/ martes 9 de junio de 2020

Derecho de periodistas en CDMX a no revelar fuentes de información

Publicó gaceta capitalina cambios en la Ley del Secreto Profesional y Cláusula de Conciencia

El gobierno de la Ciudad de México publicó en la Gaceta Oficial el dictamen que aprobó el Congreso capitalino en su última sesión del periodo ordinario, con el que se hicieron modificaciones a la Ley del Secreto Profesional y Cláusula de Conciencia para el Ejercicio Periodístico de la metrópoli.

Al avalar sin discusión las observaciones enviadas por la jefa de gobierno, Claudia Sheinbaum Pardo, en estas leyes se cambió el concepto de periodista por el más amplio de colaborador periodístico, que es toda persona que hace del ejercicio de las libertades de expresión y/o información, su actividad principal o complementaria, ya sea de manera esporádica o regular, sin que se requiera de registro gremial, remuneración o acreditación alguna para su ejercicio.

El presidente de la Comisión de Protección a Periodistas del Poder Legislativo local, Miguel Ángel Salazar Martínez, explicó que con esa ley se cumple el mandato constitucional contenido en el artículo séptimo numeral segundo, apartado C de la Constitución local, además que se inicia el cumplimiento de una deuda que "teníamos con las personas periodistas, específicamente en la cláusula de conciencia y secreto profesional”.

Fue el legislador perredista Jorge Gaviño Ambriz, quien en su momento destacó que la Cláusula de Conciencia tiene su origen en el Derecho italiano, del año 1901, cuando se reconoce a los trabajadores a preservar su ideología, al tiempo que precisó que con lo aprobado queda salvaguardado de una manera transparente y real, lo que es el secreto profesional.

El de la bancada del PRD, aclaró que con las reformas a la ley, "no se obliga al periodista a revelar su fuente de comunicación, de información, su fuente original".

La postura que en torno al tema dio Gaviño Ambriz, es que la Constitución aclara que no se puede obligar a revelar sus fuentes de información, por lo que dijo que se da gran paso a favor de los periodistas, para todos aquellos que trabajan en comunicar los acontecimientos y que hacen posible el derecho a la información y a la libre expresión en la metrópoli.

Esa legislación, abundó, puede ser considerada de avanzada sobre la libertad de expresión en el país, porque se garantiza el derecho de periodistas a no revelar sus fuentes de información.

Mientras el priísta Miguel Ángel Salazar Martínez, recordó fue abrogada la Ley del Secreto Profesional del Periodista en la Ciudad de México, y se expide una nueva ley, que se construyó desde la Comisión de Protección a Periodistas, en coordinación con la Comisión de Normatividad, Estudios y Prácticas Parlamentarias, y con apoyo de legisladores de las diferentes fracciones parlamentarias, autoridades del gobierno capitalino, sociedad civil y diversas asociaciones de profesionales de la comunicación.

Aludió que lo importante es velar por la independencia de los profesionales de la información, lo que ayuda a configurar la opinión pública, y además, que no se vea comprometida por intereses económicos, políticos, sociales o de cualquier otra índole.

El integrante de la bancada del PRI en el Poder Legislativo local, afirmó que la legislación permite cumplir con un mandato constitucional, y atender una deuda con periodistas, específicamente en la cláusula de conciencia y secreto profesional.

La Ley del Secreto Profesional del Periodista en el Distrito Federal, que data de junio del 2006 y modificada en septiembre del 2014, resultó superada por la realidad social, jurídica y política. La cláusula de conciencia representa un límite al abuso del poder editorial y es una garantía para el pluralismo interno de las redacciones.

Cortesía: GCDMX

Los periodistas, al ser citados para comparecer como testigos en procesos jurisdiccionales o en cualquier otro seguido en forma de juicio, pueden reservarse el revelar sus fuentes de información, identificar a sus fuentes, así como excusar las respuestas que pudieran descubrir la identidad de la misma.

En el documento aprobado por diputados el 31 de mayo, quedó integrado el concepto de “colaborador periodístico”, entendido como el de toda persona que hace del ejercicio de las libertades de expresión y/o información su actividad principal o complementaria, ya sea de manera esporádica o regular, sin que se requiera de registro gremial, remuneración o acreditación alguna para su ejercicio.

Se logró respetar la definición del concepto de periodista acorde a lo que ya determinó la Suprema Corte de Justicia de la Nación para quedar: "persona periodista, toda persona que hace del ejercicio de las libertades de expresión y/o información su actividad, de manera permanente; las personas físicas, cuyo trabajo consiste en buscar, recibir, recabar, almacenar, generar, procesar, editar, comentar, opinar, difundir, publicar o proveer información a través de cualquier medio de difusión y comunicación que puede ser impreso, radioeléctrico, digital o imagen, que acredite experiencia o estudios o en su caso título para ejercer el periodismo".

En su oportunidad la jefa de gobierno aclaró que existía la posibilidad de que el secreto profesional quedara vulnerado cuando, por ejemplo, existiera una investigación de delitos por parte del Ministerio Público o de la Policía de Investigación.

(EGS)

El gobierno de la Ciudad de México publicó en la Gaceta Oficial el dictamen que aprobó el Congreso capitalino en su última sesión del periodo ordinario, con el que se hicieron modificaciones a la Ley del Secreto Profesional y Cláusula de Conciencia para el Ejercicio Periodístico de la metrópoli.

Al avalar sin discusión las observaciones enviadas por la jefa de gobierno, Claudia Sheinbaum Pardo, en estas leyes se cambió el concepto de periodista por el más amplio de colaborador periodístico, que es toda persona que hace del ejercicio de las libertades de expresión y/o información, su actividad principal o complementaria, ya sea de manera esporádica o regular, sin que se requiera de registro gremial, remuneración o acreditación alguna para su ejercicio.

El presidente de la Comisión de Protección a Periodistas del Poder Legislativo local, Miguel Ángel Salazar Martínez, explicó que con esa ley se cumple el mandato constitucional contenido en el artículo séptimo numeral segundo, apartado C de la Constitución local, además que se inicia el cumplimiento de una deuda que "teníamos con las personas periodistas, específicamente en la cláusula de conciencia y secreto profesional”.

Fue el legislador perredista Jorge Gaviño Ambriz, quien en su momento destacó que la Cláusula de Conciencia tiene su origen en el Derecho italiano, del año 1901, cuando se reconoce a los trabajadores a preservar su ideología, al tiempo que precisó que con lo aprobado queda salvaguardado de una manera transparente y real, lo que es el secreto profesional.

El de la bancada del PRD, aclaró que con las reformas a la ley, "no se obliga al periodista a revelar su fuente de comunicación, de información, su fuente original".

La postura que en torno al tema dio Gaviño Ambriz, es que la Constitución aclara que no se puede obligar a revelar sus fuentes de información, por lo que dijo que se da gran paso a favor de los periodistas, para todos aquellos que trabajan en comunicar los acontecimientos y que hacen posible el derecho a la información y a la libre expresión en la metrópoli.

Esa legislación, abundó, puede ser considerada de avanzada sobre la libertad de expresión en el país, porque se garantiza el derecho de periodistas a no revelar sus fuentes de información.

Mientras el priísta Miguel Ángel Salazar Martínez, recordó fue abrogada la Ley del Secreto Profesional del Periodista en la Ciudad de México, y se expide una nueva ley, que se construyó desde la Comisión de Protección a Periodistas, en coordinación con la Comisión de Normatividad, Estudios y Prácticas Parlamentarias, y con apoyo de legisladores de las diferentes fracciones parlamentarias, autoridades del gobierno capitalino, sociedad civil y diversas asociaciones de profesionales de la comunicación.

Aludió que lo importante es velar por la independencia de los profesionales de la información, lo que ayuda a configurar la opinión pública, y además, que no se vea comprometida por intereses económicos, políticos, sociales o de cualquier otra índole.

El integrante de la bancada del PRI en el Poder Legislativo local, afirmó que la legislación permite cumplir con un mandato constitucional, y atender una deuda con periodistas, específicamente en la cláusula de conciencia y secreto profesional.

La Ley del Secreto Profesional del Periodista en el Distrito Federal, que data de junio del 2006 y modificada en septiembre del 2014, resultó superada por la realidad social, jurídica y política. La cláusula de conciencia representa un límite al abuso del poder editorial y es una garantía para el pluralismo interno de las redacciones.

Cortesía: GCDMX

Los periodistas, al ser citados para comparecer como testigos en procesos jurisdiccionales o en cualquier otro seguido en forma de juicio, pueden reservarse el revelar sus fuentes de información, identificar a sus fuentes, así como excusar las respuestas que pudieran descubrir la identidad de la misma.

En el documento aprobado por diputados el 31 de mayo, quedó integrado el concepto de “colaborador periodístico”, entendido como el de toda persona que hace del ejercicio de las libertades de expresión y/o información su actividad principal o complementaria, ya sea de manera esporádica o regular, sin que se requiera de registro gremial, remuneración o acreditación alguna para su ejercicio.

Se logró respetar la definición del concepto de periodista acorde a lo que ya determinó la Suprema Corte de Justicia de la Nación para quedar: "persona periodista, toda persona que hace del ejercicio de las libertades de expresión y/o información su actividad, de manera permanente; las personas físicas, cuyo trabajo consiste en buscar, recibir, recabar, almacenar, generar, procesar, editar, comentar, opinar, difundir, publicar o proveer información a través de cualquier medio de difusión y comunicación que puede ser impreso, radioeléctrico, digital o imagen, que acredite experiencia o estudios o en su caso título para ejercer el periodismo".

En su oportunidad la jefa de gobierno aclaró que existía la posibilidad de que el secreto profesional quedara vulnerado cuando, por ejemplo, existiera una investigación de delitos por parte del Ministerio Público o de la Policía de Investigación.

(EGS)

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