/ domingo 27 de febrero de 2022

En estos casos se ampliará el periodo para verificar autos en CDMX

Te otorgarán 15 días de ampliación al período a vehículos automotores que en la última semana de su período presenten adeudos por sanciones cívicas ya sean cursos en línea, presenciales o trabajo comunitario

La Secretaría del Medio Ambiente (Sedema) capitalina aclaró en qué casos se hará efectiva la ampliación de 15 días naturales para verificar los vehículos matriculados en la Ciudad de México.

Si un vehículo es rechazado en el servicio de verificación solo se darán los 15 días de ampliación al período a unidades que fueron rechazadas en la última semana de éste.

Quien haya verificado en los 15 días de prórroga y presente su rechazo vehicular (obtenido en la última semana de su período de verificación), podrá acudir a verificación sin que le requieran el pago de la multa por verificación vehicular extemporánea.

Y se otorgará si no presenta adeudos de infracciones de tránsito, fotocívicas, ambientales o de tenencia.

En el supuesto de que el automotor sea rechazado en el período de ampliación, será solicitada al ciudadano copia fotostática del rechazo de la última semana del período natural y le entregarán el original, con el cual podrá volver a intentar aprobar la verificación cuantas veces sea necesario en esos 15 días de prórroga.

Si después de los 15 días de la ampliación otorgada, el automotor no ha aprobado la verificación vehicular, deberá presentar el pago de la multa por verificación vehicular extemporánea. Se le podrá otorgar un descuento del 50 por ciento en la referida multa.

En caso de que las unidades presenten adeudos de infracciones cuyo pago no se refleja.

Cuando el ciudadano acuda al centro de verificación en la última semana del período, el centro revisará los adeudos de infracciones de tránsito del automotor y, en caso de que existan, se solicitará al ciudadano el documento que acredite el pago de estas.

Se revisará que los pagos cubran la totalidad de los interacciones y, de cumplirse con estas condiciones, le sellarán la consulta de adeudos y colocarán una leyenda que indique: “El ciudadano mostró documentos que acreditan el pago de estas infracciones, la autenticidad de estos y resolver ante la SAF la acreditación de los mismos, es responsabilidad del ciudadano”.

El ciudadano deberá presentar su consulta de adeudos sellada por el centro y con la leyenda mencionada. En este caso también deberá consultarse los adeudos en el portal de la Agencia Digital de Innovación Pública (ADIP), en los links antes mencionados.

En el supuesto que el automotor sea rechazado en el período de ampliación o que no pueda realizar la prueba por tener adeudos de infracciones de tránsito, de fotocívicas, ambientales o de tenencia, se hará acreedor a la multa por verificación extemporánea al concluir los 15 días de prórroga. En caso de que no se refleje el pago de las infracciones ya pagadas y tras concluir los 15 días de ampliación, se orientará al ciudadano para que acuda ante la SAF para resolver esta situación.

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Si después de los 15 días de la ampliación otorgada, el vehículo no ha aprobado la verificación vehicular, el centro prestará el servicio solicitando el pago de la multa por verificación vehicular extemporánea, la cual podrá tener un descuento del 50 por ciento.

La dependencia también explica que se otorgarán 15 días de ampliación al período a vehículos automotores que en la última semana de su período presenten adeudos por sanciones cívicas ya sean cursos en línea, presenciales o trabajo comunitario.

Al ciudadano que acuda al centro de verificación en la última semana del período, el centro revisará los adeudos de sanciones cívicas y, en caso de que existan, se entregará la consulta de adeudos sellada y se le informará que no podrá verificar en tanto no resuelva su situación.

Y podrá realizar el o los cursos en línea dentro de las instalaciones del centro de verificación. En caso de aprobar los cursos, se puede hacer la verificación vehicular ese mismo día.

En el caso de que el automotor no haya sido verificado en su período, se solicitará al ciudadano, adicional a los requisitos establecidos en el PVVO, la consulta de adeudos sellada por el mismo centro, en donde muestre que en la última semana de su período tenía adeudos por fotos cívicas. Deberá consultar el estatus de adeudo en el portal de la ADIP.

La consulta deberá estar sellada y no tenga adeudos de infracciones de tránsito, de fotocívicas, ambientales o de tenencia, se procederá con la verificación vehicular sin solicitarle multa por verificación extemporánea.

Si la unidad es rechazada en el período de ampliación o que no pueda realizar la prueba por tener adeudos de infracciones de tránsito, de fotos cívicas, ambientales o de tenencia, se hará acreedor a la multa por verificación extemporánea al concluir los 15 días de prórroga.

Si después de los 15 días de la ampliación otorgada el vehículo no ha aprobado la verificación vehicular, el centro le prestará el servicio solicitándole el pago de la multa por verificación vehicular extemporánea, la cual podrá ser por un monto del 50 por ciento de descuento.

La ampliación para cada periodo se sujeta al siguiente calendario: los vehículos con engomado amarilla con término de placa 5 o 6 tienen como fecha límite el 15 de marzo para verificar y la última semana del período es del 22 al 28 de febrero de este año.

El rosa terminación 6 u 8 tiene como fecha límite para verificar será el 15 de abril y la última semana del período será del 25 al 31 de marzo en tanto que los vehículos con engomado rojo y terminación de placas 3 o 4, tienen como límite el 15 de mayo para acudir a verificar y la la última semana del período será del 24 al 30 de abril.

Los de engomado verde terminal terminación de placas 1 o 2 tendrán como límite paga verificar el 15 de julio y del 25 al 31 de Mayo es la última semana del período. En tanto que aquellos autos con engomado azul y terminación de placa 9 o 0 tienen hasta el 15 de julio para verificar y del 25 al 30 de junio será la última semana del período.

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La Secretaría del Medio Ambiente (Sedema) capitalina aclaró en qué casos se hará efectiva la ampliación de 15 días naturales para verificar los vehículos matriculados en la Ciudad de México.

Si un vehículo es rechazado en el servicio de verificación solo se darán los 15 días de ampliación al período a unidades que fueron rechazadas en la última semana de éste.

Quien haya verificado en los 15 días de prórroga y presente su rechazo vehicular (obtenido en la última semana de su período de verificación), podrá acudir a verificación sin que le requieran el pago de la multa por verificación vehicular extemporánea.

Y se otorgará si no presenta adeudos de infracciones de tránsito, fotocívicas, ambientales o de tenencia.

En el supuesto de que el automotor sea rechazado en el período de ampliación, será solicitada al ciudadano copia fotostática del rechazo de la última semana del período natural y le entregarán el original, con el cual podrá volver a intentar aprobar la verificación cuantas veces sea necesario en esos 15 días de prórroga.

Si después de los 15 días de la ampliación otorgada, el automotor no ha aprobado la verificación vehicular, deberá presentar el pago de la multa por verificación vehicular extemporánea. Se le podrá otorgar un descuento del 50 por ciento en la referida multa.

En caso de que las unidades presenten adeudos de infracciones cuyo pago no se refleja.

Cuando el ciudadano acuda al centro de verificación en la última semana del período, el centro revisará los adeudos de infracciones de tránsito del automotor y, en caso de que existan, se solicitará al ciudadano el documento que acredite el pago de estas.

Se revisará que los pagos cubran la totalidad de los interacciones y, de cumplirse con estas condiciones, le sellarán la consulta de adeudos y colocarán una leyenda que indique: “El ciudadano mostró documentos que acreditan el pago de estas infracciones, la autenticidad de estos y resolver ante la SAF la acreditación de los mismos, es responsabilidad del ciudadano”.

El ciudadano deberá presentar su consulta de adeudos sellada por el centro y con la leyenda mencionada. En este caso también deberá consultarse los adeudos en el portal de la Agencia Digital de Innovación Pública (ADIP), en los links antes mencionados.

En el supuesto que el automotor sea rechazado en el período de ampliación o que no pueda realizar la prueba por tener adeudos de infracciones de tránsito, de fotocívicas, ambientales o de tenencia, se hará acreedor a la multa por verificación extemporánea al concluir los 15 días de prórroga. En caso de que no se refleje el pago de las infracciones ya pagadas y tras concluir los 15 días de ampliación, se orientará al ciudadano para que acuda ante la SAF para resolver esta situación.

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Si después de los 15 días de la ampliación otorgada, el vehículo no ha aprobado la verificación vehicular, el centro prestará el servicio solicitando el pago de la multa por verificación vehicular extemporánea, la cual podrá tener un descuento del 50 por ciento.

La dependencia también explica que se otorgarán 15 días de ampliación al período a vehículos automotores que en la última semana de su período presenten adeudos por sanciones cívicas ya sean cursos en línea, presenciales o trabajo comunitario.

Al ciudadano que acuda al centro de verificación en la última semana del período, el centro revisará los adeudos de sanciones cívicas y, en caso de que existan, se entregará la consulta de adeudos sellada y se le informará que no podrá verificar en tanto no resuelva su situación.

Y podrá realizar el o los cursos en línea dentro de las instalaciones del centro de verificación. En caso de aprobar los cursos, se puede hacer la verificación vehicular ese mismo día.

En el caso de que el automotor no haya sido verificado en su período, se solicitará al ciudadano, adicional a los requisitos establecidos en el PVVO, la consulta de adeudos sellada por el mismo centro, en donde muestre que en la última semana de su período tenía adeudos por fotos cívicas. Deberá consultar el estatus de adeudo en el portal de la ADIP.

La consulta deberá estar sellada y no tenga adeudos de infracciones de tránsito, de fotocívicas, ambientales o de tenencia, se procederá con la verificación vehicular sin solicitarle multa por verificación extemporánea.

Si la unidad es rechazada en el período de ampliación o que no pueda realizar la prueba por tener adeudos de infracciones de tránsito, de fotos cívicas, ambientales o de tenencia, se hará acreedor a la multa por verificación extemporánea al concluir los 15 días de prórroga.

Si después de los 15 días de la ampliación otorgada el vehículo no ha aprobado la verificación vehicular, el centro le prestará el servicio solicitándole el pago de la multa por verificación vehicular extemporánea, la cual podrá ser por un monto del 50 por ciento de descuento.

La ampliación para cada periodo se sujeta al siguiente calendario: los vehículos con engomado amarilla con término de placa 5 o 6 tienen como fecha límite el 15 de marzo para verificar y la última semana del período es del 22 al 28 de febrero de este año.

El rosa terminación 6 u 8 tiene como fecha límite para verificar será el 15 de abril y la última semana del período será del 25 al 31 de marzo en tanto que los vehículos con engomado rojo y terminación de placas 3 o 4, tienen como límite el 15 de mayo para acudir a verificar y la la última semana del período será del 24 al 30 de abril.

Los de engomado verde terminal terminación de placas 1 o 2 tendrán como límite paga verificar el 15 de julio y del 25 al 31 de Mayo es la última semana del período. En tanto que aquellos autos con engomado azul y terminación de placa 9 o 0 tienen hasta el 15 de julio para verificar y del 25 al 30 de junio será la última semana del período.

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