/ jueves 4 de febrero de 2021

Reconoce legislativo que FGJ debe actuar de manera inmediata ante desaparición de personas

En la actualidad es necesario que la inmediatez en la investigación se haga en casos de desaparición forzada de personas, desaparición cometida por particulares y feminicidio

En el Congreso de la Ciudad de México se analiza el establecer la obligación de la Fiscalía General de Justicia (FGJ) a actuar de forma inmediata, tratándose de desaparición de personas, para contribuir a localizarla de manera oportuna y detener a los que pudieran estar involucrados en el hecho.

Diputados de las Comisiones Unidas de Administración y Procuración de Justicia y de Normatividad, Estudios y Prácticas Parlamentarias del Legislativo, coincidieron que en la actualidad es necesario que la inmediatez en la investigación se haga en casos de desaparición forzada de personas, desaparición cometida por particulares y feminicidio, así como ejercer las funciones en materia de justicia penal para adolescentes y de cualquier otro grupo de atención prioritaria.

Para ello, se requiere reformar la Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia y al respecto, el presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales e Iniciativas Ciudadanas del Congreso, Nazario Norberto Sánchez, aclaró que un procedimiento de actuación inmediata de las autoridades competentes está fundado en la celeridad y, el compromiso decidido para contribuir en la búsqueda de la persona desaparecida.

Quedó fundamentado que la reforma se justifica, porque la actuación a tiempo de la autoridad en este tipo de delitos da certeza a los familiares de que se inició la investigación y que, el personal ministerial actuó de manera inmediata.

Nazario Norberto expuso que la acción de elementos de la FGJ demanda un esfuerzo interinstitucional y multidisciplinario, con el fin de encontrar con vida a las personas desaparecidas y de no ser posible, restituir en forma digna el cadáver a sus familiares.

La iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el Artículo 61 Fracción I de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, se presentó por ser primordial para este tipo de delitos que se denuncian diariamente y que, son lacerantes para las víctimas y los familiares que, por lo general no cuentan con procedimientos para que de manera inmediata se actúe junto con todas las instituciones involucradas para una respuesta al hecho.

En el Congreso de la Ciudad de México se analiza el establecer la obligación de la Fiscalía General de Justicia (FGJ) a actuar de forma inmediata, tratándose de desaparición de personas, para contribuir a localizarla de manera oportuna y detener a los que pudieran estar involucrados en el hecho.

Diputados de las Comisiones Unidas de Administración y Procuración de Justicia y de Normatividad, Estudios y Prácticas Parlamentarias del Legislativo, coincidieron que en la actualidad es necesario que la inmediatez en la investigación se haga en casos de desaparición forzada de personas, desaparición cometida por particulares y feminicidio, así como ejercer las funciones en materia de justicia penal para adolescentes y de cualquier otro grupo de atención prioritaria.

Para ello, se requiere reformar la Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia y al respecto, el presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales e Iniciativas Ciudadanas del Congreso, Nazario Norberto Sánchez, aclaró que un procedimiento de actuación inmediata de las autoridades competentes está fundado en la celeridad y, el compromiso decidido para contribuir en la búsqueda de la persona desaparecida.

Quedó fundamentado que la reforma se justifica, porque la actuación a tiempo de la autoridad en este tipo de delitos da certeza a los familiares de que se inició la investigación y que, el personal ministerial actuó de manera inmediata.

Nazario Norberto expuso que la acción de elementos de la FGJ demanda un esfuerzo interinstitucional y multidisciplinario, con el fin de encontrar con vida a las personas desaparecidas y de no ser posible, restituir en forma digna el cadáver a sus familiares.

La iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el Artículo 61 Fracción I de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, se presentó por ser primordial para este tipo de delitos que se denuncian diariamente y que, son lacerantes para las víctimas y los familiares que, por lo general no cuentan con procedimientos para que de manera inmediata se actúe junto con todas las instituciones involucradas para una respuesta al hecho.

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