/ jueves 7 de enero de 2021

Ley de Amnistía en Edomex podrá liberar a narcomenudistas "pobres"

Campesinos, indígenas y personas en extrema vulnerabilidad, se beneficiarán con la entrada en vigor de este nuevo marco jurídico

Las personas que vivan en el Estado de México en extrema pobreza, que haya sido obligadas a participar en delitos contra la salud, como el narcomenudeo, podrán acogerse a los beneficios de la nueva Ley de Amnistía, aprobada por el Poder Legislativo local y publicada ya en la Gaceta de Gobierno de la entidad.

Si el estatus de vida de los acusados por distribución de droga "es de extrema vulnerabilidad por su condición de exclusión y discriminación", podrán resultar favorecidos por el citado ordenamiento legal.

En el documento se establece que quienes hayan incurrido en delitos contra la salud "por indicación de su cónyuge, concubinario o concubina, pareja sentimental, pariente consanguíneo o por afinidad sin limitación de grado", previa revisión exhaustiva del caso, serán susceptibles de acogerse a la Ley de Amnistía.

Asimismo, se establecen las bases para decretar la liberación de personas vinculadas a proceso o con sentencias firmes ante los tribunales del orden común, por distintos delitos cometidos hasta la fecha de entrada en vigor de la ley, siempre y cuando no sean reincidentes.

Asimismo, el nuevo ordenamiento legal aclara que no se concederá la amnistía cuando se trate de delitos que atenten contra la vida, la libertad o la integridad personal, salvo las excepciones expresamente previstas en esta ley.

También señala que se decretará amnistía bajo los supuestos por aborto, en cualquiera de sus modalidades, previsto en el Código Penal, cuando se impute a la madre la interrupción del embarazo, o bien se impute a las y los médicos, cirujanos, comadronas o parteras u otro personal autorizado de servicios de la salud que hayan auxiliado en la interrupción del embarazo, siempre que la acción se ejerciera sin violencia y con el consentimiento de la madre que cursaba por un proceso de gestación.

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La ley estipula posibles beneficios a diversos casos, por ejemplo, con campesinos o indígenas que hayan defendido legítimamente su tierra, recursos naturales, bosques o sus usos y costumbres, pues éstos podrán acogerse al nuevo marco jurídico.

La administración del Estado de México publicó en su Gaceta de Gobierno la Ley de Amnistía de la entidad, con lo cual esa norma entró en vigor este seis de enero y empiezan a correr los plazos para instalar los órganos que ahí se contemplan.

Al respecto, el activista y autor de una de las iniciativas en la materia, Humbertus Pérez Espinoza, quien durante el sexenio pasado estuvo encarcelado por motivos políticos, afirmó a través de sus redes sociales que el contenido e impacto de la ley y destacó la importancia de los artículos 16 y 17, relativos a la creación de una comisión legislativa para revisar casos de presuntas violaciones de derechos y fabricación de delitos.

Diputados del Estado de México determinaron que con base al artículo 16, la LX Legislatura integrará una Comisión Especial para dar seguimiento a lo ordenado en esta ley y para conocer de casos que por su relevancia son puestos a su consideración por encuadrar en supuestos de violación de derechos o fallas en la aplicación de alguno de los principios penales del sistema acusatorio, o la plena presunción de fabricación de delitos.

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Las personas que vivan en el Estado de México en extrema pobreza, que haya sido obligadas a participar en delitos contra la salud, como el narcomenudeo, podrán acogerse a los beneficios de la nueva Ley de Amnistía, aprobada por el Poder Legislativo local y publicada ya en la Gaceta de Gobierno de la entidad.

Si el estatus de vida de los acusados por distribución de droga "es de extrema vulnerabilidad por su condición de exclusión y discriminación", podrán resultar favorecidos por el citado ordenamiento legal.

En el documento se establece que quienes hayan incurrido en delitos contra la salud "por indicación de su cónyuge, concubinario o concubina, pareja sentimental, pariente consanguíneo o por afinidad sin limitación de grado", previa revisión exhaustiva del caso, serán susceptibles de acogerse a la Ley de Amnistía.

Asimismo, se establecen las bases para decretar la liberación de personas vinculadas a proceso o con sentencias firmes ante los tribunales del orden común, por distintos delitos cometidos hasta la fecha de entrada en vigor de la ley, siempre y cuando no sean reincidentes.

Asimismo, el nuevo ordenamiento legal aclara que no se concederá la amnistía cuando se trate de delitos que atenten contra la vida, la libertad o la integridad personal, salvo las excepciones expresamente previstas en esta ley.

También señala que se decretará amnistía bajo los supuestos por aborto, en cualquiera de sus modalidades, previsto en el Código Penal, cuando se impute a la madre la interrupción del embarazo, o bien se impute a las y los médicos, cirujanos, comadronas o parteras u otro personal autorizado de servicios de la salud que hayan auxiliado en la interrupción del embarazo, siempre que la acción se ejerciera sin violencia y con el consentimiento de la madre que cursaba por un proceso de gestación.

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La ley estipula posibles beneficios a diversos casos, por ejemplo, con campesinos o indígenas que hayan defendido legítimamente su tierra, recursos naturales, bosques o sus usos y costumbres, pues éstos podrán acogerse al nuevo marco jurídico.

La administración del Estado de México publicó en su Gaceta de Gobierno la Ley de Amnistía de la entidad, con lo cual esa norma entró en vigor este seis de enero y empiezan a correr los plazos para instalar los órganos que ahí se contemplan.

Al respecto, el activista y autor de una de las iniciativas en la materia, Humbertus Pérez Espinoza, quien durante el sexenio pasado estuvo encarcelado por motivos políticos, afirmó a través de sus redes sociales que el contenido e impacto de la ley y destacó la importancia de los artículos 16 y 17, relativos a la creación de una comisión legislativa para revisar casos de presuntas violaciones de derechos y fabricación de delitos.

Diputados del Estado de México determinaron que con base al artículo 16, la LX Legislatura integrará una Comisión Especial para dar seguimiento a lo ordenado en esta ley y para conocer de casos que por su relevancia son puestos a su consideración por encuadrar en supuestos de violación de derechos o fallas en la aplicación de alguno de los principios penales del sistema acusatorio, o la plena presunción de fabricación de delitos.

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