/ viernes 17 de julio de 2020

Marcha atrás a la iniciativa de Morena en materia de arrendamiento

Es un tema polémico y queremos compartirles que no existen condiciones por el momento para poder llevar a cabo dichas modificaciones

El grupo parlamentario de Morena en el Congreso de la Ciudad de México cedió a las críticas, anunciando su coordinadora, Martha Ávila Ventura que, al no haber condiciones, se le da marcha atrás a la iniciativa promovida por la diputada Valentina Batres Guadarrama de reformar El Código Civil en materia de arrendamiento.

Al respecto, el presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales e Iniciativas Ciudadanas del Poder Legislativo local, Nazario Norberto Sánchez, consideró la propuesta del rubro inquilinario no podría proceder, al violar el derecho de la propiedad privada con el intento de disminuir las garantías jurídicas que un propietario puede tener sobre su inmueble cuando lo ponga en renta.

Martha Ávila declaró: “hemos escuchado con atención diversas voces, unas a favor, otras en contra; "Veamos que es un tema político y queremos compartir que no existen condiciones por el momento para poder llevar a cabo las modificaciones".

Al no aguantar la presión de resistencia contra la iniciativa, la fracción morenista reculó y la dirección de la diputación aceptó qué se requiere más tiempo para poder construir con todos los actores un dictamen que no viola los derechos de las partes en los contratos de arrendamiento.

“Les pedimos su voto de confianza y las informaciones que nuestro actuar en todo momento serán para los habitantes de esta ciudad, nuestra casa, una ciudad de derechos”, dijeron Ávila Ventura.

Por su parte, Norberto Sánchez, también de Morena, consideró que una afrenta de la iniciativa era pretendiente ampliar el plazo de 1 a 3 años obligatorios para arrendar un inmueble, establecer un tiempo forzoso sin que el dueño pueda disponer de su propiedad.

Y declaró: “es una propuesta que no representa el sentir del grupo parlamentario de Morena y es perfectible; nosotros tampoco estamos de acuerdo en que se prohíba la existencia de un fiador, porque en caso de adeudos no podríamos exigir el pago al no existir un deudor solidario o una persona a quien demande jurídicamente y eso lo expresaremos en su momento durante el análisis del proyecto de reforma en la Comisión de Administración y Procuración de Justicia de la cual soy integrante ".

Considerado que era prácticamente imposible, tal cual se encontró la propuesta que ya está en la congeladora legislativa, a la vez que sostuvo que el derecho a la vivienda debe ser velado y garantizado por el Estado hacia sus gobernados y no los particulares.

Definir el contrato de arrendamiento se da en función a una necesidad de vivienda del arrendatario, un cambio del pago de una renta por ocupar el inmueble del arrendador.

Nazario Sánchez expuso que, de acuerdo con la Declaración Universal de los Derechos Humanos, toda persona tiene derecho a la propiedad de manera individual y colectiva y nadie puede ser privado de su propiedad arbitrariamente. Actualmente se exige a los gobiernos de los países que tienen derecho a sus ciudadanos, hombres y mujeres, acceso a los derechos de propiedad.

“En México, la propiedad puede ser pública, social y privada, esta última es el derecho que tiene una persona física o moral particular para gozar y disponer de sus bienes con las limitaciones establecidas por la ley”, indicaron.

Puntualizó que la propiedad privada encuentra su fundamento en el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que en su primer párrafo establece: “la propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional corresponde originalmente a la Nación , la cual tiene y tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas en particular, constituyendo la propiedad privada ”.

El grupo parlamentario de Morena en el Congreso de la Ciudad de México cedió a las críticas, anunciando su coordinadora, Martha Ávila Ventura que, al no haber condiciones, se le da marcha atrás a la iniciativa promovida por la diputada Valentina Batres Guadarrama de reformar El Código Civil en materia de arrendamiento.

Al respecto, el presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales e Iniciativas Ciudadanas del Poder Legislativo local, Nazario Norberto Sánchez, consideró la propuesta del rubro inquilinario no podría proceder, al violar el derecho de la propiedad privada con el intento de disminuir las garantías jurídicas que un propietario puede tener sobre su inmueble cuando lo ponga en renta.

Martha Ávila declaró: “hemos escuchado con atención diversas voces, unas a favor, otras en contra; "Veamos que es un tema político y queremos compartir que no existen condiciones por el momento para poder llevar a cabo las modificaciones".

Al no aguantar la presión de resistencia contra la iniciativa, la fracción morenista reculó y la dirección de la diputación aceptó qué se requiere más tiempo para poder construir con todos los actores un dictamen que no viola los derechos de las partes en los contratos de arrendamiento.

“Les pedimos su voto de confianza y las informaciones que nuestro actuar en todo momento serán para los habitantes de esta ciudad, nuestra casa, una ciudad de derechos”, dijeron Ávila Ventura.

Por su parte, Norberto Sánchez, también de Morena, consideró que una afrenta de la iniciativa era pretendiente ampliar el plazo de 1 a 3 años obligatorios para arrendar un inmueble, establecer un tiempo forzoso sin que el dueño pueda disponer de su propiedad.

Y declaró: “es una propuesta que no representa el sentir del grupo parlamentario de Morena y es perfectible; nosotros tampoco estamos de acuerdo en que se prohíba la existencia de un fiador, porque en caso de adeudos no podríamos exigir el pago al no existir un deudor solidario o una persona a quien demande jurídicamente y eso lo expresaremos en su momento durante el análisis del proyecto de reforma en la Comisión de Administración y Procuración de Justicia de la cual soy integrante ".

Considerado que era prácticamente imposible, tal cual se encontró la propuesta que ya está en la congeladora legislativa, a la vez que sostuvo que el derecho a la vivienda debe ser velado y garantizado por el Estado hacia sus gobernados y no los particulares.

Definir el contrato de arrendamiento se da en función a una necesidad de vivienda del arrendatario, un cambio del pago de una renta por ocupar el inmueble del arrendador.

Nazario Sánchez expuso que, de acuerdo con la Declaración Universal de los Derechos Humanos, toda persona tiene derecho a la propiedad de manera individual y colectiva y nadie puede ser privado de su propiedad arbitrariamente. Actualmente se exige a los gobiernos de los países que tienen derecho a sus ciudadanos, hombres y mujeres, acceso a los derechos de propiedad.

“En México, la propiedad puede ser pública, social y privada, esta última es el derecho que tiene una persona física o moral particular para gozar y disponer de sus bienes con las limitaciones establecidas por la ley”, indicaron.

Puntualizó que la propiedad privada encuentra su fundamento en el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que en su primer párrafo establece: “la propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional corresponde originalmente a la Nación , la cual tiene y tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas en particular, constituyendo la propiedad privada ”.

Policiaca

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