractores tendrán descuentos por pronto pago, es decir, les descontarán el 70% de la multa si pagan el mismo día en que se cometió la infracción, o 50% si lo hace en los primeros 14 días.

Dentro de la entidad mexiquense el costo aproximado del arrastre oscila entre los 282 y 788 pesos, el cual dependerá del tipo de grúa y su capacidad máxima de carga, además, de que después de los primeros 10 kilómetros de arrastre el costo por kilómetro adicional tendrá un costo extra.

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Finalmente, la custodia dentro del depósito vehicular por día para autos compactos o vagonetas es de 30 pesos, de acuerdo al tabulador de la Secretaría de Movilidad del Estado de México.

En caso de que los automovilistas deseen una asesoría sobre las multas e infracciones referentes al Reglamento de Tránsito podrán marcar al Módulo de Infracción Transparente (800 900 3300), en donde podrán obtener atención personalizada sobre los procedimientos a realizar en caso de ser infraccionados.

Síguenos en Facebook: La Prensa Oficial y en Twitter: @laprensaoem

Una de las constantes en las cuatro líneas del Mexibús en el Estado de México es la afectación en los recorridos por la invasión del carril confinado, que además de retrasos en los traslados, pone en riesgo la integridad de los mexiquenses que ocupan este transporte público.

Ante el riesgo al que exponen los automovilistas y operadores del transporte a usuarios del Mexibús las sanciones en territorio mexiquense son más severas, pues además de pagar una multa los vehículos infractores serán remitidos al depósito vehicular.

El Articulo 90 del Reglamento de Tránsito del Estado de México en su fracción VII suscribe que son obligaciones de los automovilistas, “Respetar los carriles, derecho de circulación y de contraflujo o confinado, para los vehículos de transporte público, masivo o de alta capacidad”.

En caso de ser detenidos invadiendo el carril del Mexibús los automovilistas tendrán que pagar una sanción de 20 Unidades de Medida y Actualización, un aproximado de mil 792 pesos. Además, la fracción cuarta del Artículo 118 especifica que la invasión del carril confinado será motivo para la “retención de cualquier vehículo, remitiéndolo de inmediato al depósito más cercano”.

Cabe destacar que son dos las autoridades que podrán sancionar a los automovilistas que invadan el carril confinado, una de estas son las Agentes de Tránsito de la Secretaría de Seguridad del Estado de México, quienes portan una terminal electrónica conocida como “Hand held” con la que el automovilista podrá pagar su multa con una tarjeta bancaria.

De igual forma las policías de tránsito municipales cuyo territorio cuente con carril confinado del Mexibús podrán realizar las remisiones de los vehículos a los depósitos vehiculares, así como infraccionar a los automovilistas.

Destaca que los infractores tendrán descuentos por pronto pago, es decir, les descontarán el 70% de la multa si pagan el mismo día en que se cometió la infracción, o 50% si lo hace en los primeros 14 días.

Dentro de la entidad mexiquense el costo aproximado del arrastre oscila entre los 282 y 788 pesos, el cual dependerá del tipo de grúa y su capacidad máxima de carga, además, de que después de los primeros 10 kilómetros de arrastre el costo por kilómetro adicional tendrá un costo extra.

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Finalmente, la custodia dentro del depósito vehicular por día para autos compactos o vagonetas es de 30 pesos, de acuerdo al tabulador de la Secretaría de Movilidad del Estado de México.

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