/ miércoles 23 de diciembre de 2020

Define IECM reglas de precampaña para Diputaciones locales, Alcaldías y Concejalías

Este 23 de diciembre arranca el periodo de precampañas y concluye el 31 de enero de 2021.

Al dar inicio el periodo de precampañas del Proceso Electoral Local Ordinario 2021, el Consejero Presidente del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM), Mario Velázquez Miranda, envió un atento oficio a cada una las representaciones de los partidos políticos, comunicándoles las restricciones a las que están sujetas las precandidaturas a cargos de elección popular en la capital del país.

Para ello, en sesión pública virtual, el Consejo General del IECM aprobó que, de conformidad con los artículos 284 y 285 del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México, el Presidente de este Instituto dirija el referido aviso, donde se les hace saber que entre las restricciones que deben atender las y los precandidatos destaca el no realizar actos anticipados de precampaña o campaña, ni solicitar o recibir recursos, en dinero o en especie, de personas no autorizadas por la norma en la materia.

También deben abstenerse de omitir en los informes respectivos los recursos recibidos, en dinero o en especie, destinados a su precampaña o campaña; exceder el tope de gastos de precampaña o campaña establecidos; utilizar para fines personales los recursos recabados al amparo de actos proselitistas; hacer uso de la infraestructura pública; fijar su propaganda en contravención a lo establecido en el Código; utilizar en su propaganda símbolos, distintivos, emblemas o figuras con motivo religioso, y utilizar expresiones verbales o escritos que calumnien a las personas, discriminen o constituyan actos de violencia política contra las mujeres en razón de género, que injurien a las autoridades, a los demás Partidos Políticos o personas precandidatas, o que tiendan a incitar a la violencia y al desorden público.

Entre las restricciones enlistadas en el Aviso, también se les recuerda a las y los aspirantes de partidos políticos no recibir apoyos en dinero o en especie de servidores públicos; utilizar recursos e instalaciones públicas para promover su intención de obtener la candidatura al cargo de elección popular; fijar y distribuir propaganda al interior de oficinas, edificios y locales ocupados por los órganos de gobierno y los poderes públicos, ambos de la Ciudad de México; contratar tiempos de radio y televisión para realizar propaganda; participar simultáneamente en procesos de selección interna de candidatos a cargos de elección popular por diferentes partidos políticos, salvo que entre ellos medie convenio para participar en coalición, y otorgar artículos promocionales utilitarios.

Durante la sesión pública, la Consejera Electoral Érika Estrada Ruiz, presidenta de la Comisión Permanente de Fiscalización del IECM, propuso realizar un engrose al Acuerdo, a efecto de transmitir a las personas precandidatas y a los partidos políticos restricciones relacionadas con el tema de la violencia política en razón de género y con las disposiciones de salubridad derivadas de la contingencia sanitaria.

“Lo anterior porque, si bien les estamos notificando las restricciones legales que están contempladas en el Código, me parece que es importante enfatizar en estos dos temas, por las consecuencias legales que tiene concretamente la violencia política en razón de género, que podría llevar incluso a la cancelación de una candidatura”, expuso la Consejera Estrada Ruíz, cuya propuesta fue aprobada por unanimidad del Consejo General.

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En la sesión, la Secretaría Ejecutiva rindió ante el Consejo General el informe respecto a los avisos que presentaron los partidos políticos sobre los procesos de selección interna de sus candidaturas en el Proceso Electoral Local Ordinario 2020-2021.

Al abordar ese punto, el Consejero Electoral Mauricio Huesca Rodríguez destacó que, con base en el informe, las y los ciudadanos de la comunidad chilanga residente en el extranjero estarían ya en condiciones de acercarse a los partidos políticos con que tengan algún tipo de vínculo o comunicación, a efecto de revisar sus procesos de selección interna de candidaturas y conocer los requisitos que deben reunir aquellas personas que estén interesadas en postularse para la elección de la Diputación Migrante.

“La intención es que haya máxima publicidad, a efecto de informar a la ciudadanía chilanga residente en el extranjero que está interesada en conocer al menos los procesos internos de las candidaturas de los partidos políticos, sobre todo porque hemos recibido comunicaciones de personas que quieren participar en la elección de la Diputación Migrante”, destacó Huesca Rodríguez.

El Consejo General aprobó, también en la sesión pública, la adenda a los Lineamientos para la postulación de Diputaciones, Alcaldías y Concejalías en el Proceso Electoral Local Ordinario 2020-2021, en acatamiento al acuerdo plenario del Tribunal Electoral de la Ciudad de México, dictado en el expediente TECDMX-JLDC-064/2020, con lo cual se adiciona un párrafo al artículo 73, donde se refiere que: “Para el caso de las personas que pretendan la reelección y hubieran sido postuladas como candidatas o candidatos externos de un partido político en lo individual, en coalición o en candidatura común en la elección primigenia, tendrán la posibilidad de ser postuladas por el instituto político que las propuso originalmente o por uno distinto”.

Fue aprobado además un Acuerdo respecto de la designación de personas ganadoras del Concurso Público 2020 para ocupar cargos y puestos del Servicio Profesional Electoral Nacional del sistema de los Organismos Públicos Locales Electorales.

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Al dar inicio el periodo de precampañas del Proceso Electoral Local Ordinario 2021, el Consejero Presidente del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM), Mario Velázquez Miranda, envió un atento oficio a cada una las representaciones de los partidos políticos, comunicándoles las restricciones a las que están sujetas las precandidaturas a cargos de elección popular en la capital del país.

Para ello, en sesión pública virtual, el Consejo General del IECM aprobó que, de conformidad con los artículos 284 y 285 del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México, el Presidente de este Instituto dirija el referido aviso, donde se les hace saber que entre las restricciones que deben atender las y los precandidatos destaca el no realizar actos anticipados de precampaña o campaña, ni solicitar o recibir recursos, en dinero o en especie, de personas no autorizadas por la norma en la materia.

También deben abstenerse de omitir en los informes respectivos los recursos recibidos, en dinero o en especie, destinados a su precampaña o campaña; exceder el tope de gastos de precampaña o campaña establecidos; utilizar para fines personales los recursos recabados al amparo de actos proselitistas; hacer uso de la infraestructura pública; fijar su propaganda en contravención a lo establecido en el Código; utilizar en su propaganda símbolos, distintivos, emblemas o figuras con motivo religioso, y utilizar expresiones verbales o escritos que calumnien a las personas, discriminen o constituyan actos de violencia política contra las mujeres en razón de género, que injurien a las autoridades, a los demás Partidos Políticos o personas precandidatas, o que tiendan a incitar a la violencia y al desorden público.

Entre las restricciones enlistadas en el Aviso, también se les recuerda a las y los aspirantes de partidos políticos no recibir apoyos en dinero o en especie de servidores públicos; utilizar recursos e instalaciones públicas para promover su intención de obtener la candidatura al cargo de elección popular; fijar y distribuir propaganda al interior de oficinas, edificios y locales ocupados por los órganos de gobierno y los poderes públicos, ambos de la Ciudad de México; contratar tiempos de radio y televisión para realizar propaganda; participar simultáneamente en procesos de selección interna de candidatos a cargos de elección popular por diferentes partidos políticos, salvo que entre ellos medie convenio para participar en coalición, y otorgar artículos promocionales utilitarios.

Durante la sesión pública, la Consejera Electoral Érika Estrada Ruiz, presidenta de la Comisión Permanente de Fiscalización del IECM, propuso realizar un engrose al Acuerdo, a efecto de transmitir a las personas precandidatas y a los partidos políticos restricciones relacionadas con el tema de la violencia política en razón de género y con las disposiciones de salubridad derivadas de la contingencia sanitaria.

“Lo anterior porque, si bien les estamos notificando las restricciones legales que están contempladas en el Código, me parece que es importante enfatizar en estos dos temas, por las consecuencias legales que tiene concretamente la violencia política en razón de género, que podría llevar incluso a la cancelación de una candidatura”, expuso la Consejera Estrada Ruíz, cuya propuesta fue aprobada por unanimidad del Consejo General.

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En la sesión, la Secretaría Ejecutiva rindió ante el Consejo General el informe respecto a los avisos que presentaron los partidos políticos sobre los procesos de selección interna de sus candidaturas en el Proceso Electoral Local Ordinario 2020-2021.

Al abordar ese punto, el Consejero Electoral Mauricio Huesca Rodríguez destacó que, con base en el informe, las y los ciudadanos de la comunidad chilanga residente en el extranjero estarían ya en condiciones de acercarse a los partidos políticos con que tengan algún tipo de vínculo o comunicación, a efecto de revisar sus procesos de selección interna de candidaturas y conocer los requisitos que deben reunir aquellas personas que estén interesadas en postularse para la elección de la Diputación Migrante.

“La intención es que haya máxima publicidad, a efecto de informar a la ciudadanía chilanga residente en el extranjero que está interesada en conocer al menos los procesos internos de las candidaturas de los partidos políticos, sobre todo porque hemos recibido comunicaciones de personas que quieren participar en la elección de la Diputación Migrante”, destacó Huesca Rodríguez.

El Consejo General aprobó, también en la sesión pública, la adenda a los Lineamientos para la postulación de Diputaciones, Alcaldías y Concejalías en el Proceso Electoral Local Ordinario 2020-2021, en acatamiento al acuerdo plenario del Tribunal Electoral de la Ciudad de México, dictado en el expediente TECDMX-JLDC-064/2020, con lo cual se adiciona un párrafo al artículo 73, donde se refiere que: “Para el caso de las personas que pretendan la reelección y hubieran sido postuladas como candidatas o candidatos externos de un partido político en lo individual, en coalición o en candidatura común en la elección primigenia, tendrán la posibilidad de ser postuladas por el instituto político que las propuso originalmente o por uno distinto”.

Fue aprobado además un Acuerdo respecto de la designación de personas ganadoras del Concurso Público 2020 para ocupar cargos y puestos del Servicio Profesional Electoral Nacional del sistema de los Organismos Públicos Locales Electorales.

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