/ martes 14 de julio de 2020

Modifica el SAT local las reglas de distribución de multas federales

Del total de las multas recaudadas se constituirán los fondos correspondientes

Ciudad de México.- La El Servicio de Administración Pública (SAT) de la Ciudad de México dio a conocer que se modificaron las reglas de carácter general para la constitución y distribución de los fondos de productividad provenientes de multas federales.

Del total de las multas recaudadas se constituirán los fondos correspondientes, 5% se destinará al Fondo para la Capacitación de los servidores Públicos de la Secretaría de Administración y Finanzas de acuerdo con el Programa Anual de Capacitación, dictaminado por la entonces Subsecretaría de Capital Humano y Administración ahora Dirección General de Administración de Personal de la Secretaría de Administración y Finanzas de la Ciudad de México.

Una vez descontado el 5% del Fondo de Capacitación señalado en la Regla Quinta, el 95% restante será distribuido.

Si hubiera medio de defensa en contra de las multas cobradas, del referido 95%, el 50% constituirá el Fondo de Incentivos para el personal de la Procuraduría Fiscal que se establece en la regla Quinta Ter de las presentes Reglas.

El otro 50% se distribuirá entre el personal de la Subtesorería de Fiscalización a través de los fondos de estímulos por productividad y cumplimiento previstos en las presentes Reglas.

En caso contrario, el total se distribuirá entre el personal de la Subtesorería de Fiscalización a través de los fondos de estímulos por productividad y cumplimiento previstos en las presentes Reglas.

En el caso de que hubiere existido controversia, el personal de la Procuraduría Fiscal, que intervino en la substanciación del juicio y/o recurso o procedimiento de revocación en materia de contribuciones federales coordinadas, y que se enuncia a continuación, participará en partes iguales conforme a los siguientes porcentajes:

40% se repartirá entre el personal que dictamine y revise los proyectos de los medios de defensa; 20% se repartirá entre el personal técnico operativo que intervenga dentro de la substanciación de los medios de defensa.

40% para el personal que revise y/o, apruebe los proyectos de las actuaciones para substanciar los medios de defensa, distribuidos en 24% para el personal del nivel 29 hasta el nivel 32.5, 16% para el personal del nivel 40.5 hasta el nivel 45.

Del 24% y 16% referente al porcentaje de participación para el personal que revise y/o, apruebe los proyectos de las actuaciones para substanciar los medios de defensa; el 14% y 8% pasarán de manera directa al monto de los recursos que no se repartieren derivados de la aplicación del monto máximo de participación individual.

Ciudad de México.- La El Servicio de Administración Pública (SAT) de la Ciudad de México dio a conocer que se modificaron las reglas de carácter general para la constitución y distribución de los fondos de productividad provenientes de multas federales.

Del total de las multas recaudadas se constituirán los fondos correspondientes, 5% se destinará al Fondo para la Capacitación de los servidores Públicos de la Secretaría de Administración y Finanzas de acuerdo con el Programa Anual de Capacitación, dictaminado por la entonces Subsecretaría de Capital Humano y Administración ahora Dirección General de Administración de Personal de la Secretaría de Administración y Finanzas de la Ciudad de México.

Una vez descontado el 5% del Fondo de Capacitación señalado en la Regla Quinta, el 95% restante será distribuido.

Si hubiera medio de defensa en contra de las multas cobradas, del referido 95%, el 50% constituirá el Fondo de Incentivos para el personal de la Procuraduría Fiscal que se establece en la regla Quinta Ter de las presentes Reglas.

El otro 50% se distribuirá entre el personal de la Subtesorería de Fiscalización a través de los fondos de estímulos por productividad y cumplimiento previstos en las presentes Reglas.

En caso contrario, el total se distribuirá entre el personal de la Subtesorería de Fiscalización a través de los fondos de estímulos por productividad y cumplimiento previstos en las presentes Reglas.

En el caso de que hubiere existido controversia, el personal de la Procuraduría Fiscal, que intervino en la substanciación del juicio y/o recurso o procedimiento de revocación en materia de contribuciones federales coordinadas, y que se enuncia a continuación, participará en partes iguales conforme a los siguientes porcentajes:

40% se repartirá entre el personal que dictamine y revise los proyectos de los medios de defensa; 20% se repartirá entre el personal técnico operativo que intervenga dentro de la substanciación de los medios de defensa.

40% para el personal que revise y/o, apruebe los proyectos de las actuaciones para substanciar los medios de defensa, distribuidos en 24% para el personal del nivel 29 hasta el nivel 32.5, 16% para el personal del nivel 40.5 hasta el nivel 45.

Del 24% y 16% referente al porcentaje de participación para el personal que revise y/o, apruebe los proyectos de las actuaciones para substanciar los medios de defensa; el 14% y 8% pasarán de manera directa al monto de los recursos que no se repartieren derivados de la aplicación del monto máximo de participación individual.

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