/ martes 12 de octubre de 2021

Congreso CDMX analiza despenalizar de manera absoluta la eutanasia

El diputado de morena, Nazario Norberto Sánchez dijo que el planteamiento de cambios a la Constitución local y al Código Penal, obedecen a que aún no existen disposiciones que reconozcan a la eutanasia, cuando es una realidad necesaria

Para que todos los habitantes de la capital del país tengan el derecho a una muerte digna, a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales e Iniciativas Ciudadanas y la de Administración y Procuración de Justicia del Congreso de la Ciudad de México ingresó una propuesta en la materia para su análisis y dictamen.

La iniciativa reforma el numeral 2 del apartado A, del artículo 6 de la Constitución Política de la Ciudad de México y el Artículo 127 del Código Penal local, a fin de despenalizar de manera absoluta a la eutanasia activa.

Al fundamentar el documento, el integrante de la bancada de Morena en el órgano deliberativo, Nazario Norberto Sánchez, dio cuenta que, en el 2016, la Encuesta Nacional sobre la muerte en México reveló que el 68 por ciento de los mexicanos considera que un paciente en fase terminal y dolorosa de su enfermedad debería tener la opción de adelantar su fallecimiento si así lo desea.

Detalló que el 58 por ciento está de acuerdo en que el doctor aplique directamente sustancias letales al enfermo terminal que lo solicite, para acelerar su deceso y, el 56 por ciento opinó que se proporcione al paciente las sustancias letales para que él las tome por sí mismo.

Expuso que el planteamiento de cambios a la Constitución local y al Código Penal, obedecen a que aún no existen disposiciones que reconozcan a la eutanasia, cuando es una realidad necesaria a la que los profesionales de la salud se enfrentan constantemente y, deben tomar decisiones difíciles sobre aquellos enfermos que se encuentran muy graves desde sus hogares o en hospitales.

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Dijo que la despenalización queda plasmada en el artículo 127 del Código Penal, donde “no se impondrá pena alguna a quien prive de la vida a otro, siempre y cuando exista la petición expresa, libre, reiterada, consciente, seria e inequívoca de éste y otorgada ante notario público”.

Norberto Sánchez estableció que la eutanasia activa es la conducta intencionalmente dirigida a terminar con la vida de una persona que tiene una enfermedad grave e irreversible, por compasión o por razones médicas.

Al hacer uso de la tribuna del recinto de Donceles y Allende, comunicó que actualmente hay siete países en donde la práctica ya es legal, como España, Bélgica, Luxemburgo, Colombia, Canadá y Nueva Zelanda; en todos ellos se coincide en que la persona enferma puede poner término a sus sufrimientos innecesarios y degradantes que no le permiten llevar una vida digna.

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Para que todos los habitantes de la capital del país tengan el derecho a una muerte digna, a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales e Iniciativas Ciudadanas y la de Administración y Procuración de Justicia del Congreso de la Ciudad de México ingresó una propuesta en la materia para su análisis y dictamen.

La iniciativa reforma el numeral 2 del apartado A, del artículo 6 de la Constitución Política de la Ciudad de México y el Artículo 127 del Código Penal local, a fin de despenalizar de manera absoluta a la eutanasia activa.

Al fundamentar el documento, el integrante de la bancada de Morena en el órgano deliberativo, Nazario Norberto Sánchez, dio cuenta que, en el 2016, la Encuesta Nacional sobre la muerte en México reveló que el 68 por ciento de los mexicanos considera que un paciente en fase terminal y dolorosa de su enfermedad debería tener la opción de adelantar su fallecimiento si así lo desea.

Detalló que el 58 por ciento está de acuerdo en que el doctor aplique directamente sustancias letales al enfermo terminal que lo solicite, para acelerar su deceso y, el 56 por ciento opinó que se proporcione al paciente las sustancias letales para que él las tome por sí mismo.

Expuso que el planteamiento de cambios a la Constitución local y al Código Penal, obedecen a que aún no existen disposiciones que reconozcan a la eutanasia, cuando es una realidad necesaria a la que los profesionales de la salud se enfrentan constantemente y, deben tomar decisiones difíciles sobre aquellos enfermos que se encuentran muy graves desde sus hogares o en hospitales.

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Dijo que la despenalización queda plasmada en el artículo 127 del Código Penal, donde “no se impondrá pena alguna a quien prive de la vida a otro, siempre y cuando exista la petición expresa, libre, reiterada, consciente, seria e inequívoca de éste y otorgada ante notario público”.

Norberto Sánchez estableció que la eutanasia activa es la conducta intencionalmente dirigida a terminar con la vida de una persona que tiene una enfermedad grave e irreversible, por compasión o por razones médicas.

Al hacer uso de la tribuna del recinto de Donceles y Allende, comunicó que actualmente hay siete países en donde la práctica ya es legal, como España, Bélgica, Luxemburgo, Colombia, Canadá y Nueva Zelanda; en todos ellos se coincide en que la persona enferma puede poner término a sus sufrimientos innecesarios y degradantes que no le permiten llevar una vida digna.

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