/ miércoles 5 de enero de 2022

Congreso busca "poner en cintura" a deudores alimentarios

Se quiere detener la entrega de cantidades insultantes y totalmente fuera de la realidad como pensión, que van desde  los 500 a mil pesos mensuales

Para terminar con la práctica muy común de los deudores alimentarios de ocultar sus sueldos para no dar manutención, en la Comisión de Administración y Procuración de Justicia del Congreso de la Ciudad de México se analiza el agravar la pena de prisión para quienes incurran en ello.

Al explicar su iniciativa que promueve en ese sentido, el integrante de la bancada de Morena en el recinto de Donceles y Allende, Nazario Norberto Sánchez, difundió que tiene el doble objetivo de endurecer las sanciones de cárcel y establecer un mínimo en el monto de los pagos de manutención.

“Se quiere detener la entrega de cantidades insultantes y totalmente fuera de la realidad como pensión, que van desde los 500 a mil pesos mensuales”, dijo y aludió a que en el 2018 la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que el juez determine la capacidad económica real de los deudores y que, por oficio, recabe la información sobre todos los ingresos que permitan conocer su “flujo de riqueza”.

En entrevista dijo que se trata de dar respuesta a la demanda de ciudadanas contra los deudores alimentarios, de ahí que se pretenda que los juzgadores fijen la pensión alimenticia al establecer que el progenitor cumpla con dicha obligación que no podrá ser inferior al 40% de su sueldo.

Propuso una reforma a la sanción del Artículo 194 del Código Penal para aumentar la pena de prisión, al agravarla de dos a cinco años a la persona que renuncie a su empleo o solicite licencia con el objeto de eludir el cumplimiento de la pensión alimenticia. En la actualidad es de uno a cuatro.

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También, el presidente de la Comisión de Seguridad Ciudadana del Congreso capitalino, estuvo a favor de que cuando no sean comprobables los ingresos del deudor, el juez resuelva en la sentencia una cantidad que no podrá ser inferior a por lo menos un salario mínimo vigente.

El proyecto de decreto adiciona un párrafo a la fracción III del Artículo 267, y se reforman los Artículos 309, 311 y 311 Ter, todos del Código Civil capitalino.

Además se reforman el tercer párrafo del Artículo 193 y el Artículo 194, del Código Penal para la Ciudad de México.

En el documento que está consideración de los diputados para su análisis y dictamen, Nazario Norberto hace alusión a que el 25 de noviembre de 2021, cientos de mujeres salieron a las calles de la urbe para ejercer su facultad a disentir, así como sus derechos en torno al Día Internacional de la Eliminación de la Violencia Contra las Mujeres y para exigir pensiones alimenticias justas.

Recordó que diversos colectivos feministas han solicitado a los legisladores actualizar las leyes y hacer efectivo su cumplimiento, por ejemplo, la denominada Ley Sabina, “propuesta que apoyamos totalmente”.

Calificó de muy importante “robustecer el marco legal que rige las pensiones alimenticias a nivel local, debido a que el Código Civil no menciona alguna cantidad como mínima para determinarse, porque en muchas ocasiones no es posible comprobar el salario del deudor, por lo que actualmente el juzgador fija la pensión con base en los pocos argumentos que promueven las partes”.

Síguenos en Facebook: La Prensa Oficial y en Twitter: @laprensaoem


Para terminar con la práctica muy común de los deudores alimentarios de ocultar sus sueldos para no dar manutención, en la Comisión de Administración y Procuración de Justicia del Congreso de la Ciudad de México se analiza el agravar la pena de prisión para quienes incurran en ello.

Al explicar su iniciativa que promueve en ese sentido, el integrante de la bancada de Morena en el recinto de Donceles y Allende, Nazario Norberto Sánchez, difundió que tiene el doble objetivo de endurecer las sanciones de cárcel y establecer un mínimo en el monto de los pagos de manutención.

“Se quiere detener la entrega de cantidades insultantes y totalmente fuera de la realidad como pensión, que van desde los 500 a mil pesos mensuales”, dijo y aludió a que en el 2018 la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que el juez determine la capacidad económica real de los deudores y que, por oficio, recabe la información sobre todos los ingresos que permitan conocer su “flujo de riqueza”.

En entrevista dijo que se trata de dar respuesta a la demanda de ciudadanas contra los deudores alimentarios, de ahí que se pretenda que los juzgadores fijen la pensión alimenticia al establecer que el progenitor cumpla con dicha obligación que no podrá ser inferior al 40% de su sueldo.

Propuso una reforma a la sanción del Artículo 194 del Código Penal para aumentar la pena de prisión, al agravarla de dos a cinco años a la persona que renuncie a su empleo o solicite licencia con el objeto de eludir el cumplimiento de la pensión alimenticia. En la actualidad es de uno a cuatro.

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También, el presidente de la Comisión de Seguridad Ciudadana del Congreso capitalino, estuvo a favor de que cuando no sean comprobables los ingresos del deudor, el juez resuelva en la sentencia una cantidad que no podrá ser inferior a por lo menos un salario mínimo vigente.

El proyecto de decreto adiciona un párrafo a la fracción III del Artículo 267, y se reforman los Artículos 309, 311 y 311 Ter, todos del Código Civil capitalino.

Además se reforman el tercer párrafo del Artículo 193 y el Artículo 194, del Código Penal para la Ciudad de México.

En el documento que está consideración de los diputados para su análisis y dictamen, Nazario Norberto hace alusión a que el 25 de noviembre de 2021, cientos de mujeres salieron a las calles de la urbe para ejercer su facultad a disentir, así como sus derechos en torno al Día Internacional de la Eliminación de la Violencia Contra las Mujeres y para exigir pensiones alimenticias justas.

Recordó que diversos colectivos feministas han solicitado a los legisladores actualizar las leyes y hacer efectivo su cumplimiento, por ejemplo, la denominada Ley Sabina, “propuesta que apoyamos totalmente”.

Calificó de muy importante “robustecer el marco legal que rige las pensiones alimenticias a nivel local, debido a que el Código Civil no menciona alguna cantidad como mínima para determinarse, porque en muchas ocasiones no es posible comprobar el salario del deudor, por lo que actualmente el juzgador fija la pensión con base en los pocos argumentos que promueven las partes”.

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