/ lunes 14 de septiembre de 2020

Condonarán impuesto a ganadores de la rifa del avión presidencial

El acuerdo tendrá vigencia del 15 de septiembre al 31 de diciembre, por lo que en caso de que el ganador no haga efectiva la condonación, no podrá hacerla valer posteriormente

Exentos del pago del Impuesto sobre Loterías quedarán los ganadores de la Rifa del Avión Presidencial que se llevará a cabo este martes 15 de septiembre así lo determinó el Gobierno de la Ciudad de México a través de un decreto publicado en la Gaceta Oficial.

En documento firmado por la Jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum, establece la condonación de esta carga tributaria que se contempla en el Capítulo IV, del Título Tercero, del Código Fiscal de la Ciudad de México.

La disposición refiere que la Secretaría de Administración y Finanzas será la dependencia encargada de efectuar las acciones necesarias para el debido cumplimiento de dicha resolución.

El acuerdo tendrá vigencia del 15 de septiembre al 31 de diciembre, por lo que en caso de que el ganador no haga efectiva la condonación, no podrá hacerla valer posteriormente.

Aquellos que obtienen premios a través de rifas deben pagar un impuesto del 10% sobre el valor de lo ganado, ya sea en pagos en efectivo o en especie o por cualquier otro medio que permita participar en los mismos.

Exentos del pago del Impuesto sobre Loterías quedarán los ganadores de la Rifa del Avión Presidencial que se llevará a cabo este martes 15 de septiembre así lo determinó el Gobierno de la Ciudad de México a través de un decreto publicado en la Gaceta Oficial.

En documento firmado por la Jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum, establece la condonación de esta carga tributaria que se contempla en el Capítulo IV, del Título Tercero, del Código Fiscal de la Ciudad de México.

La disposición refiere que la Secretaría de Administración y Finanzas será la dependencia encargada de efectuar las acciones necesarias para el debido cumplimiento de dicha resolución.

El acuerdo tendrá vigencia del 15 de septiembre al 31 de diciembre, por lo que en caso de que el ganador no haga efectiva la condonación, no podrá hacerla valer posteriormente.

Aquellos que obtienen premios a través de rifas deben pagar un impuesto del 10% sobre el valor de lo ganado, ya sea en pagos en efectivo o en especie o por cualquier otro medio que permita participar en los mismos.

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