/ lunes 9 de agosto de 2021

Expiden Ley de Salud para dar atención a población sin seguridad social en la Ciudad de México

La nueva ley considera como prioritaria la atención a la salud sexual, reproductiva y de planificación familiar; la prevención y atención del cáncer y del VIH Sida; así como lo relacionado con la atención materno-infantil, etc

El Gobierno capitalino expidió una nueva Ley de Salud de la Ciudad de México, cuyo propósito primordial es garantizar el Derecho a la Salud para todos los habitantes de la capital, independientemente de su edad, género, condición económica o social, identidad étnica o cualquier otra característica.

Y para llevar a cabo lo anterior, el Gobierno de la Ciudad de México publicó el decreto por el cual se abroga la Ley de Salud del Distrito Federal y se expide la nueva.

La nueva ley considera como prioritaria la atención a la salud sexual, reproductiva y de planificación familiar; la prevención y atención del cáncer y del VIH Sida; así como lo relacionado con la atención materno-infantil, la interrupción legal del embarazo, la salud bucal, auditiva, mental, y la salud de las personas adultas mayores.

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El Gobierno de la Ciudad de México, a través de órganos y dependencias, en coordinación con el Instituto de Salud para el Bienestar (INSABI), tienen la obligación de garantizar la extensión progresiva, cuantitativa y cualitativa de servicios de salud, particularmente para la atención integral de las personas que no cuentan con seguridad social, quienes también tienen derecho a recibir los medicamentos e insumos necesarios.

La salud para los capitalinos deberán regirse por los principios de equidad, gratuidad, interculturalidad, perspectiva de género, no discriminación, solidaridad, universalidad y el interés superior de los niños y adolescentes.

También se informa que el presupuesto que se asignará a la Secretaría de Salud de la Ciudad de México para la promoción de la salud, la prevención, la atención, la curación de las enfermedades, la rehabilitación de las discapacidades y la seguridad sanitaria no deberá ser inferior, en términos reales, al del año fiscal anterior.

Y se establece que la asignación de recursos debe crecer a la par de las condiciones de morbimortalidad de la población sin seguridad social, considerando la pirámide poblacional, la transición epidemiológica y las emergencias epidemiológicas y sanitarias.

Y se indica que el Congreso capitalino procurará que aumente gradualmente el presupuesto de la Secretaría de Salud local en la aprobación respectiva de cada año.

Además, la Secretaría de Salud de la Ciudad de México (SEDESA), deberá realizar y promover acciones de fomento y protección a la salud a través del Modelo de Atención Integral “Salud en tu Vida”, que incidan sobre los individuos y la colectividad para obtener un estilo de vida que les permita alcanzar una mayor longevidad, con el disfrute de una vida plena y de calidad.

Los pacientes recibirán un trato digno, respetuoso y de calidad; recibir atención médica adecuada, oportuna y eficaz; así como atención médica en caso de urgencia y el medicamento requerido, de acuerdo al catálogo de medicamentos e insumos autorizados.

Y se decretan como prioritarias la participación de las personas y de la comunidad en los programas de salud y en la prestación de los servicios respectivos; y, las acciones dirigidas a la contención de riesgos y daños en zonas de alta y muy alta marginación.

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También se establece la creación del Sistema de Salud de la ciudad, órgano que se encargará de planear, organizar, operar, supervisar y evaluar la prestación de los servicios de salud para los capitalinos; de igual forma, se crea la Comisión de Bioética de la Ciudad de México, que tendrá por objeto promover la creación de una cultura bioética en los centros hospitalarios y de salud en la ciudad, así como fomentar una actitud de reflexión, deliberación y discusión multidisciplinaria, laica y democrática de los temas vinculados con la salud humana.

Además, se da lugar al Sistema de Alerta Sanitaria y al Laboratorio de Salud Pública de la Ciudad de México, enfocados en definir estrategias, acciones inmediatas y advertir acerca de las condiciones derivadas de una alerta sanitaria o epidemiológica, así como de realizar las pruebas de laboratorio para el análisis de riesgos sanitarios y la vigilancia epidemiológica en la ciudad.

Asimismo, se concede a las personas Acción Popular para denunciar ante las autoridades sanitarias todo hecho, acto u omisión que represente un riesgo o provoque un daño a la salud de la población.Expide GCDMX Ley de Salud para dar atención a población sin seguridad social.

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El Gobierno capitalino expidió una nueva Ley de Salud de la Ciudad de México, cuyo propósito primordial es garantizar el Derecho a la Salud para todos los habitantes de la capital, independientemente de su edad, género, condición económica o social, identidad étnica o cualquier otra característica.

Y para llevar a cabo lo anterior, el Gobierno de la Ciudad de México publicó el decreto por el cual se abroga la Ley de Salud del Distrito Federal y se expide la nueva.

La nueva ley considera como prioritaria la atención a la salud sexual, reproductiva y de planificación familiar; la prevención y atención del cáncer y del VIH Sida; así como lo relacionado con la atención materno-infantil, la interrupción legal del embarazo, la salud bucal, auditiva, mental, y la salud de las personas adultas mayores.

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El Gobierno de la Ciudad de México, a través de órganos y dependencias, en coordinación con el Instituto de Salud para el Bienestar (INSABI), tienen la obligación de garantizar la extensión progresiva, cuantitativa y cualitativa de servicios de salud, particularmente para la atención integral de las personas que no cuentan con seguridad social, quienes también tienen derecho a recibir los medicamentos e insumos necesarios.

La salud para los capitalinos deberán regirse por los principios de equidad, gratuidad, interculturalidad, perspectiva de género, no discriminación, solidaridad, universalidad y el interés superior de los niños y adolescentes.

También se informa que el presupuesto que se asignará a la Secretaría de Salud de la Ciudad de México para la promoción de la salud, la prevención, la atención, la curación de las enfermedades, la rehabilitación de las discapacidades y la seguridad sanitaria no deberá ser inferior, en términos reales, al del año fiscal anterior.

Y se establece que la asignación de recursos debe crecer a la par de las condiciones de morbimortalidad de la población sin seguridad social, considerando la pirámide poblacional, la transición epidemiológica y las emergencias epidemiológicas y sanitarias.

Y se indica que el Congreso capitalino procurará que aumente gradualmente el presupuesto de la Secretaría de Salud local en la aprobación respectiva de cada año.

Además, la Secretaría de Salud de la Ciudad de México (SEDESA), deberá realizar y promover acciones de fomento y protección a la salud a través del Modelo de Atención Integral “Salud en tu Vida”, que incidan sobre los individuos y la colectividad para obtener un estilo de vida que les permita alcanzar una mayor longevidad, con el disfrute de una vida plena y de calidad.

Los pacientes recibirán un trato digno, respetuoso y de calidad; recibir atención médica adecuada, oportuna y eficaz; así como atención médica en caso de urgencia y el medicamento requerido, de acuerdo al catálogo de medicamentos e insumos autorizados.

Y se decretan como prioritarias la participación de las personas y de la comunidad en los programas de salud y en la prestación de los servicios respectivos; y, las acciones dirigidas a la contención de riesgos y daños en zonas de alta y muy alta marginación.

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También se establece la creación del Sistema de Salud de la ciudad, órgano que se encargará de planear, organizar, operar, supervisar y evaluar la prestación de los servicios de salud para los capitalinos; de igual forma, se crea la Comisión de Bioética de la Ciudad de México, que tendrá por objeto promover la creación de una cultura bioética en los centros hospitalarios y de salud en la ciudad, así como fomentar una actitud de reflexión, deliberación y discusión multidisciplinaria, laica y democrática de los temas vinculados con la salud humana.

Además, se da lugar al Sistema de Alerta Sanitaria y al Laboratorio de Salud Pública de la Ciudad de México, enfocados en definir estrategias, acciones inmediatas y advertir acerca de las condiciones derivadas de una alerta sanitaria o epidemiológica, así como de realizar las pruebas de laboratorio para el análisis de riesgos sanitarios y la vigilancia epidemiológica en la ciudad.

Asimismo, se concede a las personas Acción Popular para denunciar ante las autoridades sanitarias todo hecho, acto u omisión que represente un riesgo o provoque un daño a la salud de la población.Expide GCDMX Ley de Salud para dar atención a población sin seguridad social.

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