/ jueves 19 de mayo de 2022

Amplían plazo para que servidores públicos presenten su declaración

Los servidores públicos de la administración pública de la Ciudad de México, alcaldías y de la persona titular del Poder Ejecutivo son los que deben realizar este trámite

Hasta el 30 de noviembre tendrán los servidores públicos de la administración pública de la Ciudad de México, alcaldías y de la persona titular del Poder Ejecutivo para presentar su declaración fiscal.

Así lo dio a conocer la Secretaría de la Contraloría General quien emitió el acuerdo por el que se amplía el plazo para la presentación de declaraciones fiscales y patrimoniales.

En el acuerdo se establece que se amplía el plazo para la presentación de las declaraciones de situación patrimonial de las personas servidoras públicas de la Administración Pública y de las Alcaldías la Ciudad de México en formato simplificado, con nivel menor a Enlace u homólogo, en términos de la Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México, respecto del ejercicio 2021, que debe declarase en mayo de 2022, pudiendo cumplir con dicha obligación sin responsabilidad hasta el 30 de noviembre de 2022.

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Para la presentación de declaraciones patrimoniales, de intereses y la constancia de presentación de la declaración fiscal, inicial, de modificación y conclusión del cargo, permanece disponible el Sistema de Declaraciones “DECLARA CDMX”, en el dominio https://declara.cdmx.gob.mx/.mx

El artículo 64, numeral 2, de la Constitución Política de la Ciudad de México, establece que toda persona servidora pública tiene la obligación de presentar y comprobar de manera oportuna y veraz las declaraciones sobre su situación patrimonial, el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y sus posibles conflictos de intereses.

Que los artículos 32, 33 y 48 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas y de la Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México, establecen que las personas servidoras públicas están obligadas a presentar las declaraciones de situación patrimonial y de intereses, durante el mes de mayo de cada año.

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Asimismo, prevé que en caso de omisión a dicha obligación, sin causa justificada, se deberá iniciar inmediatamente la investigación por presunta responsabilidad por la comisión de las faltas administrativas correspondientes.

El artículo 34 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas y de la Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México, dispone que las declaraciones de situación patrimonial deberán ser presentadas a través de medios electrónicos, empleándose medios de identificación electrónica, y que la Secretaría de la Contraloría General tendrá a su cargo el sistema de certificación de los medios de identificación electrónica que utilicen los Servidores Públicos, y llevarán el control de dichos medios.

El 28 de abril de 2020, se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el Acuerdo por el que se establece el uso del nuevo sistema para la presentación de las declaraciones de situación patrimonial y de intereses, así como las constancias de presentación de declaración fiscal, a cargo de la persona Titular del Poder Ejecutivo y de las Personas Servidoras Públicas de la Administración Pública de la Ciudad de México y de las Alcaldías, y los Lineamientos Generales para su operación.

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Lo anterior establece que corresponde a la persona Titular del Poder Ejecutivo y a las personas servidoras públicas de la Administración Pública de la Ciudad de México y de las Alcaldías, desde el nivel máximo en cada ente público y hasta nivel de enlace y honorarios u homólogos o equivalentes por funciones, ingresos o contraprestaciones; así como las personas servidoras públicas de nivel menor a Enlace u homólogo de cada ente público, presentar la declaración en los términos que se indican, incrementándose considerablemente el número de personas obligadas a declarar.

Y el 13 de mayo de 2020, se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el Acuerdo que modifica el diverso por el que se establece el uso del nuevo sistema para la presentación de las declaraciones de situación patrimonial y de intereses, las constancias de presentación de declaración fiscal, a cargo de la persona Titular del Poder Ejecutivo y de las personas servidoras públicas de la Administración Pública de la Ciudad de México y de las Alcaldías, así como los Lineamientos Generales para su operación, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el 28 de abril del año 2020, en el que se estableció que dicho Acuerdo entrará en vigor el día 1° de mayo del año 2021.

Que derivado del incremento en el número de personas obligadas a declarar, y que los servidores públicos con nivel menor a enlace u homólogo tiene la obligación de presentar sus declaraciones tanto del ejercicio 2020 y 2021 en el año 2022; para facilitar el cumplimiento de dicha obligación y con ello garantizar la transparencia y la rendición de cuentas en la gestión pública.

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Hasta el 30 de noviembre tendrán los servidores públicos de la administración pública de la Ciudad de México, alcaldías y de la persona titular del Poder Ejecutivo para presentar su declaración fiscal.

Así lo dio a conocer la Secretaría de la Contraloría General quien emitió el acuerdo por el que se amplía el plazo para la presentación de declaraciones fiscales y patrimoniales.

En el acuerdo se establece que se amplía el plazo para la presentación de las declaraciones de situación patrimonial de las personas servidoras públicas de la Administración Pública y de las Alcaldías la Ciudad de México en formato simplificado, con nivel menor a Enlace u homólogo, en términos de la Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México, respecto del ejercicio 2021, que debe declarase en mayo de 2022, pudiendo cumplir con dicha obligación sin responsabilidad hasta el 30 de noviembre de 2022.

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Para la presentación de declaraciones patrimoniales, de intereses y la constancia de presentación de la declaración fiscal, inicial, de modificación y conclusión del cargo, permanece disponible el Sistema de Declaraciones “DECLARA CDMX”, en el dominio https://declara.cdmx.gob.mx/.mx

El artículo 64, numeral 2, de la Constitución Política de la Ciudad de México, establece que toda persona servidora pública tiene la obligación de presentar y comprobar de manera oportuna y veraz las declaraciones sobre su situación patrimonial, el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y sus posibles conflictos de intereses.

Que los artículos 32, 33 y 48 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas y de la Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México, establecen que las personas servidoras públicas están obligadas a presentar las declaraciones de situación patrimonial y de intereses, durante el mes de mayo de cada año.

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Asimismo, prevé que en caso de omisión a dicha obligación, sin causa justificada, se deberá iniciar inmediatamente la investigación por presunta responsabilidad por la comisión de las faltas administrativas correspondientes.

El artículo 34 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas y de la Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México, dispone que las declaraciones de situación patrimonial deberán ser presentadas a través de medios electrónicos, empleándose medios de identificación electrónica, y que la Secretaría de la Contraloría General tendrá a su cargo el sistema de certificación de los medios de identificación electrónica que utilicen los Servidores Públicos, y llevarán el control de dichos medios.

El 28 de abril de 2020, se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el Acuerdo por el que se establece el uso del nuevo sistema para la presentación de las declaraciones de situación patrimonial y de intereses, así como las constancias de presentación de declaración fiscal, a cargo de la persona Titular del Poder Ejecutivo y de las Personas Servidoras Públicas de la Administración Pública de la Ciudad de México y de las Alcaldías, y los Lineamientos Generales para su operación.

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Lo anterior establece que corresponde a la persona Titular del Poder Ejecutivo y a las personas servidoras públicas de la Administración Pública de la Ciudad de México y de las Alcaldías, desde el nivel máximo en cada ente público y hasta nivel de enlace y honorarios u homólogos o equivalentes por funciones, ingresos o contraprestaciones; así como las personas servidoras públicas de nivel menor a Enlace u homólogo de cada ente público, presentar la declaración en los términos que se indican, incrementándose considerablemente el número de personas obligadas a declarar.

Y el 13 de mayo de 2020, se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el Acuerdo que modifica el diverso por el que se establece el uso del nuevo sistema para la presentación de las declaraciones de situación patrimonial y de intereses, las constancias de presentación de declaración fiscal, a cargo de la persona Titular del Poder Ejecutivo y de las personas servidoras públicas de la Administración Pública de la Ciudad de México y de las Alcaldías, así como los Lineamientos Generales para su operación, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el 28 de abril del año 2020, en el que se estableció que dicho Acuerdo entrará en vigor el día 1° de mayo del año 2021.

Que derivado del incremento en el número de personas obligadas a declarar, y que los servidores públicos con nivel menor a enlace u homólogo tiene la obligación de presentar sus declaraciones tanto del ejercicio 2020 y 2021 en el año 2022; para facilitar el cumplimiento de dicha obligación y con ello garantizar la transparencia y la rendición de cuentas en la gestión pública.

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