Creció en 2020 26.9% el número de encarcelados sin recibir sentencia: IPM

El Índice de Paz México, señaló que por primera vez desde 2015 el indicador de cárcel sin sentencia se deterioró debido a un aumento el número de detenidos

Patricia Carrasco | La Prensa

  · martes 15 de junio de 2021

Foto Ilustrativa

Según la 8ª edición del informe anual del Índice de Paz México (IPM), por primera vez desde 2015 el indicador de cárcel sin sentencia se deterioró debido a un aumento de 26.9% en el número de detenidos, cuya tendencia comenzó en marzo 2020. Durante 2020 cerca de 76,700 personas fueron encarceladas sin recibir una sentencia en México.

En medio de la pandemia de Covid-19, la extensión de la prisión preventiva obligatoria y la suspensión temporal de los tribunales penales contribuyó al hacinamiento en las cárceles de México.

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De 2015 al 2020, 21 estados informaron reducciones en el número de detenidos sin sentencia, mientras que 11 estados registraron un aumento. Sinaloa registró la mayor reducción en el número de detenidos sin sentencia, de 2,309 en 2015 a 1,113 en 2020.

Esto marcó una disminución del 51.8% y se produce tras reducciones similares en crímenes de la delincuencia organizada, los delitos cometidos con armas de fuego y los homicidios en el mismo periodo.

Por el contrario, la Ciudad de México registró 3,742 detenidos adicionales que no habían sido sentenciados en 2020 en comparación con 2015.

Los datos mensuales indican que el número de detenidos sin sentencia alcanzó su punto máximo en septiembre de 2020, cuando el número total de detenidos se situó ́ en más de 77,000 y se registraron reducciones marginales en los meses posteriores.

La organización expresó que en nuestro país, una serie de reformas legales recientes han buscado reducir el uso de la prisión preventiva. La introducción de la presunción de inocencia como estándar legal en México, como parte del nuevo sistema judicial penal, la cual tiene como objetivo proteger los derechos de los imputados y evitar que la mayoría de los presuntos delincuentes sean encarcelados sin una condena.

El artículo 19º de la Constitución mexicana prescribe la prisión preventiva para nueve delitos “graves”, que incluyen delitos relacionados con la delincuencia organizada, la violación y el homicidio. En febrero de 2019, se incluyeron ocho delitos adicionales, incluidos la corrupción y el abuso de menores.

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El artículo establece que un juez puede ordenar “prisión preventiva” hasta por dos años antes de la sentencia cuando otras medidas cautelares no sean suficientes para: garantizar la presencia del imputado en los procesos judiciales, evitar la obstrucción de la justicia, proteger a las víctimas, los testigos o la comunidad.

A medida que aumentaron los municipios de todo el país que implementaron reformas al sistema judicial, hubo una disminución constante en el número total de detenidos sin sentencia hasta 2020.

En julio del mismo año, el senado mexicano aprobó la ampliación de la prisión preventiva obligatoria para más delitos, incluidos delitos electorales, posesión ilegal de armas y desapariciones forzadas.

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